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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2000 (05/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 1

Pág. 186231 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de mayo de 2000 DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de mayo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7256 Pág. 186231Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" AGRICULTURA Aprueban área adicional para otorga- miento de contratos de exploración y evaluación de recursos forestales y de extracción forestal con fines industria- les y comerciales RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0248-2000-AG Lima, 2 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que corresponde al Ministerio de Agricultura, normar, regular y controlar la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre; así como autorizar su aprovechamiento; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 039-99-AG, se le autoriza al INRENA a suscribir contratos de extracción forestal con fines industriales y/o comerciales en Bosques de Libre Disponibilidad; Que, mediante el Artículo 2º del citado Decreto Supremo, se le encarga al INRENA determinar las áreas y su exten- sión donde se otorgarán contratos de exploración y evalua- ción de recursos forestales y contratos de extracción forestal con fines industriales y/o comerciales, que serán aprobadas por Resolución Ministerial de Agricultura; Que, el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0104- 2000-AG, faculta al INRENA a identificar aquellas áreas autorizadas que requieran su modificación y/o ampliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Decreto Supremo Nº 039-99- AG y Resolución Ministerial Nº 0104-2000-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar como área adicional a la autoriza- da por la Resolución Ministerial Nº 0104-2000-AG, para el otorgamiento de contratos de exploración y evaluación de recursos forestales y de contratos de extracción forestal para maderas con fines industriales y/o comerciales en el ámbito geográfico del departamento de Madre de Dios, que se indica en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El otorgamiento de los contratos antes mencionados, se efectuará conforme a lo dispuesto por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre; sus reglamentos y demás normas complementarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura ANEXO AMBITO GEOGRAFICO DONDE SE OTORGARAN CONTRATOS DE EXTRACCION FORESTAL PARA MADERAS CON FINES INDUSTRIALES Y/O COMERCIALES Departamento Provincia Ambito Geográfico Madre de Dios Manu La superficie está comprendida en- tre la margen derecha del río Lobo yColorado hasta su desembocadura en el río Madre de Dios, de allí se sigue en línea recta hasta la inter- sección con el río De Los Amigos en la coordenada UTM 361404E y 8636361N, prosiguiendo por el lími- te provincial y por el límite del departamento de Cusco hasta ce- rrar la poligonal. Tambopata La superficie está comprendida en- tre la margen izquierda del río De Los Amigos, la línea recta forma- da por las coordenada UTM 361404E - 8636361N, 365285E - 8644766N y el límite de las áreas autorizadas por la R.M. Nº 0104- 2000-AG hasta la desembocadu- ra del río Mashco. El área comprendida entre la mar- gen izquierda de la carretera Puerto Maldonado - Iñapari, hasta los lími- tes de las áreas autorizadas por la R.M. Nº 0104-2000-AG. El área comprendida entre la mar- gen derecha de la carretera Puno - Puerto Maldonado, hasta su con- tacto con el límite Oeste de la Zona Reservada Tambopata - Candamo. 4974 Aprueban áreas para otorgamiento de contratos de extracción forestal con fines industriales y comerciales, en los departamentos de Junín, Cusco y Ayacucho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0249-2000-AG Lima, 2 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que corresponde al Ministerio de Agricultura, normar, regular y controlar la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como autorizar su aprovechamiento; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 039-99- AG establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, determinará las áreas autorizadas para el otorgamiento de los Contratos de Extracción Forestal para Maderas con fines Industriales y/o Comer- ciales en Bosques de Libre Disponibilidad, las que debe- rán ser aprobadas por Resolución Ministerial del sector Agricultura; Que, en consecuencia, es necesario determinar las áreas autorizadas para la extracción de maderas con fines indus- triales y/o comerciales para los departamentos de Junín, Cusco y Ayacucho;