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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2000 (02/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 186139 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de mayo de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 4860 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD a España para participar en pasantías sobre terapia endovas- cular y cardiología intervencionista pediátrica RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2000-TR Lima, 29 de abril del 2000 VISTO: El Oficio Nº 109-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Madrid, España, se llevará a cabo la PASANTIA EN TERAPIA ENDOVASCULAR PARA LESIONES VASCULARES CEREBRALES, organizadapor el Hospital de la Zarzuela, del 1 de mayo al 30 de junio de 2000; Que, el señor ROLANDO ELOY ORTEGA CRUZ, médico del Servicio de Neurocirugía del Hospital Nacio- nal Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Geren- cia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; el numeral 1.5.1. de la Directiva de Gestión y Proceso presu- puestario para el año 2000 aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ROLANDO ELOY ORTEGA CRUZ, médico del Servicio de Neuroci- rugía del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Madrid, España, del 1 de mayo al 30 de junio de 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; debiendo a su retorno presentar el informe correspondiente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$ 2,272.00 Pasajes :US$ 1,115.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. IPIDETIPIDET