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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2000 (05/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 186237 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de mayo de 2000 Aprueban Directiva para el Proceso Presupuestario de las Empresas Municipales para el Año Fiscal 2000 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2000-EF/76.01 Lima, 4 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo prescrito en el Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y los Artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado se deter- mina la competencia de la Dirección Nacional del Presu- puesto Público, en su condición de más alta autoridad técnico - normativa del Sistema de Gestión Presupuestaria del Estado, para dirigir el proceso presupuestario de las diversas Entidades del Sector Público; Que, la Unica Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupues- taria del Estado- establece que lo dispuesto por la citada Ley se aplica progresivamente en los Procesos Presupuestarios de los Gobiernos Locales, incluidas las Empresas Municipa- les; de conformidad a las directivas que oportunamente emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, a fin de mantener un ordenamiento técnico - norma- tivo del Sistema de Gestión Presupuestaria del Sector Público, es necesario definir las normas de carácter técnico operativo que orienten el desarrollo del Proceso Presupues- tario de las Empresas Municipales; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 005-2000-EF/ 76.01 - Directiva para el Proceso Presupuestario de las Empresas Municipales para el Año Fiscal 2000 , que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. REYNALDO BRINGAS DELEGADO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público DIRECTIVA Nº 005-2000-EF/76.01 DIRECTIVA PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LAS EMPRESAS MUNICI- PALES PARA EL AÑO FISCAL 2000 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objetivo Artículo 1º .- Establecer los lineamientos técnicos y procedimientos necesarios que orienten la gestión y el pro- ceso presupuestario de las Empresas Municipales para el Año Fiscal 2000. Ambito de aplicación Artículo 2º . - La presente Directiva es de aplicación a las Empresas Municipales, de acuerdo a lo normado en la Unica Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Base Legal Artículo 3º.- Se sustenta en las siguientes normas legales: • Ley Nº 24948 - Ley de la Actividad Empresarial del Estado.• Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. • Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. • Ley Nº 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000. • Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades. Cómputo de Plazos Artículo 4º.- Para efecto del cómputo de los plazos establecidos en días por la normatividad presupuestaria, éstos se entienden como días naturales. En caso, que el último día del plazo coincida con un día no laborable, se entiende el plazo prorrogado al día natural laborable inme- diato siguiente. Definiciones Básicas Artículo 5º.- Para efectos de la aplicación de la presente Directiva, debe entenderse por: A Actividad, conjunto de tareas necesarias para mante- ner, en forma permanente y continua, la operatividad de la Empresa. Representa la producción de los bienes y servicios que la Empresa lleva a cabo de acuerdo a sus funciones y atribuciones, dentro de los procesos y tecnologías acostum- brados. Año Fiscal, período en el cual se produce la ejecución presupuestaria de los Ingresos y Egresos como resultado del proceso de producción de los bienes y/o servicios. Correspon- de al año calendario, es decir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. B Bonificación Unica por Productividad, asignación de carácter no remunerativo otorgada a los trabajadores, como estímulo a su contribución en la gestión de la Empresa. La Bonificación Unica por Productividad aplicado forma parte del Tope Máximo de Ingreso Anual – TMI. Bono de Productividad, asignación de carácter no remunerativo resultante del cumplimiento de las metas establecidas en el Convenio de Gestión. El Bono de Produc- tividad no forma parte del Tope Máximo de Ingreso Anual – TMI. C Convenio de Gestión , acuerdo celebrado entre las Empresas y la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a través del cual se definen los objetivos y metas específicas susceptibles de ser medidas a través de indicadores de gestión, según los principios de eficacia, eficiencia y calidad . E Empresas, unidades de producción de bienes y/o servi- cios con personería jurídica de Derecho Privado, reconocidas como Empresas por la Ley Nº 24948 de la Actividad Empre- sarial del Estado y la Ley Nº 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades. Endeudamiento Externo, conjunto de operaciones de financiamiento a plazos mayores de un año, sujetas a reem- bolso, concertada por la Empresa Municipal con personas jurídicas no domiciliadas en el país, para financiar la adqui- sición de bienes y servicios. Endeudamiento Interno, conjunto de operaciones de financiamiento a plazos mayores de un año, sujetas a reem- bolso, concertada por la Empresa Municipal con personas jurídicas domiciliadas en el país, para financiar la adquisi- ción de bienes y servicios. G Gasto Integrado de Personal - GIP, conjunto de elementos del gasto relacionados, directa o indirectamente, con los gastos en personal.