Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2000 (08/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2000
DISPOSICION FINAL

hubieran correspondido por la citada omision. El monto a acoger al Regimen por concepto del Impuesto a la Renta sera el que se determine en la declaracion jurada anual de dicho impuesto. Articulo 5º.- PLAZO PARA LA SUBSANACION DE INFRACCIONES La subsanacion de infracciones, debera efectuarse con anterioridad o conjuntamente con el acogimiento al Regimen, hasta el vencimiento de la MORDAZA de la solicitud de acogimiento. CAPITULO II DEL FORMULARIO Nº 304 - "DECLARACION JURADA ­ SUBSANACION DE OMISIONES A LA MORDAZA DE DECLARACIONES" Articulo 6º.- CONSIDERACIONES PARA SU UTILIZACION Para efecto de la utilizacion del Formulario Nº 304 ­ "Declaracion Jurada - Subsanacion de Omisiones a la MORDAZA de Declaraciones", el deudor tributario debera tener en cuenta lo siguiente: 6.1 No podra ser utilizado para la subsanacion de omisiones a la MORDAZA de: a) Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta. b) Declaracion Jurada del Impuesto Extraordinario a los Activos Netos - IEAN. c) Declaraciones relacionadas a contribuciones y conceptos referidos al ESSALUD y a la ONP. d) Los pagos semanales del Impuesto Selectivo al Consumo ­ ISC. e) Las declaraciones correspondientes a tributos que se encuentren derogados y prescritos. 6.2 Para subsanar las infracciones por la omision a la MORDAZA de las declaraciones senaladas en los literales a), b) y c) del numeral anterior, se debera utilizar los formularios o PDTs vigentes para cada tributo segun corresponda. 6.3 Tratandose de la omision a la MORDAZA de las declaraciones senaladas en los literales d) y e) del numeral 6.1, bastara con consignar la deuda que corresponda en la Solicitud de acogimiento al Regimen. Articulo 7º.- DE LOS DATOS A CONSIGNAR El deudor tributario que utilice el Formulario Nº 304, al momento de consignar sus datos debera tener en cuenta lo siguiente: 7.1 En la columna a), debe consignar el codigo de tributo de la omision que se desea subsanar, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo. 7.2 En la columna b), debe consignar el periodo tributario de la omision que se desea subsanar, el mismo que no podra ser posterior a diciembre de 1998 (12-1998). 7.3 En la columna c) referida a la base imponible, debe consignar el importe que corresponde a las operaciones gravadas. 7.4 En la columna d) referida a tributo a pagar, debe consignar el importe que resulte de deducir al tributo resultante, los creditos, saldos a favor, compensaciones y otros conceptos a los que el declarante tenga derecho. No debe deducirse de este importe los pagos efectuados despues del vencimiento del periodo que se subsana. Si a consecuencia del calculo senalado en el parrafo anterior, resultara un saldo a favor del deudor tributario se debera consignar cero (00). Articulo 8º.- DE LOS MOTIVOS DE RECHAZO La MORDAZA del Formulario Nº 304 sera rechazada cuando: a) No se consigne el numero de Registro Unico de Contribuyente - RUC. b) Se MORDAZA alterado el numero de orden del senalado formulario. c) No se consigne la firma del contribuyente, responsable o representante legal. Articulo 9º.- DE LOS EFECTOS DEL ERROR EN LA CONSIGNACION DE DATOS No se considerara subsanada la omision a la MORDAZA de la declaracion jurada por un periodo o tributo determinado cuando se incurra en error u omision en el codigo de tributo o en el periodo tributario correspondiente. Articulo 10º.- DE LA MODIFICACION DEL FORMULARIO Nº 304 El deudor tributario podra modificar el Formulario Nº 304, hasta el vencimiento del plazo para acogimiento al Regimen presentando otro Formulario Nº 304 en el cual consignara el codigo de tributo, el periodo tributario, la base imponible y el tributo a pagar, respecto de cada periodo tributario y tributo que desea modificar. La SUNAT considerara, respecto de cada periodo y tributo, la MORDAZA informacion presentada. Articulo 11º.- DE LA VIGENCIA DEL FORMULARIO Nº 304 El Formulario Nº 304 solo podra ser presentado hasta el vencimiento del plazo para acogimiento al Regimen. Con posterioridad a dicha fecha no podra ser utilizado para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Unica.- APROBACION DE FORMULARIO Apruebese el Formulario Nº 304 ­ "Declaracion Jurada - Subsanacion de Omisiones a la MORDAZA de Declaraciones", que sera utilizado para subsanar la infraccion de no presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria a que se refiere el literal a) del numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 27344, en las condiciones establecidas en la presente MORDAZA, cuya MORDAZA se efectuara en las agencias de la red bancaria. Este formulario forma parte de la presente resolucion y sera distribuido gratuitamente a traves de las agencias de la red bancaria y de las dependencias de la SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMENARA MORDAZA DE MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO TRIBUTOS VIGENTES Codigo de Descripcion del Tributo Tributo 1011 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ­ CUENTA PROPIA 1012 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - LIQUID. DE COMPRAS RETENCIONES 1013 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ­ CUENTA PROPIA ­ ARROZ 1041 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS - Utilizacion Servicios Prestados No Domiciliados 2011 ISC - APENDICE III ­ COMBUSTIBLES 2021 ISC - APENDICE IV - LITERAL A -PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 10% 2031 ISC - APENDICE IV - LITERAL A -PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 17% 2034 ISC - APENDICE IV - LITERAL A -PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 20% 2041 ISC - APENDICE IV - LITERAL B ­ CIGARRILLOS 2044 ISC - APENDICE IV - LITERAL A -PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 45% 2051 ISC - APENDICE IV - LITERAL B ­ CERVEZAS 2054 ISC - APENDICE IV - LITERAL A -PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 30% 2055 ISC - APENDICE IV - OTRAS TASAS 2072 ISC - LOTERIAS, BINGOS, RIFAS 2074 ISC - EVENTOS HIPICOS 3011 IMPUESTO A LA RENTA - PRIMERA CATEGORIA - CUENTA PROPIA 3021 IMPUESTO A LA RENTA - MORDAZA CATEGORIA - CUENTA PROPIA 3022 IMPUESTO A LA RENTA - MORDAZA CATEGORIA - RETENCIONES 3031 IMPUESTO A LA RENTA - TERCERA CATEGORIA - CUENTA PROPIA 3041 IMPUESTO A LA RENTA - CUARTA CATEGORIA - CUENTA PROPIA 3042 IMPUESTO A LA RENTA - CUARTA CATEGORIA - RETENCIONES 3052 IMPUESTO A LA RENTA - MORDAZA CATEGORIA - RETENCIONES 3062 IMPUESTO A LA RENTA - NO DOMICILIADOS - RETENCIONES 3111 IMPUESTO A LA RENTA - REGIMEN ESPECIAL 3311 IMPUESTO A LA RENTA - REGIMEN DE AMAZONIA 3411 IMPUESTO A LA RENTA - PRODUCTORES AGRARIOS D. LEG. 885 3611 IMPUESTO A LA RENTA - REGIMEN DE FRONTERA 5081 IES - CUENTA PROPIA 5082 IES - RETENCIONES A TRABAJADORES INDEPENDIENTES 5083 IES - CUENTA PROPIA TRABAJADORES INDEPENDIENTES 5084 IES - RETENCIONES A EMPRESAS CONSTRUCTORAS Y PROVEEDORAS 7021 IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL TRIBUTOS DEROGADOS NO PRESCRITOS Codigo de Descripcion del Tributo Tributo 2073 ISC - CASINOS DE JUEGO 2075 ISC - MAQ. TRAGAMONEDAS Y OTROS 5011 FONAVI - CUENTA PROPIA, EMPLEADORES, CONSTRUC. Y PROV. 5012 FONAVI - CUENTA DE TERCEROS 5061 FONAVI - CUENTA PROPIA INDEPENDIENTES 7081 IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL ADICIONAL

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