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Pág. 186241 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de mayo de 2000 CUADRO Nº 1 FORMATOS Y ANEXOS PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DEL AÑO FISCAL 2000 I. Aprobación Institucional Nº DE FORMATOS Y ANEXOS DE APROBACION DENOMINACION FORMATOS: 1 A Aprobación del Balance General (para Empresas Financieras) 1 A.1 Aprobación del Balance General (para Empresas No Financieras) 2 A Aprobación del Estado de Ganancias y Pérdidas (para Empresas Financieras) 2 A.1 Aprobación del Estado de Ganancias y Pérdidas (para Empresas No Financieras) 3 A Aprobación del Presupuesto de Ingresos y Egre- sos 4 A Aprobación del Flujo de Caja Proyectado ANEXOS: A-1 Perfil de la Empresa A-2 Presupuesto de Financiamiento Externo e Interno a largo plazo (Desembolsos) A-3 Servicio de la Deuda A-4 Gastos de Capital A-5 Ficha de Proyecto II. Ejecución Trimestral Nº DE FORMATOS Y ANEXOS DE EJECUCION DENOMINACION FORMATOS: 1E Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos 2E Ejecución del Flujo de Caja ANEXOS: E-1 Ejecución del Presupuesto de Financiamiento Externo e Interno a largo plazo (Desembolsos) E-2 Ejecución del Servicio de la Deuda E-3 Ejecución del Gasto de Capital III. Evaluación Institucional Nº DE FORMATOS Y ANEXOS DE EJECUCION DENOMINACION FORMATOS: 1Ev Evaluación del Balance General (para Empresas Financieras) 1Ev.1 Evaluación del Balance General (para Empresas No Financieras) 2Ev Evaluación del Estado de Ganancias y Pérdidas (para Empresas Financieras) 2Ev.1 Evaluación del Estado de Ganancias y Pérdidas (para Empresas No Financieras) 3Ev Evaluación del Presupuesto de Ingresos y Egresos ANEXOS: Ev-1 Evaluación del Gasto de Capital Ev-2 Evaluación de Metas por Principales Proyectos Ev-3 Evaluación de Objetivos e Indicadores de Gestión NOTAS: 1. Los Formatos y Anexos establecidos en la presente Directiva se encuentran a disposición de las Empresas Municipales en la pagina WEB del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe/dnpp/empresas.htm 2. Se solicita no agregar filas, columnas o modificar las formulas contenidas en celdas de los “Formatos” y “Anexos” a fin de facilitar la migración de la data informada por la Empresa a la base de datos de la Dirección Nacional del Presupuesto Público 3. El ejemplar impreso de los Formatos y Anexos y demás información que se genere en cada etapa del Proceso Presupuestario (Aprobación, Ejecución y Evaluación), deberá ser remitido a la siguiente dirección: Jirón Junín Nº 319- Lima, dirigido a la Dirección Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economía y Finanzas. Se recomienda adjuntar la información complementaria que permita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público contar con mayores elementos de análisis sobre los rubros informados en los Formatos y Anexos del Proceso Presupuestario para el año 2000. 4. La información elaborada en los Formatos y Anexos para cada etapa del Proceso Presupuestario (Aprobación, Ejecución y Evaluación), también debe- rá ser remitida a la Dirección Nacional del Presupuesto Público por correo electrónico a cualquiera de las siguientes direcciones: dgpp@mef.gob.pe gmelendez@mef.gob.pe ggavilan@mef.gob.pe 5. Como medida de precaución, es recomendable que la Empresa genere un archivo de seguridad (backup) de la información a ser remitida a la Dirección Nacional del Presupuesto Público.Lineamientos para la Evaluación Presupuestaria Artículo 31º.- La Evaluación del Presupuesto, a cargo de las Empresas comprendidas en la presente Directiva, se efectúa en período Semestral a nivel financiero y Anual a nivel financiero y de metas. La Evaluación se elabora en los Formatos y Anexos establecidos en el numeral III. “Evaluación Institucional” del Cuadro Nº 1 de la presente Directiva, comprende además la presentación de un Informe Ejecutivo en el que se explican los logros, problemas y soluciones adoptadas, así como, de ser el caso, las correcciones a implementar. Dichos Formatos y Anexos deberán estar suscritos por el responsable del Area de Presupuesto, el Contador y el Gerente General de la Empresa, o por quienes hagan sus veces. Plazo de Remisión Artículo 32º .- Las Empresas elaboran y remiten el documento de Evaluación a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en concordancia con el Artículo 14º inciso b) y el Artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 27212 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2000. La elaboración y remisión del documento de Evaluación Institucional, se sujeta al siguiente cronograma: EVALUACION ELABORACION: REMISION A LA DNPP INSTITUCIONAL Primer Hasta el 14 de agosto de Hasta el 29 de agosto de 2000 Semestre 2000 (Dentro de los quince (15) días (Dentro de los cuarenta y siguientes de efectuadas) cinco (45) días siguientes vencido el semestre) Anual Hasta el 16 de abril de 2001 Hasta el 30 de abril de 2001 (Dentro de los cuarenta y (Dentro de los quince (15) días cinco (45) días siguientes siguientes de efectuadas) vencido el ejercicio presu- puestario) La información remitida a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, comprende además el envío por correo electrónico de los Formatos, Anexos y el Informe Ejecutivo de Evaluación Institucional dentro del plazo antes estable- cido. Los archivos correspondientes serán remitidos a cual- quiera de las siguientes direcciones electrónicas: dgpp@mef.gob.pe , gmelendez@mef.gob.pe o ggavilan@mef.gob.pe . CAPITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El incumplimiento de la presente Directiva implica responsabilidad de los miembros del Directorio u órgano equivalente de la Empresa Municipal, del Gerente General o su equivalente y del Gerente funcional del área involucrada, dando lugar a las sanciones administrativas aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, conforme lo establece el Artículo 47º de la Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Asimismo el mencionado incumplimiento, dará lugar a las siguientes acciones: a) Incumplimiento por primera vez: Amonestación por escrito a la Empresa. b) Incumplimiento por segunda vez: Publicación en el Diario Oficial El Peruano de la falta incurrida, así como el nombre de la Empresa, dando cuenta a la Contraloría General de la República, a efecto que determine la respon- sabilidad administrativa a que hubiere lugar. Segunda.- Las excepciones a las disposiciones estable- cidas en las Secciones I y II del Capítulo III de la presente Directiva, deben contar con la opinión favorable de la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público, previo a su aproba- ción por parte del Directorio u órgano equivalente de la Empresa Municipal, cualquier acto contrario deviene en nulo. Tercera.- Las disposiciones establecidas en la presen- te Directiva también son de aplicación a las Empresas Municipales que inicien sus operaciones durante el año fiscal 2000.