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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2000 (11/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 186480 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de mayo de 2000 Oficializan la IX Jornada Notarial Ibero- americana, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133-2000-JUS Lima, 4 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 011-2000-IXJNI de fecha 21 de marzo del 2000, el Comité Organizador de la IX JORNADA NOTARIAL IBEROAMERICANA solicita la oficialización del referido evento, promovido por la Unión Internacional del Notariado Latino (U.I.N.L.) y organizad por la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, como organis- mo representativo del notariado peruano en el ámbito internacional, con el apoyo de los Colegios de Notarios de Lima y del Callao, a realizarse en la ciudad de Lima del 11 al 14 de octubre del año en curso; Que la realización de la referida Jornada Regional obedece a un acuerdo del citado organismo mundial, adop- tado en la VIII Jornada Notarial Iberoamericana llevada a cabo en Veracruz - México, en la que Lima obtuvo la sede de la jornada siguiente, a propuesta de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú; Que el fortalecimiento y desarrollo de la institución notarial es de interés del Ministerio de Justicia, como organismo normativo y supervisor de la función notarial; Que constituye uno de los fines de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, promover la realiza- ción de certámenes nacionales e internacionales para el estudio de disciplinas jurídicas vinculadas al notariado latino; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Artículo 3º, e incisos i) y j) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0190-99-JUS, y Artículo 3º del Estatuto de la Junta de Decanos de los Colegios de Nota- rios del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-97- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL a la IX JOR- NADA NOTARIAL IBEROAMERICANA, organizado por la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, a realizarse del 11 al 14 de octubre del año en curso en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 5174 Designan miembros de la Comisión Consultiva de Justicia RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2000-JUS Lima, 4 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que conforme el Artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595, en cada Ministerio habrá una Comisión Consultiva, cuyos integran- tes serán profesionales o especialistas de reconocida capa- cidad o experiencia, designados por Resolución Ministerial; Que por Resoluciones Ministeriales Nºs. 086-99-JUS y 097-99-JUS se designó a los integrantes de la Comisión Consultiva de Justicia;Que es conveniente designar a los nuevos integrantes de la referida Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legis- lativo Nº 595, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembros de la Comisión Consultiva de Justicia, a los siguientes profesionales: 1.JORGE DANOS ORDOÑEZ 2.OSWALDO HUNDSKOPF EXEBIO 3.ROBERTO KEIL ROJAS 4.ENRIQUE NORMAND SPARKS 5.JORGE RAMIREZ DIAZ 6.LUIS ROY FREYRE 7.JOSE URQUIZO OLAECHEA 8.FELIPE VILLAVICENCIO TERREROS 9.JULIO SALAS SANCHEZ 10. GERMAN APARICIO VALDEZ 11. JAIME CARLOS DELGADO BARREDA Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Minis- teriales Nºs. 086-99-JUS y 097-99-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 5175 PESQUERIA Disponen suspensión de extracción y procesamiento de recursos hidrobioló- gicos cuando se reporte que flota de mayor escala realiza labores de pesca en zonas restringidas o prohibidas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2000-PE Lima, 10 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que el sistema de control satelital ha reportado la masiva presencia de embarcaciones de mayor escala en zonas de pesca restringida o prohibida; Que, sin perjuicio de las sanciones aplicables según el ordenamiento pesquero para los armadores infractores, es evidente que tales infracciones atentan contra la preserva- ción de los recursos hidrobiológicos en las zonas de aflora- miento, reproducción y alta biodiversidad que se pretenden proteger declarándolas como zonas de pesca restringida o prohibida, por lo que es necesario establecer expresamente la suspensión inmediata de las actividades industriales de extracción y procesamiento de recursos cuando el sistema de control satelital reporte que embarcaciones pesqueras de mayor escala realizan faenas de pesca en zonas restrin- gidas o prohibidas; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La extracción y procesamiento de recursos hidrobiológicos será suspendida por un período no menor de tres (3) días, cuando el sistema de seguimiento satelital reporte que la flota de mayor escala extrae o permita presumir que extrae esos recursos en zonas de pesca res- tringida o prohibida. La suspensión será establecida por el despacho ministe- rial, sin perjuicio de las sanciones aplicables a los armado- res infractores según el ordenamiento pesquero correspon- diente.