NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (18/09/2000)
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Pág. 193088 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de setiembre de 2000 directa e inminente la continuidad de un servicio esen- cial o de operaciones productivas, o cuando la utilización de Licitación o Concurso no cumple función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existien- do sustitutos, éstos pueden afectar negativamente el servicio o proceso productivo"; Que, mediante el Informe Técnico adjunto a la Carta Nº 2068-GDLIMA-ESSALUD-2000, la Gerencia Depar- tamental Lima señala que la contratación del servicio de dosimetría constituye un supuesto de situación de ur- gencia, en la medida que de realizarse el proceso de selección correspondiente no cumpliría función alguna debido a que el mencionado servicio sólo lo brinda la empresa Nuclear Control S.A.; Que, el órgano competente para expedir licencias y regulaciones relativas a seguridad nuclear y protec- ción radiológica, es el Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 21875, el mismo que mediante Carta Nº 051-00-IPEN/AUNA de fecha 15 de mayo del 2000, informó a la Gerencia Departamental Lima que la única empresa autorizada para brindar el servicio de dosimetría es Nuclear Control S.A.; Que, en consecuencia existiendo una situación de urgencia, en los términos establecidos en el Artículo 21º de la Ley Nº 26850, es procedente aprobar la exoneración de la contratación del servicio dosimetría de radiaciones del proceso de selección ordinario, para los Centros Asistenciales de la Gerencia Departamental Lima y el Hospital Edgardo Rebagliati Martins, debiendo realizar- se el proceso a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, tal como lo dispone el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 y el Artículo 44º inciso c) de su Reglamento; Que, el servicio de dosimetría es requerido tanto por los Centros Asistenciales de la Gerencia Departamental Lima y el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins, y con la finalidad de que los mismos cuenten con el mencionado servicio en el menor tiempo posible, resulta conveniente encargar a la Gerencia Central de Logística la contratación centralizada del servicio de dosimetría; Que, según el Artículo 20º inciso c) de la Ley Nº 26850, la exoneración de un proceso de selección debe ser aprobada, en el caso de ESSALUD, por resolución de su máxima autoridad; Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece que el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la exoneración de la contratación del servicio de dosimetría de radiaciones del proceso ordina- rio de selección para los centros asistenciales de la Gerencia Departamental Lima y para el Hospital Edgar- do Rebagliati Martins, autorizando a la Gerencia Cen- tral de Logística, que realice el mismo a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con el segundo supuesto del Artículo 21º de la Ley Nº 26850, por un período de doce (12) meses compu- tados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución. 2º.- Disponer que la Secretaría General informe de la presente Resolución al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VASQUEZ PERALES Presidente Ejecutivo 10648CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL Cesan trabajador del CTAR Cajamarca por causal de excedencia CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CAJAMARCA RESOLUCION PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 362-2000-CTAR-CAJ/PE Cajamarca, 7 de setiembre de 2000 VISTO: El Informe Final Nº 001-2000-CTAR.CAJ/P.C.E. e Informe Nº 002-2000-CTAR.CAJ/P.C.E. de fecha 15 de agosto y 5 de setiembre del 2000 respectivamente, eva- cuado por la Comisión Central encargada de desarrollar el Programa de Evaluación de Rendimiento Laboral de los Trabajadores Administrativos del CTAR - CAJA- MARCA, correspondiente al Primer Semestre del 2000; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 26093 se dispone un Progra- ma de Evaluación Semestral a los Trabajadores de la Administración Pública, para tal efecto el Ministerio de la Presidencia mediante Resolución Ministerial Nº 353- 98-PRES, y su modificatoria la Resolución Ministerial Nº 557-98-PRES, aprobó la Directiva Nº 002-98-PRES- VMDR, sobre el Proceso de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral a ser aplicado a los Trabajadores Administrativos de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional en todo el país; Que, mediante Resolución Presidencial Regional Nº 243-2000-CTAR.CAJ/PE. de fecha 6-7-2000 se resuelve designar a la Comisión Central de Evaluación, encarga- da de llevar a cabo el Proceso de Evaluación del Rendi- miento Laboral de los Trabajadores Permanentes de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional Cajamarca, Aldea Infantil San Antonio, Archivo Regional, Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Dirección Regional de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, Dirección Regio- nal de Trabajo y Promoción Social, Dirección Regional de Pesquería, Dirección Regional de Energía y Minas, Sede Gerencia Subregional de Jaén, Dirección Subre- gional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Jaén, Sede Gerencia Subregional Chota, Dirección Subregional de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción Chota, Dirección Subre- gional de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales Chota y Sede Geren- cia Subregional Cutervo; Que, asimismo por Resoluciones Presidenciales Re- gionales Nºs. 244 y 245-2000-CTAR.CAJ/PE de fechas 6 de julio del 2000, resuelven designar a las comisiones encargadas de desarrollar el Programa de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Permanen- tes de las Direcciones Regionales de Salud y Educación del CTAR - Cajamarca respectivamente, correspondien- tes al Primer Semestre del 2000; Que, mediante documentos del visto el Presidente de la Comisión de Evaluación del Rendimiento Laboral, eleva a la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administración Regional Cajamarca el Informe Final Consolidado del Proceso de Evaluación de los trabajado- res de la Sede Central, Aldea Infantil San Antonio,