Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2000 (08/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12861

altos directivos de las empresas de telecomunicaciones iberoamericanas con el objetivo de compartir, intercambiar, discutir y crear el MORDAZA MORDAZA de gerencia de tecnologias; Que, siendo de interes la participacion del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, su Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 1.04.2000 ha designado al funcionario que participara en el mencionado evento, debiendo expedirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero MORDAZA Chian Chong, Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones INICTEL, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, los dias 5, 6 y 7 de noviembre del ano 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera afectado con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes US$ 570.00 Viaticos US$ 600.00 Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12853

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Ingreso Minimo Legal Indexado correspondiente al mes de noviembre del ano 2000
COMUNICADO OFICIAL N° 11-2000/OCSRP Conforme a la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, el INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO correspondiente al mes de noviembre del 2000, para los efectos de determinar los topes indemnizatorios aplicables a los trabajadores empleados sujetos al regimen laboral de la actividad privada, en concordancia con lo establecido por el Articulo 4° de la Ley N° 25223, es el siguiente: MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE ANO 2000 2000 2000 2000 2000 2000 2000 2000 2000 2000 2000 INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO (Nuevos Soles) S/. 384.00 S/. 384.27 S/. 386.12 S/. 388.20 S/. 390.18 S/. 390.26 S/. 390.49 S/. 392.52 S/. 394.37 S/. 396.58 S/. 397.49

Autorizan a Radio Sabor Mix S.A. y Radio Waicocha E.I.R.Ltda. operar estaciones retransmisora y transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 380-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de octubre de 2000 Vista, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO SABOR MIX S.A., para operar una estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO:

MORDAZA, 2 de noviembre del 2000 Elaboracion: OFICINA DE ECONOMIA DEL TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL 12809

MTC
Autorizan viaje de funcionario del INICTEL a Colombia para participar en evento sobre telecomunicaciones del AHCIET
RESOLUCION SUPREMA Nº 160-2000-MTC MORDAZA, 4 de noviembre del 2000 Visto, el Oficio Nº 093-2000-MTC/INICTEL-CD del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL; CONSIDERANDO: Que, la Asociacion Hispanoamericana de Centros de Investigacion y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET, ha convocado al Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, para que participe en el evento denominado "IV Cumbre AHCIET de Presidentes", a realizarse los dia 6 y 7 de noviembre del ano 2000, en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia; Que, el citado evento esta dirigido a los maximos Directivo y Coordinadores Generales de la AHCIET y congregara a los mas

Que, por Resolucion Ministerial Nº 611-97-MTC/15.19, publicada el 4 de diciembre de 1997, se concedio a la empresa RADIO SABOR MIX S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, el tercer parrafo del Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion del periodo de prueba, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 014-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida

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