Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2000 (05/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2000

En el caso que las operaciones de endeudamiento o convenio de donacion a ser concertadas por las Empresas Municipales requieran de contrapartida para el ano fiscal 2000, esta debe contar con su prevision presupuestaria MORDAZA de la suscripcion del contrato o convenio respectivo. SECCION II: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Plazo de Remision de Informacion Trimestral Articulo 25º.- La MORDAZA a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico de la informacion trimestral, se efectua dentro de los quince (15) dias de vencido el trimestre, de acuerdo al siguiente cronograma: TRIMESTRE Primer MORDAZA Tercer MORDAZA FECHA DE REMISION */ Hasta el 17 de MORDAZA del 2000 Hasta el 16 de octubre del 2000 Hasta el 15 de enero del 2001

Tipos de Modificacion Presupuestaria Articulo 21º.- En aplicacion a lo establecido en el Articulo 38º de la Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria del Estado, constituyen modificaciones presupuestarias aplicables a las Empresas Municipales los Creditos Suplementarios y los Creditos y Anulaciones Presupuestarias, de acuerdo a lo siguiente:
§ Creditos Suplementarios: son incrementos en los montos totales de los Ingresos y Egresos del Presupuesto Institucional aprobado por el Directorio u organo equivalente de la Empresa Municipal. § Creditos y Anulaciones Presupuestarias: son traslados de recursos presupuestarios de un rubro de gasto a otro, sin alterar los montos totales de egresos aprobados en el presupuesto.

*/ De manera excepcional para el ano 2000, la informacion referida al Primer Trimestre sera presentada dentro de los diez (10) dias posteriores a la vigencia del Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de las Empresas bajo el ambito de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. SECCION IV: ACCIONES DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD DEL AREA DE PRESUPUESTO

Responsabilidad en las Acciones de Control Articulo 26º.- El Organo de Control Interno de la Empresa Municipal es responsable de velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Directiva. El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva, se MORDAZA de conocimiento a Contraloria General de la Republica a efectos que esta determine las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar. Responsabilidad del Area de Presupuesto Articulo 27º.- El Area de Presupuesto o la que haga sus veces, es responsable de la coordinacion, seguimiento y control del MORDAZA presupuestario asi como de la remision de la informacion de caracter presupuestal. CAPITULO IV CONVENIO DE GESTION Suscripcion del Convenio de Gestion Articulo 28º.- La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en su rol normativo y rector del Sistema de Gestion Presupuestaria del Sector Publico, suscribe Convenios de Gestion a propuesta de las Empresas Municipales. A traves de dichos Convenios las Empresas fijan metas, medibles a traves de Indicadores de Gestion, relacionadas con la mejora de la gestion de la Empresa. El cumplimiento de estas metas da lugar al otorgamiento de un MORDAZA de Productividad a favor de los trabajadores de la Empresa, con cargo al ahorro ejecutado del Gasto Integrado de Personal al cierre del ano fiscal 2000. El MORDAZA de Productividad no forma parte del Tope MORDAZA de Ingreso Anual ­ TMI. Solicitud de Suscripcion del Convenio de Gestion Articulo 29º.- La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, remitira a las Empresas Municipales el modelo del Convenio de Gestion asi como la relacion de Indicadores a ser considerados para el ano fiscal 2000. Las Empresas Municipales, sobre la base de lo senalado en el parrafo precedente proponen a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico un borrador del Convenio en el cual especificaran las metas a lograrse durante el ano 2000, en el MORDAZA de los objetivos trazados para dicho periodo. CAPITULO V EVALUACION PRESUPUESTARIA Definicion Articulo 30º.- La Evaluacion Presupuestaria de las Empresas es la Fase en la cual se contrastan los avances fisicos y financieros obtenidos, a un momento dado frente a los montos previstos en el Presupuesto Aprobado para el ano fiscal 2000.

- El Credito Presupuestario: es el incremento en el nivel de determinados rubros del gasto, con cargo a anulaciones en otros. - Una Anulacion Presupuestaria: es la supresion total o parcial de un rubro de gasto, considerado no prioritario durante la ejecucion presupuestal. Aprobacion de las Modificaciones Presupuestarias Articulo 22º.- El Directorio u organo equivalente de la Empresa Municipal aprueba, mediante Acuerdo, las modificaciones por Creditos Suplementarios, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Asimismo, aprueba los Creditos y Anulaciones Presupuestarios entre rubros de gasto del presupuesto, siempre y cuando no impliquen las siguientes acciones: a) Traslado de recursos de rubros que no conforman el GIP a rubros que conforman el GIP. b) Traslado de los recursos previstos para gasto de capital o servicio de la deuda a gastos de operacion. Plazo de Remision de los Acuerdos de modificacion presupuestaria Articulo 23º.- Los Acuerdos de Directorio u organo equivalente de la Empresa Municipal que impliquen la autorizacion de modificaciones presupuestarias deberan ser remitidos a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los diez (10) dias posteriores a su aprobacion. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en periodos semestrales y sobre la base de los Acuerdos que impliquen modificacion por Credito Suplementario propone el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Presupuesto Consolidado de las Empresas Municipales vigente para el ano fiscal 2000. SECCION III: REMISION DE LA INFORMACION TRIMESTRAL

Remision de la Informacion de Ejecucion Trimestral Articulo 24º.- Las Empresas Municipales remiten a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico informacion presupuestaria en periodos trimestrales bajo los Formatos y Anexos establecidos en el numeral II. "Ejecucion Trimestral" del Cuadro Nº 1 de la presente Directiva, debidamente visados por el responsable del Area de Presupuesto o por quien haga sus veces y el Gerente General o cargo equivalente en la Empresa. Asimismo, las Empresas Municipales adjuntan una Nota Informativa senalando las acciones que hubieren implicado gastos en personal durante el trimestre con cargo a su presupuesto institucional autorizado.

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