Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2000 (11/05/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

Pag. 186472

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2000

ninas (WLN 2000) del Foro APEC que se realizara en la MORDAZA de Bandar Seri Begawan, Brunei Darussalam, y en las reuniones de coordinacion sobre pequena empresa, agroindustria, estandarizacion y productividad que se realizaran en Singapur. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran de cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC Inscripcion Tarifa aeroportuaria (Brunei) : : : : : US$ US$ US$ US$ US$ 3519.24 1040.00 25.00 195.00 25.00

Los desembolsos de las operaciones de Endeudamiento Externo e Interno cuyo servicio de deuda no sea atendido con recursos del Tesoro Publico, deberan ser recibidos directamente por las Unidades Ejecutoras, en los terminos acordados con el prestamista". Articulo 2º.- Derogase el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 082-99-EF, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 140-99-EF, asi como las demas normas que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo legal. Articulo 3º.- Los desembolsos, que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, esten depositados en la cuentas abiertas durante la vigencia de lo dispuesto por el primer parrafo del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 082-99-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 140-99-EF, seran transferidos por la Direccion General del Tesoro Publico a las respectivas cuentas bancarias que cada Unidad Ejecutora de los Convenios de Prestamo mantenga en el Banco de la Nacion en cumplimiento a lo prescrito por el presente Decreto Supremo, procediendose de manera similar con aquellos desembolsos que por razones de operatividad bancaria estuvieran en vias de ser depositados. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 5265

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican decreto referido a desembolsos de operaciones de endeudamiento externo e interno a plazos mayores de un ano, contratadas por el Gobierno o que cuenten con su garantia
DECRETO SUPREMO Nº 045-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 082-99-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 140-99-EF, se dictaron medidas destinadas a regular los desembolsos de las operaciones de Endeudamiento Publico Externo e Interno, a plazos mayores de un ano, contratadas por el Gobierno Central o que cuenten con su garantia cuyos aspectos operativos y de registro es conveniente modificar para efectos de asegurar una mayor fluidez a las mismas asi como en lo relacionado a su adecuado seguimiento por parte de los correspondientes organismos financieros; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 183, modificado por el Decreto Legislativo Nº 325, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 082-99-EF, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 140-99-EF, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- Los desembolsos de las operaciones de Endeudamiento Externo e Interno cuyo servicio de deuda sea atendido con recursos del Tesoro Publico, deberan ser depositados y manejados en la cuentas bancarias correspondientes a cada Unidad Ejecutora que para el efecto deberan mantener en el Banco de la Nacion; salvo que por la naturaleza del proyecto, se requiera para el manejo de los recursos, cuentas bancarias distintas a las senaladas, para lo cual se debera contar previamente con la autorizacion de la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas.

MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 5261

Autorizan otorgar Bonificacion Extraordinaria a pensionistas del Banco de la Nacion comprendidos en el regimen del D. Ley Nº 20530
DECRETO SUPREMO Nº 046-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco de la Nacion es una Empresa del Estado que presta servicios de interes publico de acuerdo a lo que dispone su Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 0794-EF y sus normas complementarias; Que, en virtud de lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 150-95-EF, se transfirio a partir del 1 de enero de 1996 la administracion y pago de la planilla de los pensionistas del Banco de la Nacion sujetos al Decreto Ley Nº 20530, a la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP-, entidad que pertenece al Gobierno Central; Que, mediante Decreto Supremo Nº 143-99-EF se autorizo al Banco de la Nacion a otorgar a los pensionistas a su cargo por el primer y MORDAZA semestre del ano 1999, una Bonificacion Extraordinaria; Que, resulta conveniente establecer una Bonificacion Extraordinaria para el presente ejercicio fiscal; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar al Banco de la Nacion para que otorgue por el primer y MORDAZA semestre del presente ano, una Bonificacion Extraordinaria equivalente a S/. 320,00 (Trescientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles), a los pensionistas nivelables y no nivelables comprendidos en el regimen del Decreto Ley Nº 20530, que ostenten la calidad de pensionistas dentro del semestre de pago y cuyas pensiones totales mensuales no MORDAZA mayores a S/. 1 000,00 (Un Mil y 00/100 Nuevos Soles). Para el calculo de la pension total mensual se considera todos los ingresos mensuales que por cualquier concepto perciban los pensionistas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.