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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (20/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 194166 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de octubre de 2000 SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la ampliación del Plan Piloto de Implementación de Bachillerato, por un período de dos años, en los centros educativos públicos y privados seleccionados, a efectos de establecer los linea- mientos complementarios para su validación y posterior generalización. Artículo Segundo.- La aprobación del primer grado de Bachillerato en las instituciones educativas comprendidas en el Plan Piloto, será equivalente a la aprobación del quinto grado de Educación Secundaria. Esta aprobación se realiza- rá sin perjuicio de culminar los estudios de Bachillerato con la realización del segundo grado. Cumplidos los requisitos del primer grado de Bachillerato se expedirá a los alumnos los certificados que acrediten la culminación de la Educación Secundaria, quedando expeditos para iniciar el proceso de postulación a la Educación Superior o para realizar el segundo grado de Bachillerato. La aprobación del segundo año de Bachillerato, otorga al alumno el derecho de obtener un certificado de acreditación de haber culminado el Bachillerato. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Ministro de Educación 12071 INTERIOR Autorizan a procurador formular de- nuncia penal contra presunto respon- sable de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1267-2000-IN/0103 Lima, 10 de octubre de 2000 Visto, el Oficio Nº 1075-2000-PNP/1204 del 25.SET.2000, del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, con el que solicita expedición de Resolución Ministe- rial Autoritativa para iniciar las acciones judiciales corres- pondientes contra el Cap. PNP Luis Clodomiro ROJAS ARIAS. CONSIDERANDO: Que, la Inspectoría de la Dirección de Personal de la PNP, ha formulado el Parte Nº 57-200-DIPER-INSP/U.INV del 27.JUL.2000, contra el Cap. PNP Luis Clodomiro ROJAS ARIAS por presunto delito contra la Fe Pública - Falsifica- ción de documentos; Que, el citado Cap. PNP, ingresó a la Escuela de Oficiales de la ex GC (hoy PNP) el 10.MAR.71, presentando una Partida de Nacimiento falsa, en la que señala su nacimiento el 22.JUN.52; Que, la mencionada Partida de Nacimiento que obra a fs. 47 ha sido inscrita por orden del Primer Juzgado Civil de Cajamarca, según auto de fecha 20.NOV.79 en los Registros Civiles del Concejo Provincial de Cajamarca; Que, dicha partida por auto de fecha 30.MAR.2000, expedido por el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Caja- marca, ha sido materia de rectificación, haciendo constar que Luis Clodomiro ROJAS ARIAS ha nacido en el año 1953; Que, a fs. 48 de los actuados administrativos, corre la Partida de Nacimiento Nº 315 asentada en el Concejo Provincial de San Marcos - Cajamarca, en la que consta que Luis Clodomiro ROJAS ARIAS ha nacido el 30.JUN.49; consecuentemente, la Partida de Nacimiento inscrita en el Concejo Provincial de Cajamarca, resulta falsa por haberse adulterado la fecha de nacimiento; se corrobora este hecho con la Partida de Bautismo de fs. 45 en la que consta que Luis Clodomiro ROJAS ARIAS, fue bautizado el 23.JUL.49 y en la que se anota como fecha de naci- miento el 22.JUN.49; Que, los hechos descritos evidencian que el Cap. PNP Luis Clodomiro ROJAS ARIAS, ha actuado dolosamente al haber ingresado a la Institución Policial con Partida de Nacimiento falsa, y más grave resulta aún haber incurridoen falsedad reiterada, por lo que, procede anular dicho documento y solicitar el resarcimiento de los daños ocasio- nados al Estado como consecuencia de la utilización de un documento falso; Que, independientemente de las acciones civiles precisa- das en el considerando que antecede, el Cap. PNP Luis Clodomiro ROJAS ARIAS, resulta presunto responsable del delito contra la Fe Pública -Falsedad Ideológica, pre- visto en el Art. 428º del Código Penal; Que, estando a lo opinado por la OGAJ-MIN, y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Consti- tución Política del Perú, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 -Ley de Representación y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y represen- tación del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra el Cap. PNP Luis Clodomiro ROJAS ARIAS. Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacional del Perú, los antecedentes respectivos para que procesa conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 11786 Adjudican inmueble a favor del Institu- to Nacional de Radio y Televisión del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1298-2000-IN/1101 Lima, 16 de octubre del 2000 Visto, la carta del Gerente General del Instituto Na- cional de Radio y Televisión del Perú, solicitando la adjudicación del inmueble incautado por tráfico ilícito de drogas ubicado en la calle Fitzcarrald Nºs. 243 - 251 de la ciudad de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el inmueble antes mencionado fue incautado en el proceso judicial seguido contra Lucio Enrique TIJERO GUZMAN y otros, por delito de Tráfico Ilícito de Drogas, el mismo que se encuentra con sentencia expedida por la Sala Penal Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de fecha 15.SET.97 y Ejecutoria de la Segunda Sala Penal Transitoria Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de la Corte Suprema de Justicia de fecha 9.MAR.98; y, asignado al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) para uso oficial; Que, a mérito de la Resolución Judicial del Primer Juzgado Especializado en Delitos de Tráfico Ilícito de Dro- gas de fecha 19.OCT.98, el decomiso del mencionado inmue- ble se encuentra inscrito en la Ficha Nº 11599 del Registro de la Propiedad Inmueble de Loreto; siendo pertinente su adjudicación para que continúe en uso oficial; De conformidad a lo dispuesto en el Art. 70º del D.L. Nº 22095, modificado por el Art. 7º del D.L. Nº 22926; y el Art. 2º del D.S. Nº 046-88-IN del 1.DIC.88; y, Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADJUDICAR a favor del Ministerio de Educación - Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), el inmueble ubicado en la calle Fitzcarrald Nºs. 243 - 251 de la ciudad de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Artículo 2º.- La referida entidad deberá proceder a la inscripción del bien inmueble en el Margesí de Bienes