Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2000 (11/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2000

Que la asociacion "J.J. MORDAZA & Asociados - Mediadores y Conciliadores Extrajudiciales", es una asociacion civil que tiene por objeto brindar servicios especializados en la solucion extrajudicial de conflictos, mediante el empleo de medios alternativos, pudiendo actuar como negociadores, conciliadores y arbitros; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y en los Articulos 42º, 43º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 105-2000/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion de la asociacion "J.J. MORDAZA & Asociados - Mediadores y Conciliadores Extrajudiciales"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion "J.J. MORDAZA & Asociados - Mediadores y Conciliadores Extrajudiciales", a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5171 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2000-JUS MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 Vista la solicitud de Registro Nº 03640 de fecha 15 de marzo del 2000, de la asociacion "Centro de Concertacion de Intereses" (CECOIN); CONSIDERANDO: Que la asociacion "Centro de Concertacion de Intereses" (CECOIN), es una institucion que tiene entre sus objetivos ejercer funcion conciliadora segun las normas vigentes sobre conciliacion, a traves de la creacion de uno o mas centros de conciliacion, en forma independiente o conjuntamente con otras instituciones publicas o privadas; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y en los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 104-2000/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion de la asociacion "Centro de Concertacion de Intereses" (CECOIN); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion "Centro de Concertacion de Intereses" (CECOIN), a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en Lima.

Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5173

Oficializan congresos internacionales sobre Derecho Civil Patrimonial a realizarse en las ciudades de MORDAZA y Huancayo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2000-JUS MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Oficios Nºs. 110 y 142/2000-CORECO-CR de fechas 4 y 17 de MORDAZA del ano en curso, respectivamente, la Presidencia de la Comision de Reforma de Codigos del Congreso de la Republica, solicita la oficializacion del II Congreso Internacional: "NUEVAS ORIENTACIONES EN EL DERECHO CIVIL PATRIMONIAL", organizado por la citada Comision, asi como por la Comision de Reforma del Codigo Civil, la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de MORDAZA y el Instituto de Investigacion Foro Juridico, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 8 al 10 de junio proximo; Que durante el desarrollo del mencionado evento, se analizaran los mas importantes proyectos de reforma relativos al Derecho Civil Patrimonial, efectuado por los miembros de dicha Comision asi como por destacados especialistas extranjeros; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e incisos i) y j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al II Congreso Internacional: "NUEVAS ORIENTACIONES EN EL DERECHO CIVIL PATRIMONIAL", organizado por la Comision de Reforma de Codigos del Congreso de la Republica, Comision de Reforma del Codigo Civil, Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de MORDAZA y el Instituto de Investigacion Foro Juridico, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 8 al 10 de junio del ano en curso. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5169 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 129-2000-JUS MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 140/2000-CORECO-CR de fecha 11 de MORDAZA del 2000, la Presidencia de la Comision de Reforma de Codigos del Congreso de la Republica, solicita

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