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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (20/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 194174 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de octubre de 2000 en dicho período, producto del Tramo Concesional. Para acceder al premio, el beneficiario tendrá que ser calificado por la IFI como Buen Pagador. Artículo 4º.- En aquellos semestres que el beneficiario no acceda al Premio del Buen Pagador, la cuota correspon- diente a dicho semestre del Tramo Concesional, se prorra- teará en el siguiente semestre, en seis armadas con idéntica periodicidad a las cuotas del Tramo No Concesional, debien- do el beneficiario cancelar las cuotas correspondientes a ambos tramos del préstamo, dentro de las condiciones esta- blecidas para ser considerado un Buen Pagador, a efectos de acceder nuevamente al Premio, en dicho semestre. Artículo 5º.- El Premio al Buen Pagador resulta tam- bién aplicable a los préstamos hipotecarios ya otorgados con recursos del Fondo MIVIVIENDA, respecto del saldo de los mismos, para cuyos efectos las IFIs y los beneficiarios de común acuerdo, procederán a adecuar dichas operaciones a las condiciones establecidas en el presente dispositivo. Artículo 6º.- El Directorio del Fondo MIVIVIENDA, precisará y complementará lo dispuesto por el presente dispositivo. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, el Ministro de Pesquería y el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ARTURO HANDABAKA GARCIA Ministro de Pesquería EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de Trabajo y Promoción Social 12094 Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Venezuela para participar en reunión del Comité Andino de Au- toridades de Telecomunicaciones - CAATEL RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2000-MTC Lima, 17 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con la Presidencia del Comité Andino de Auto- ridades de Telecomunicaciones - CAATEL, ha convocado al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que participe en la XIII Reunión Ex- traordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones - CAATEL, que se realizará en la ciudad de Mérida, República Bolivariana de Venezuela, durante los días 16 al 18 de octubre del presente año; Que, en la XIII Reunión Extraordinaria mencionada se tratarán, entre otros temas, los relacionados al Plan Estra- tégico de desarrollo andino de las telecomunicaciones, estu- dio sobre la implementación de las IMT-2000 en la región andina, acercamiento CAATEL - MERCOSUR y la coordina- ción del Sistema Satelital "Simón Bolívar"; Que, nuestro país es miembro del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones - CAATEL y es parte delos Grupos de Trabajo encargados de la elaboración del Plan de Trabajo del mencionado Comité para el período 2000 - 2001, debiendo presentar las propuestas correspondientes en la XIII Reunión Extraordinaria del CAATEL; Que, por lo expuesto precedentemente resulta perti- nente autorizar el viaje de la funcionaria designada para que participe en la XIII Reunión Extraordinaria del CAATEL; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora Giovanna Lavado Chávez, Directora de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la ciu- dad de Mérida, República Bolivariana de Venezuela, duran- te los días 15 al 19 de octubre del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al Presupuesto del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 400.00 - Viáticos US$ 800.00 - Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12099 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Venezuela para participar en reunión del Comité Andino de Au- toridades de Transporte Terrestre - CAATT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2000-MTC Lima, 18 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina ha convocado a la administración del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que participe en la IV Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre - CAATT, que se rea- lizará en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, durante los días 19 y 20 de octubre del presente año; Que, en dicha reunión se tratarán temas relacionados al transporte internacional de mercancías peligrosas por ca- rretera, se revisará el Reglamento Técnico Andino sobre límites de pesos y dimensiones de los vehículos para el transporte internacional de pasajeros y mercancías por carreteras y el Registro Andino de Transportistas y Vehícu- los habilitados; Que, asimismo en la IV Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre - CAATT, nuestro país, que actualmente ejerce la presidencia del mencionado Comité a través del Director General de la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, presentará un Informe Final de labores del CAATT y trans- ferirá la presidencia a favor de la República Bolivariana de Venezuela en la persona de su Director General de Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre;