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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (22/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 195187 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de noviembre de 2000 Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución conforme a ley. Regístrese y comuníquese. GERARDO VELARDE SALAZAR Gerente de Personal-GCRH 13281 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 305-GP-GCRH-ESSALUD-2000 Lima, 17 de noviembre de 2000 VISTA: El Acta Nº 05-CPAD-ESSALUD-2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, sobre el proceso administrativo discipli- nario instaurado mediante Resolución de Gerencia Nº 290-GP-GCRH-ESSALUD-2000, referente al Expediente Nº 2000-22-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 290-GP- GCRH-ESSALUD-2000, se instauró proceso adminis- trativo disciplinario a la servidora Beatriz Guadalupe Mendoza Jaime, Técnica en Enfermería del Hospital "Alberto Sabogal Sologuren" de la Gerencia Departamen- tal Lima, por ausencias injustificadas, falta de carácter administrativo disciplinario prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, notificada de acuerdo a ley, la servidora Beatriz Guadalupe Mendoza Jaime, ha presentado su descargo conforme aparece a folios 48 del principal, ante la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios de Lima y Callao; Que, del análisis del expediente y descargo presen- tado, se ha logrado establecer que se le encuentra responsabilidad administrativa disciplinaria a la servi- dora Beatriz Guadalupe Mendoza Jaime, por no haber asistido a su centro de labores en el período comprendi- do entre los días 14 al 30 de junio del presente año, al haberle denegado la Jefatura de Enfermería del Hospi- tal "Alberto Sabogal Sologuren", su solicitud de licencia sin goce de haber por quince (15) días, con Carta Nº 468- JSE-HSAB-GSI-GDLIMA-ESSALUD-00, de fecha 13 de junio del 2000; Que, los argumentos expuestos por la servidora en su escrito de descargo no enervan los cargos imputados en su contra, toda vez que conforme lo establece el Artículo 109º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la licen- cia es un derecho que está condicionado a la conformidad institucional, la misma que se formaliza con la resolución correspondiente, por consiguiente, los argumentos expues- tos por la servidora en su escrito de descargo han quedado desvirtuados; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 155º y 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 05-CPAD- ESSALUD-2000 por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- Imponer la sanción de DESTITUCIÓN a la servidora BEATRIZ GUADALUPE MENDOZA JAIME, Técnica en Enfermería del Hospital "Alberto Sabogal Sologuren" de la Gerencia Departamental Lima, por ha- ber incurrido en falta de carácter administrativo discipli- nario tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución.Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución confor- me a ley. Regístrese y comuníquese. GERARDO VELARDE SALAZAR Gerente de Personal - GCRH 13282 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 306-GP-GCRH-ESSALUD-2000 Lima, 17 de noviembre de 2000 VISTA: El Acta Nº 05-CPAD-ESSALUD-2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, sobre el proceso administrativo discipli- nario instaurado mediante Resolución de Gerencia Nº 268-GP-GCRH-ESSALUD-2000, referente al Expediente Nº 2000-18-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 268-GP- GCRH-ESSALUD-2000, se instauró proceso adminis- trativo disciplinario a la servidora Flor de María Mal- partida Merino, Auxiliar de Servicio Asistencial del Hos- pital II Angamos de la Gerencia Departamental Lima, por ausencias injustificadas, falta de carácter administrativo disciplinario prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune- raciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legis- lativo Nº 276; Que, estando a que la citada servidora no ha podido ser notificada de la Resolución de Apertura de Proceso Admi- nistrativo Disciplinario en su domicilio, ni en su centro laboral, se procedió a notificarla mediante publicación efectuada en el Diario Oficial El Peruano, el día 3 de noviembre del 2000, no habiendo presentado su descargo dentro del término de ley; Que, se ha logrado establecer la responsabilidad admi- nistrativa disciplinaria de la servidora Flor de María Malpartida Merino, quien no cumplió con reincorporarse a su centro de labores el día 22 de marzo del año 2000, una vez vencido su descanso físico vacacional en el período comprendido del 21 de febrero al 21 de marzo del año 2000 incurriendo de esta manera en ausencias injustificadas, falta prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 155º y 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 05-CPAD- ESSALUD-2000 por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- Imponer la sanción de DESTITUCIÓN a la servidora FLOR DE MARIA MALPARTIDA MERINO, Auxiliar de Servicio Asistencial del Hospital II Angamos de la Gerencia Departamental Lima, por haber incurrido en falta de carácter administrativo disciplinario tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público, apro- bada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución confor- me a ley. Regístrese y comuníquese. GERARDO VELARDE SALAZAR Gerente de Personal - GCRH 13283