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PÆg. 194447 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de octubre de 2000 INSTRUCCIONES IMPORTANTE El presente formulario podrá ser utilizado por los deudores tributarios que no se encuentran obliga- dos a solicitar el acogimiento al Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario a través del Programa de Declaración Telemática (PDT). REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO AL REGIMEN El acogimiento al Régimen surtirá efectos siempre que el deudor tributario cumpla con los siguien- tes requisitos, por cada tipo de deuda por el que solicita su acogimiento al Régimen: a) Haber presentado las declaraciones y efectuado el pago de las obligaciones tributarias corres- pondientes a los períodos tributarios que sean exigibles desde el mes de agosto de 2000, hasta la fecha de acogimiento, inclusive. b) De optarse por la modalidad de pago al contado, haber efectuado el pago del 95% de la deuda materia de acogimiento al Régimen, hasta la fecha de presentación de la solicitud. c) De optarse por la modalidad de pago fraccionado, haber efectuado el pago de la cuota inicial, la que no debe ser menor al 10% de la deuda materia de acogimiento al Régimen, hasta la fecha de presentación de la solicitud. d) Cumplir con ofrecer, otorgar y/o formalizar las garantías, en los casos en que corresponda, de acuerdo con lo establecido por la SUNAT. DEUDAS TRIBUTARIAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN Las siguientes deudas no podrán ser materia de acogimiento al Régimen: a) Las deudas cuyo período tributario sean exigibles con posterioridad al 31 de julio de 2000. b) Los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta correspondientes a los períodos tribu- tarios de enero a junio del 2000, incluyendo sus respectivos intereses. c) Las infracciones que no hayan sido subsanadas en los casos previstos en el numeral 4.2 del Artículo 4° de la Ley 27344. d) Las deudas correspondientes a las personas naturales a quienes se les hubiera abierto ins- trucción o se hubiera emitido sentencia condenatoria firme por delito tributario, así como la de las empresas o entidades a través de las cuales se hubiera realizado los hechos materia de la instrucción, de acuerdo con lo señalado en el Art. 4° del Reglamento. e) Las deudas impugnadas respecto de las cuales no se hubiera presentado el escrito de desis- timiento respectivo. TIPOS DE DEUDA POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR ACOGIMIENTO AL REGIMEN Tributos administrados por la SUNAT Contribuciones al ESSALUD Contribuciones a la ONP Contribución al SENCICO Contribución al FONAVI INSTRUCCIONES GENERALES 1. USO DEL FORMULARIO En relación al presente formulario, se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Se utilizará para solicitar el acogimiento al Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario y deberá acompañarse a ésta, los anexos donde se detalla las deudas por las que se solicita el acogimiento. 2. Deberá presentarse por duplicado, siendo su distribución la indicada en el margen izquierdo. 3. Podrá ser utilizado en el caso de optar por la modalidad de pago al contado o fraccionado o aquellos que resultaran con importe a pagar igual a cero. 4. Deberá llenarse a máquina o con letra tipo imprenta. 2. MOTIVOS QUE GENERAN EL RECHAZO DE LA SOLICITUD El formulario será rechazado si se presenta alguna de las siguientes observaciones: 1. Falta el tipo de documento de identificación y el número del mismo. 2. Falta la firma del deudor tributario o representante legal. 3. Presentase borrones y/o enmendaduras. 4. El N° de orden del ejemplar para el deudor no coincida con el del ejemplar para la SUNAT.INSTRUCCIONES ESPECIFICAS Casilla 02 : Consignar el número de RUC que corresponda al deudor tributario. Casilla 50 : Consignar el código del tipo de documento de identidad (según tabla N° 3). Casilla 51 : Consignar el número del documento correspondiente. Casilla 40 : Consignar el número total de formatos anexos que adjunta. Casilla 05 : Consignar el número de orden del F. 4830 que está sustituyendo. Casilla 500 : Consignar el código ‘1’ para que las multas generadas por las infraccio- nes cometidas hasta el 31.07.2000 que no se encuentren impugnadas sean extinguidas con su acogimiento, siempre que la infracción respecti- va haya sido subsanada o, de acuerdo a las reglas del Régimen, no sea necesaria su subsanación. Caso contrario, no llenar. Casilla 501 : Consignar el código ‘1’ para que las costas y gastos generados hasta el 31.07.2000 se extingan con su acogimiento. Caso contrario, no llenar. Deuda acogida y modalidad de pago: El acogimiento al Régimen, así como la modalidad de pago, son independientes por cada tipo de deuda, aun cuando debe solicitarse el acogimiento en un único formulario. Deuda acogida : En las casillas correspondientes al tipo de deuda (casillas 801, 811, 821, 831 y/o 841), consignar el monto de la deuda por el cual solicita el acogimiento al Régimen, actualizada mediante la aplicación de los factores de la TABLA N° 1 que figura en el D.S 110-2000-EF o en la R.M. que aprueba los factores de actualización hasta noviembre de 2000. Modalidad de pago : En las casillas correspondientes al tipo de deuda (casillas 802, 812, 822, 832 y/o 842), según el tipo de deuda, consignar ‘0’ en caso de tratarse de pago al contado ó ‘1’ de tratarse de la modalidad fraccionada. Pago contado o : De seleccionarse la modalidad de pago al contado, deberá consig- Cuota Inicial nar el 95% del monto indicado en la casilla de deuda acogida (801, 811, 821, 831 y/o 841), en las casillas 803, 813, 823, 833 y/o 843, según el tipo de deuda.Si la modalidad de pago seleccionada es fraccionada, en las casillas 803, 813, 823, 833, y/o 843, consignar como mínimo el 10% de la casilla de deuda acogida, dicho monto no debe ser menor de S/. 150.00. Número de cuotas : En las casillas correspondientes al tipo de deuda (casillas 804, 814, 824, 834 y/o 844), consignar el número de cuotas por el cual solicita el acogimiento al Régimen, el cual puede variar entre 1 y 120. Monto de cuotas : En las casillas correspondientes al tipo de deuda (casillas 805, 815, 825, 835 y/o 845), consignar el monto de las cuotas, el cual resulta de multiplicar el saldo de la casilla de deuda acogida menos la casi- lla de cuota inicial por el factor indicado en la TABLA N° 2 (que figura en el D.S 110-2000-EF), por tipo de deuda, de acuerdo al número de cuotas por el cual solicita fraccionamiento. El monto de cada cuota no podrá ser menor de S/. 150.00. Pagos previos : En las casillas correspondientes al tipo de deuda (casillas 807, 817, 827, 837 y/o 847), de ser el caso, consignar el monto de los pagos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud. Importe a pagar : Consignar el monto a pagar por tipo de deuda (casillas 808, 818, 828, 838 y/o 848), el cual resulta de restar del monto de pago al contado o de la cuota inicial consignada en la solicitud, el importe de los pagos previos realizados con anterioridad a la presentación de ésta. CODIGO DENOMINACIÓN1 L.E o DNI2 Carné FF.PP3 Carné FF.AA4 Carné Extranj.7 Pasa- porte8 Doc. Prov. de IdentidadTABLA N° 3