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Pág. 194359 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de octubre de 2000 Artículo 2º.- Dicho vehículo será utilizado en la supervisión de los Programas de generación de pequeñas empresas producti- vas que esta Congregación cumple en zonas rurales pertenecien- tes al distrito de Paramonga, Barranca, Lima. Artículo 3º.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo 4º.- Disponer que la recurrente remita a la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y al Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 12292 JUSTICIA Aceptan donación procedente de los EE.UU., destinada al fortalecimiento e incorporación de nuevos departamen- tos a la red de los Consultorios Jurídi- cos Populares RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 232-2000-JUS Lima, 26 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), celebró un Convenio de Donación de Alcance Limitado Nº 527-0356, con el propósito de dar continui- dad al apoyo del Ministerio de Justicia en sus esfuerzos por proporcionar servicios legales, de mediación y conciliación gratui- tos a los más necesitados de Lima, Callao y ocho departamentos del país, fortaleciendo y ampliando la red de Consultorios Jurídi- cos Populares; Que mediante Decreto Supremo Nº 033-98-RE se ratifica el Convenio de Donación de Alcance Limitado para fortalecimiento de Consultorios Jurídicos Populares de Lima y Callao e Imple- mentación de Centros de Conciliación en provincias; Que mediante Resolución Suprema Nº 240-98-JUS de fecha 24 de octubre de 1998 se aceptó la cooperación técnica no reembol- sable por el equivalente a TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 350 000,00), otorgado por el Gobierno de los Estados Unidos, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) para el desarrollo de la II Fase del Proyecto "Fortalecimiento de los Consultorios Jurídicos Popu- lares para Lima y Callao e Implementación de Centros de Asisten- cia Jurídica en provincias; Que en el marco del Convenio citado, se ha suscrito una enmienda en la cual el Gobierno de los Estados Unidos de América otorga recursos adicionales al Gobierno de la República del Perú por cooperación técnica no reembolsable hasta por el equivalente a CIENTO VEINTE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 120,000.00) para la continuación del fortalecimiento e incor- poración de cinco nuevos departamentos a la red de los Consulto- rios Jurídicos Populares; Que al constituir el aporte señalado una valiosa contribución al reforzamiento de los servicios legales, de mediación y concilia- ción gratuitos que presta el Ministerio de Justicia a los más necesitados de Lima, Callao y principales departamentos del país, es necesario aceptar la cooperación técnica no reembolsable- donación, hasta por el monto anteriormente señalado; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Coope- ración Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupues- taria del Estado, Ley Nº 27212 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica no reembolsa- ble -donación otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) hasta por el equivalente a CIENTO VEINTE MIL Y 00/100 Dólares Americanos (US$ 120,000.00) destinada al fortalecimien- to e incorporación de cinco nuevos departamentos a la red de los Consultorios Jurídicos Populares. Artículo 2º.- Compréndase la donación precitada dentro de los alcances del Artículo 49º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Artículo 3º.- Autorízase al Ministerio de Justicia a incorpo- rar la referida donación en el Presupuesto del Pliego, de conformi- dad con lo dispuesto en el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrenda- da por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 12364 Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Suiza para participar en sesiones del Comité de Derechos Humanos de las NN.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2000-JUS Lima, 26 de octubre del 2000 Visto el Facsímil (ASH-DHU) Nº 533 de fecha 17 de octubre de 2000 de la Dirección de Asuntos Sociales y Humanitarios del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que en el Marco del 70° Período de Sesiones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Perú presentará el Examen del IV Informe Periódico sobre la aplicación del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, en la ciudad de Ginebra, Suiza, el 23 y 24 de octubre de 2000; Que han sido designados los doctores Carolina Leciñana Falconí, Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos y Aldo Figueroa Navarro, Asesor Técnico de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, como integrantes de la Delegación del Perú, que participarán en la presentación del indicado Examen; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje de los mencionados representantes del Ministerio de Justicia, así como los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81- EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, a los doctores Carolina Leciñana Falconí, Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos y Aldo Figueroa Navarro, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 21 al 24 de octubre de 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.