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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (28/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 194452 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de octubre de 2000INSTRUCCIONES - DEUDA SUNAT GENERALES 1.El presente formulario se utilizará para detallar la deuda tributaria por tributos administrados por la SUNAT por la cual se solicita el acogimiento al Régimen, según lo establecido en la Ley N° 27344 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 110-2000-EF. 2.Se presentará conjuntamente al formulario Nº 4830, en las oficinas bancarias autorizadas a recibir pagos y/o declaraciones. 3.Se utilizará tantos formatos como sea necesario para consignar el detalle de la deuda tributaria SUNAT por la cual solicita el acogimiento al Régimen. ESPECIFICAS Casilla 02 : Consignar el número de RUC. Sólo si no tiene RUC, consigne la información respectiva en las casillas 50 y 51. Casilla 50 : Sólo en el caso de no tener RUC, consignar el código respectivo del documento de identidad, de acuerdo a la Tabla N° 3 que figura en las instrucciones del Formulario 4830. Casilla 51 : Consignar el número del documento correspondiente. Casilla 17 : Consignar el número de orden del Formulario 4830 al que corresponde (casilla 04 de dicho formulario). Casillas 19 y 20 : Sirve para señalar la cantidad de formatos utilizados. Ejemplo: Si utilizó cinco (5) anexos para las deudas administradas por la SUNAT, se indicará para el primer anexo: DETALLE DE LA DEUDA TRIBUTARIA: Consignar la siguiente información: Columna 1 : Nº de resolución o número de la solicitud de fracc. D.L. 848 Se deberá consignar información en esta casilla únicamente si la deuda por la cual desea acogerse se encuentra contenida en resoluciones (órdenes de pago, resoluciones de multa, resoluciones de determinación o en resoluciones que aprueban o declaran la pérdida de un fraccionamiento), que le hayan sido notificadas. Para efecto de que su acogimiento resulte válido, deberá prestar especial atención en consignar de manera correcta el número de las referidas resoluciones. Asimismo, en caso las resolucio- nes hayan sido impugnadas, deberá previamente presentar el escrito de desistimiento ante la institución que se tramitó el recurso o medio. De otro lado, esta casilla también debe utilizarse para especificar, de ser el caso, la solicitud de acogimiento al Régimen de Fraccionamiento Especial - RFE (D.L. No. 848) que se desea acoger al Régimen. En este caso, se deberá consignar el número de formulario (4816) y el número de orden respectivo. Ejemplo: Para acoger a este Régimen la deuda contenida en una solicitud de acogimiento al RFE con número de orden 00012369 por deudas SUNAT, se deberá consignar lo siguiente: 4816-00012369.En caso se tratara de acogimiento de deuda autoliquidada no deberá consignar información en la casilla correspondiente de esta columna. Columna 2 : Período tributario Consignar el mes y año del período tributario al que corresponde la deuda. En el caso de multas autoliquidadas, deberá consignar el mes en que cometió la infracción o, en su defecto, en que ésta se detectó. El período máximo de acogimiento es Junio 2000 (06-2000). Columna 3 : Código del tributo o concepto Necesariamente deberá consignar el código del tributo o concepto que corresponde a la deuda por la que se solicita el acogimiento al Régimen. Columna 4 : Monto del tributo o concepto Consignar el saldo del tributo o concepto a la fecha del último pago efectuado (sólo se debe considerar los pagos realizados hasta el 31/07/2000), o del vencimiento en caso no existan pagos parciales. Columna 5 : Mes de actualización Consignar el mes al que corresponde la fecha del último pago parcial de la deuda por la cual solicita el acogimiento al Régimen. De no haber efectuado pagos parciales, consignar el de la fecha de vencimiento de la obligación. Según la información consignada en esta casilla, se actualizará la deuda aplicando el factor correspondiente de la Tabla N° 1 del reglamento (aprobado por D.S. N° 110-2000-EF) o la Tabla aprobada mediante Resolución Ministerial, en caso la solicitud se presente en noviembre de 2000. Columna 6 : Monto de la deuda actualizada Consignar el monto de la deuda actualizada con el factor de la Tabla N° 1 del reglamento aprobado por D.S 110-2000-EF o en la Resolución Ministerial que aprueba los factores a Noviembre de 2000, del mes correspondiente a la fecha de actualización. Por ejemplo, si el mes correspondiente a la fecha de actualización de la columna 5 es 02.1998, y el monto del tributo consignado en la columna 4 es de tres mil (3,000) nuevos soles, la deuda actualizada con el factor es: 3000 X 1.129933 = 3,390 En esta casilla, el monto se expresará sin decimales. Sub-total del anexo - casilla 501 Consignar el monto que resulta de sumar las cantidades de la columna 6 que se consignan en el anexo. Monto total de deuda - casilla 601 Llenar sólo en el último anexo utilizado por tipo de deuda. Consignar la suma de los importes consignados en las casillas 501 de todos los anexos DEUDA SUNAT. Trasladar dicho monto a la casilla 801 del formulario 4830.NÚMERO DE ANEXOS SUNAT dedededede2020202020 19191919191 5