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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (14/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 201358 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de abril de 2001 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Autorizan la realización de matrimonio civil comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0001-2001-MDSL San Luis, 10 de abril del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, conmemorándose en el mes de mayo el XXXIII Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis y siendo política de la actual Gestión Muni- cipal fomentar y apoyar la unión matrimonial como núcleo básico de la sociedad, así como la integridad y desarrollo de la comunidad, se ha visto por conve- niente autorizar la realización del matrimonio civil comunitario; Que, los requisitos exigidos a las parejas que desean contraer matrimonio civil se encuentran establecidos en el Código Civil vigente y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Insti- tución; Estando a lo expuesto en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad al Código Civil, TextoÚnico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y Acuerdo de Concejo Nº 0036-2001-CDSL; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del matrimonio civil comunitario en la Municipalidad Distrital de San Luis. Artículo Segundo.- SEÑALAR como fecha para la realización del matrimonio civil comunitario el día 19 de mayo del 2001. Artículo Tercero.- DISPONER como inicio de inscripciones a partir de la publicación del presente Decreto de Alcaldía y como cierre de inscripciones el día 16 de mayo del 2001, dispensándose el plazo de los ocho días establecidos en el Código Civil para la fijación en la Municipalidad de los avisos de matrimonios proyectados en la fecha señalada. Artículo Cuarto.- APROBAR el monto de S/. 30.00 Nuevos Soles que deberán abonar los contrayentes que participen en la fecha señalada, como pago de derecho por apertura de pliego matrimonial y celebración de matrimonio. Artículo Quinto.- SEÑALAR que cada pareja contrayente deberá cumplir con los requisitos esta- blecidos en el Código Civil y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta insti- tución, así como publicar su respectivo edicto conforme a Ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Adminis- tración, Gerencia de Servicios Municipales, Oficina de Registro Civil y Unidad de Imagen Institucional en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 21757DENUNCIANTE Inicio Persona Natural Empresa Gremio Empresarial DenunciaAsignar Denuncia SIFA Registrar Denuncia Evaluación inicial Denuncia Acción necesaria Elaborar RespuestaFinElaborar Programa FiscalizaciónRegistrar Alerta Ad.oper. SIFA Generar Ficha InformativaInmovilizar Carga Zona Primaria SIFA Registrar Acciones y ConclusionesGERENCIA DE INTELIGENCIA ADUANERA / Div. Programación y Evaluación Acciones otras dependencias: - Int. Prevención - Procuraduria - OAIComunicar a otras Instituciones : - SUNAT - INDECOPI - Min.Publico NoSi Elaborar InformeSolicitud de Información1 Elaborar y aprobar InformeSolicitar Incremento Nivel Riesgo 1AUDITORIA FISCALIZACIÓN 21758ADMISIÓN Y TRÁMITE DE DENUNCIAS SOBRE FRAUDE COMERCIAL