NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (18/09/2000)
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Pág. 193089 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de setiembre de 2000 Archivo Regional, Direcciones Regionales Sectoriales y Gerencias Subregionales, que corresponde al Primer Semestre del 2000, acreditando que el citado proceso se ha desarrollado con total normalidad con plena obser- vancia de la norma y dentro de los plazos establecidos; Que, habiendo concluido con el proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores del Conse- jo Transitorio de Administración Regional CTAR - Caja- marca, Gerencias Subregionales y de las Direcciones Regionales Sectoriales correspondientes al Primer Se- mestre del 2000, resulta necesario APROBAR el resulta- do de la Evaluación; Que, con las visaciones de las Gerencias Regionales de Administración, Asesoría Jurídica y conformidad de Secretaría Técnica; y, En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transito- rios de Administración Regional, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Resolución Suprema Nº 152- 99-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, los Resultados del Proceso de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Administrativos del Conse- jo Transitorio de Administración Regional Cajamarca: Sede Central, Aldea Infantil San Antonio, Archivo Re- gional, Gerencias Subregionales de Jaén, Chota y Cuter- vo y Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales de Educación, Salud, Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, Trabajo y Promoción Social, Pesquería, Energía y Minas, corres- pondientes al Primer Semestre del 2000. Artículo Segundo.- CESAR por causal de EXCE- DENCIA y a partir de la fecha al trabajador Administra- tivo del CTAR - CAJAMARCA que a continuación se indica, por no haber aprobado el Programa de Evalua- ción correspondiente al Primer Semestre 2000. Nº APELLIDOS Y NOMBRES REPARTICION CAT. REM. PUNTAJE 01 CASTAÑEDA ROJAS Jaime Dir. Reg. Salud ST "B" 59 Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución al Ministerio de la Presidencia, Viceministerio de Desarrollo Regional y demás Organos competentes del Consejo Transitorio de Administración Regional Cajamarca. Regístrese y comuníquese. CESAR RAMAL PESANTES Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional Cajamarca 10658 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Autorizan adquisición de combustible mediante procedimiento de adjudica- ción directa de menor cuantía RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 873-2000-ALC/MVES Villa El Salvador, 7 de julio del 2000 Visto: El Informe Nº 002-2000-CE/MVES, de fecha 19-5-2000, proveniente del Comité Especial para el Pro-ceso de Selección de una empresa que provea de Combus- tible; CONSIDERANDO: Que, mediante informe de visto, el Comité Especial encargado de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE/ MVES, para la adquisición de combustible, comunica la decisión de declarar desierta la Segunda Convocatoria efectuada por no haberse presentado postor alguno al Acto Público de Recepción de Propuestas, conforme se califica en el Acta respectiva de fecha 17 de mayo 2000; Que, en tal sentido el Artículo 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece en su últimos párrafo que en un mismo proceso de selección sea declarado desierto en dos oportunidades la Entidad Convocante, podrá realizar una adjudicación observando lo dispuesto en la presente Ley y su Regla- mento aprobado con D.S. Nº 039-98-PCM, y en la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209; Que, el procedimiento de exoneración de Licitación Pública al de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, es aplicable de acuerdo a lo previsto en el literal "c" del Artículo 44º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 039-98-PCM, en concordancia con el literal "f" del Artículo 19º de la Ley, debiendo la Contraloría General de la República evaluar las causas que motivan la declaración de desierto del proceso de selección anteriormente mencionado, para lo cual la Municipalidad remitirá el expediente correspon- diente; Que, las exoneraciones de los procesos de selec- ción, deben comunicarse bajo responsabilidad a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesario la formalización del Acto administrativo que apruebe la exoneración del proceso de selección antes referido; Estando a lo dispuesto y con la visación de la Direc- ción Municipal, las oficinas de Administración y Finan- zas, Asesoría Jurídica, Planificación, Presupuesto y Ra- cionalización; De conformidad con lo preceptuado en al Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE/MVES, sobre la ad- quisición de combustible, según los considerandos ex- puestos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Administración para que inicie el Procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, para la Ad- quisición de Combustible, referido al Artículo Primero de la presente Resolución, de conformidad a lo dis- puesto en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento D.S. Nº 039- 98-PCM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, la remisión del Expediente de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE/MVES, declara- dos desiertos a la Contraloría General de la República para la evaluación respectiva. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Ad- ministración y Finanzas, poner en conocimiento de las Entidades mencionadas en el cuarto considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 10684