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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (08/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 194774 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de noviembre de 2000 Que, el Reglamento Nº 002-2000-CTAR-ICA/PE, sobre el Ren- dimiento Laboral correspondiente al I Semestre del 2000 para ser aplicado a los servidores de carrera que laboran en la Sede Regional y Direcciones Regionales Sectoriales del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ica, ha sido aprobado mediante Reso- lución Presidencial Regional Nº 0300-2000-CTAR/ICA/PE; Que, la Comisión designada por Resolución Presidencial Re- gional Nº 266-2000-CTAR-ICA/PE, de fecha 24 de agosto del año en curso ha culminado con el Programa de Evaluación del Rendi- miento Laboral de los servidores nombrados del Consejo Transi- torio de Administración Regional Ica, evacuando el Informe Final correspondiente mediante documentación del Visto; Que, en cumplimiento a los Dispositivos Legales vigentes y habiéndose concluido con la Revisión del Proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral del Personal del CTAR-ICA-ICA corres- pondiente al I Semestre del 2000 es pertinente determinar al Personal que será cesado por causal de excedencia como resultado del Proceso de Evaluación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 26093, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Resolución Ministerial Nº 353- 98-PRES y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, D.S. Nº 010-98-PRES, D.U. Nº 030- 98 y R.S. Nº 134-99-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el resultado final del proceso de Evaluación del Personal Nombrado del Consejo Transitorio de Administración Regional CTAR-ICA Sede Regional y Direcciones Regionales Sectoriales. Artículo Segundo.- DECLARAR EXCEDENTE, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución al servidor de la Sede Regional del Consejo Transitorio de Administración Regio- nal CTAR-ICA, Sr. DONAYRE HERNANDEZ, Hilario, por no haber aprobado la Evaluación de Rendimiento Laboral correspon- diente al I Semestre del 2000. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de la Presidencia, interesados y demás Órganos perti- nentes para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese. LUIS E. LEON APESTEGUIA Presidente ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional CTAR-ICA 12751 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Amplían plazo de amnistía otorgada en favor de contribuyentes para que regula- ricen diversas obligaciones tributarias ORDENANZA Nº 018-2000-MDSA Santa Anita, 6 de noviembre de 2000 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 5 de noviembre de 2000, el pedido al Pleno del Concejo referente a la ampliación de la Amnistía Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 014-99-MDSA de fecha 22 de julio de 1999, se acordó otorgar Amnistía Tributaria a los contri- buyentes del distrito de Santa Anita para que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias, y que mediante Orde- nanza Nº 016-2000/MDSA de fecha 9 de septiembre de 2000, se acordó prorrogar hasta el 31 de octubre de 2000, los alcances de la Amnistía Tributaria; Que en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de noviembre de 2000, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributa- rio, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y con el voto unánime del Pleno del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar la Amnistía Tributaria otor- gada mediante Ordenanza Nº 014-99-MDSA, hasta el 31 de diciembre de 2000, a efectos de que los señores contribuyentes del distrito de Santa Anita cumplan con sus obligaciones tributarias referentes al Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funciona- miento de los períodos 1994 a 1999; Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los períodos 1996 a 1999 y Arbitrio de Serenazgo de 1997 a 1999, de los inmuebles dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores.Artículo Segundo.- Determinar que durante el período de la Amnistía señalado en el artículo precedente, los contribuyentes están obligados únicamente al pago del valor principal de la deuda. Artículo Tercero.- Entiéndase como comercios y servicios menores a aquellos predios dedicados a comercio y servicios cuyo valor de autoavalúo sea menor a 6 UIT. Regístrese, comuníquese, archívese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 12830 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Declaran en situación de urgencia adquisición del alimento enriquecido lácteo para el Programa del Vaso de Leche durante los meses de octubre y noviembre del año 2000 RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 80-2000-MPCP Pucallpa, 24 de octubre de 2000 VISTO, el Acuerdo de Sesión de Concejo Nº 63-2000 adoptado en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 020-2000 del 24.OCT.00; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 028-00-MPCP emitido por la Presiden- te del Comité de Administración del Vaso de Leche de la Municipa- lidad Provincial de Coronel Portillo, dando cuenta al Despacho de Alcaldía de los resultados de la Licitación Pública Nº 004-2000- MPCP-PVL, para la Adquisición del Alimento Enriquecido Lácteo - Programa Vaso de Leche el mismo que fue declarado desierto por haber quedado válido una sola oferta por lo que se declara desierto la indicada Licitación mediante Resolución de Alcaldía Nº 945- 2000-MPCP del día 18.OCT.00; Que, con Informe Nº 443-00-MPCP-PVL e Informe Nº 451-00- MPCP-PVL emitidos por el Sr. Carlos Guerrero La Rosa, Admi- nistrador del Programa del Vaso de Leche, establece que no existe producto en almacén para abastecer el Programa en el mes de octubre del año en curso, como consecuencia de haberse declarado desierta la Licitación Pública; Que, con Informe Nº 021-2000-MPCP-SG, de fecha 24.OCT.00 emitido por el Secretario General da cuenta que al no existir producto Enriquecido Lácteo y de esperar los resultados de la Segunda Convocatoria de la Licitación Pública Nº 004-2000-MPCP, cuyo Acto de Adjudicación debería realizarse en los primeros días del mes de diciembre conllevando como consecuencia el desabasteci- miento del Programa durante los meses de octubre y noviembre del año en curso, opinando que es procedente la declaración de urgencia para adquirir el producto de conformidad con lo dispuesto en el Art. 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y de esta manera cumplir con los fines del Programa que es la entrega de una ración diaria a los beneficiarios; Que, el Concejo mediante Acuerdo Nº 63-2000, tomado en Sesión Extraordinaria Nº 20-2000 del 24.OCT.00 acordó declarar en Situación de Urgencia la Adquisición del Producto Alimenticio Enriquecido Lácteo para abastecer al programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo correspondiente a las raciones de los meses de octubre y noviembre del presente año; Por los considerandos expuestos en aplicación de los Artículos 20º, letra C, concordante con el Artículo 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Art. 15º y numeral 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo; ACORDO: Artículo Unico.- DECLARAR EN SITUACION DE UR- GENCIA, LA ADQUSICION DEL ALIMENTO ENRIQUECIDO LACTEO, para abastecer al Programa del Vaso de Leche de la MPCP, durante los meses de OCTUBRE y NOVIEMBRE del año 2000; encargándose al Despacho de Alcaldía adoptar las medidas necesarias para la adquisición del Producto a fin de atender dicho programa oportunamente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 12783