Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2000 (11/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2000

Oficializan la IX Jornada Notarial Iberoamericana, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133-2000-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 011-2000-IXJNI de fecha 21 de marzo del 2000, el Comite Organizador de la IX JORNADA NOTARIAL IBEROAMERICANA solicita la oficializacion del referido evento, promovido por la Union Internacional del Notariado MORDAZA (U.I.N.L.) y organizad por la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru, como organismo representativo del notariado peruano en el ambito internacional, con el apoyo de los Colegios de Notarios de MORDAZA y del Callao, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 11 al 14 de octubre del ano en curso; Que la realizacion de la referida Jornada Regional obedece a un acuerdo del citado organismo mundial, adoptado en la VIII Jornada Notarial Iberoamericana llevada a cabo en Veracruz - Mexico, en la que MORDAZA obtuvo la sede de la jornada siguiente, a propuesta de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru; Que el fortalecimiento y desarrollo de la institucion notarial es de interes del Ministerio de Justicia, como organismo normativo y supervisor de la funcion notarial; Que constituye uno de los fines de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru, promover la realizacion de certamenes nacionales e internacionales para el estudio de disciplinas juridicas vinculadas al notariado latino; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e incisos i) y j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0190-99-JUS, y Articulo 3º del Estatuto de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-97JUS; SE RESUELVE:

Que es conveniente designar a los nuevos integrantes de la referida Comision; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como miembros de la Comision Consultiva de Justicia, a los siguientes profesionales: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. MORDAZA DANOS MORDAZA MORDAZA HUNDSKOPF EXEBIO MORDAZA KEIL MORDAZA MORDAZA NORMAND SPARKS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROY FREYRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TERREROS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nºs. 086-99-JUS y 097-99-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5175

PESQUERIA
Disponen suspension de extraccion y procesamiento de recursos hidrobiologicos cuando se reporte que flota de mayor escala realiza labores de pesca en zonas restringidas o prohibidas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2000-PE MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2000

Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL a la IX JORNADA NOTARIAL IBEROAMERICANA, organizado por la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru, a realizarse del 11 al 14 de octubre del ano en curso en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5174

CONSIDERANDO: Que el sistema de control satelital ha reportado la masiva presencia de embarcaciones de mayor escala en zonas de pesca restringida o prohibida; Que, sin perjuicio de las sanciones aplicables segun el ordenamiento pesquero para los armadores infractores, es evidente que tales infracciones atentan contra la preservacion de los recursos hidrobiologicos en las zonas de afloramiento, reproduccion y alta biodiversidad que se pretenden proteger declarandolas como zonas de pesca restringida o prohibida, por lo que es necesario establecer expresamente la suspension inmediata de las actividades industriales de extraccion y procesamiento de recursos cuando el sistema de control satelital reporte que embarcaciones pesqueras de mayor escala realizan faenas de pesca en zonas restringidas o prohibidas; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La extraccion y procesamiento de recursos hidrobiologicos sera suspendida por un periodo no menor de tres (3) dias, cuando el sistema de seguimiento satelital reporte que la flota de mayor escala extrae o permita presumir que extrae esos recursos en zonas de pesca restringida o prohibida. La suspension sera establecida por el despacho ministerial, sin perjuicio de las sanciones aplicables a los armadores infractores segun el ordenamiento pesquero correspondiente.

Designan miembros de la Comision Consultiva de Justicia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2000-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que conforme el Articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595, en cada Ministerio habra una Comision Consultiva, cuyos integrantes seran profesionales o especialistas de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolucion Ministerial; Que por Resoluciones Ministeriales Nºs. 086-99-JUS y 097-99-JUS se designo a los integrantes de la Comision Consultiva de Justicia;

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