TEXTO PAGINA: 12
Pág. 194762 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de noviembre de 2000 estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se cons- tató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 244-2000-MTC/ 15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolu- ción Ministerial Nº 611-97-MTC/15.19; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIO SABOR MIX S.A. la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :92.9 MHz Indicativo :OBT-6I Potencia :1000 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Planta Retransmisora :Programa Habitacional "Luis Valcárcel", Lote 09, Mz. 32, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua. Coordenadas: L.O. 71° 19' 55" L.S. 17° 38' 54" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por Resolución Ministerial Nº 611-97- MTC/15.19, por tanto vencerá el 4 de diciembre del año 2007. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCÍA TORRES Viceministro de Comunicaciones 12747 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 381-2000-MTC/15.03 Lima, 6 de octubre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la EMPRESA RADIO DIFUSORA VIPIMSA - RADIO WAICOCHA E.I.R.LTDA. para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 560-91-TC/15.17, de fecha 7 de agosto de 1991, se concedió a la EMPRESA RADIO DIFUSO- RA VIPIMSA - RADIO WAICOCHA E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servi- cio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que, el tercer párrafo del Artículo 162º del Reglamento Gene- ral de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre- mo Nº 06-94-TCC, establece que hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación del período de prueba, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalacio- nes y practique las pruebas de funcionamiento respectivas; Que, según el Artículo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la corres- pondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solicitud del interesado;Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 061-99-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efec- tuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión en Onda Media (OM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 228-99-MTC/ 15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolu- ción Ministerial Nº 560-91-TC/15.17; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la EMPRESA RADIO DIFUSORA VIPIMSA - RADIO WAICOCHA E.I.R.LTDA. la operación de una estación transmisora del servi- cio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departa- mento de La Libertad, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-OM Frecuencia :940 KHz Indicativo :OCY-2F Potencia :1000 w Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Pasaje Educación Nº 220, distrito Huanchaco, provincia Trujillo, departamento La Liber- tad. Ubicación de la Planta Transmisora :Río Seco, distrito Huanchaco, provincia Trujillo, departamento La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 06' 57" L.S. 08° 04' 34" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Ministerial Nº 560-91- TC/15.17, por tanto vencerá el 7 de agosto del año 2001. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCÍA TORRES Viceministro de Comunicaciones 12749 Otorgan a Sistema Uno Stereo FM y Televisión E.I.R.L. autorización y per- miso de instalación y prueba para ope- rar estación del servicio de radio- difusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 383-2000-MTC/15.03 Lima, 6 de octubre de 2000 VISTO, el expediente organizado por la empresa SISTEMA UNO STEREO FM Y TELEVISION E.I.R.L., para establecer una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comer- cial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Santa Rosa de Saco, provincia de Yauli, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente;