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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (14/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 201342 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de abril de 2001 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a GENRY CASTAÑEDA RENGIFO y HERMES RIVERA GUE- RRERO, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Picsi - Chicla- yo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21813 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2001-JUS Lima, 11 de abril de 2001 Vista la solicitud presentada por Jahuar Machaca Condori, así como el Informe de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, de fecha 20 de marzo del 2001, que recomienda la concesión del Indul- to; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión de indulto y derecho de gracia, para quie- nes se encuentren condenados por delito de terroris- mo o traición a la patria, en base a elementos proba- torios insuficientes que permitan presumir razona- blemente que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organiza- ciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las fun- ciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesión de indul- to a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en pri- sión constituye una situación que debe ser remediada con la restitución de la libertad individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demás derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el daño sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a JAHUAR MACHACA CONDORI, quien se encuentra en el Esta- blecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Yanamayo - Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21814PRES Declaran al FONCODES en proceso de reestructuración organizativa institu- cional DECRETO SUPREMO Nº 010-2001-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Compensación y Desa- rrollo Social - FONCODES, es un Organismo Descen- tralizado Autónomo, dependiente de la Presidencia de la República, que cuenta con autonomía funcional, económica, financiera, administrativa y técnica; te- niendo como objeto financiar Proyectos de inversión social en todo el país; Que, mediante Ley Nº 27171, Ley de Saneamiento y Transferencia de la Infraestructura Social financia- da por FONCODES y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES, se declaró de necesidad y utilidad pública el saneamiento físico - legal y contable de las obras de inversión social finan- ciadas por FONCODES, así como su transferencia en propiedad a las Entidades Receptoras responsables de su administración y mantenimiento, encomendándose a sus Unidades Orgánicas llevar adelante dichas ta- reas. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 032- 2000-PCM se dispuso transferir a partir del 1 de enero del 2001 al Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, el Programa Social de Desayunos Escolares y el Programa Social de Suplementación Alimentaria que desarrollaba FONCODES; Que, la entrada en vigencia de los dispositivos legales indicados implican un incremento, intensifi- cación y modificación de las funciones, procedimien- tos y responsabilidades a cargo de FONCODES, por lo que requiere reforzar y consolidar sus principales líneas de acción, para lo cual necesita adecuar su Organización Institucional a los requerimientos de sus nuevas metas y objetivos estratégicos previstos en su Plan Operativo 2001, aprobado por el Directo- rio de FONCODES en su Sesión Nº 124 del 8 de febrero del 2001; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, faculta a las Entida- des del Sector Público a llevar a cabo un proceso de Reestructuración Organizativa Institucional con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gas- tos y generar ahorro público, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la Entidad; Que, a fin de garantizar el cumplimiento de las nuevas funciones, procedimientos y responsabilidades a cargo del FONCODES resulta conveniente aprobar su Reestructuración Organizativa Institucional, con- forme a los procedimientos y formalidades establecidas en la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, dentro de los límites de los ingresos establecidos para dicho organis- mo en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Ley Nº 25556, Ley Orgánica del Ministerio de la Presi- dencia, modificado por el Decreto Ley Nº 25738; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase al Fondo Nacional de Com- pensación y Desarrollo Social - FONCODES en proceso