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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 192743 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitu- ción Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relati- vos a su capacidad y estado civil. Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas. Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos, por las Ofici- nas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes. Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de SANTIAGO DE BORJA, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delega- ción de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de SANTIAGO DE BORJA, comprensión del distrito de BARRANQUITA, provincia de LAMAS, de- partamento de SAN MARTIN, de las funciones registra- les señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de SANTIAGO DE BORJA, queda encar- gado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10313 RESOLUCION JEFATURAL Nº 512-2000-JEF-RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 368-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 11 de mayo del 2000 y Solicitud de fecha 6/2/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor de PASIRI, distrito de JULI, provincia de CHUCUITO, departamento de PUNO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitu- ción Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relati- vos a su capacidad y estado civil. Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas. Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos, por las Ofici- nas Registrales para el procesamiento registral y demásfunciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes. Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PASIRI, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PASIRI, comprensión del distrito de JULI, provincia de CHUCUITO, departamento de PUNO, de las funciones registrales señaladas en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PASIRI, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presen- te Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10314 RESOLUCION JEFATURAL Nº 513-2000-JEF-RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 422-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 5 de junio del 2000 y la Solicitud de fecha 12/3/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor SAN MARTIN DE PORRES, distrito de AYNA, provincia de LA MAR, departamento de AYACUCHO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitu- ción Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relati- vos a su capacidad y estado civil. Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas. Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos, por las Ofici- nas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes. Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor SAN MARTIN DE PORRES, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delega- ción de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil