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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 192742 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de setiembre de 2000 adelante la delegación funcional dispuesta por la presen- te Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10310 RESOLUCION JEFATURAL Nº 509-2000-JEF-RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 363-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 5 de mayo del 2000 y Oficio Nº 085/2000.C.P.L.DIV.REG.CIV. del Al- calde de la Municipalidad Provincial de Lamas, en representación del Centro Poblado Menor de YUMBA- TOS, distrito de PONGO DE CAYNARACHI, provincia de LAMAS, departamento de SAN MARTIN; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitu- ción Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relati- vos a su capacidad y estado civil. Que, el Reglamento de las Inscripciones del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, aproba- do por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas. Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos por las Ofici- nas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes. Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de YUMBATOS, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de fun- ciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de YUMBATOS, comprensión del distrito de PONGO DE CAYNARACHI, provincia de LAMAS, de- partamento de SAN MARTIN, de las funciones registra- les señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de YUMBATOS, queda encar- gado de las acciones administrativas que corres- pondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10311RESOLUCION JEFATURAL Nº 510-2000-JEF-RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 364-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 9 de mayo del 2000 y la Solicitud de fecha 1/3/2000, del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HAMPATU- RA, distrito de YANAOCA, provincia de CANAS, depar- tamento de CUSCO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitu- ción Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos relativos a su capacidad y estado civil. Que, el Reglamento de las Inscripciones del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, aproba- do por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas. Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos por las Ofici- nas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes. Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HAMPATURA, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de fun- ciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HAMPATURA, comprensión del distrito de YANAOCA, provincia de CANAS, departa- mento de CUSCO, de las funciones registrales seña- ladas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HAMPATURA, queda encar- gado de las acciones administrativas que corres- pondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10312 RESOLUCION JEFATURAL Nº 511-2000-JEF-RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 367-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 11 de mayo del 2000 y Oficio Nº 085/2000.-CPL.DIV.REG.CIV. del Al- calde de la Municipalidad Provincial de Lamas, en repre- sentación del Centro Poblado Menor de Santiago de Borja, distrito de Barranquita, provincia de Lamas, departamento de San Martín;