Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2001 (15/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2001

yeque, doctor MORDAZA MORDAZA Ibanez, es falsa de conformidad con lo informado por el Notario Publico doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado del archivo notarial del doctor MORDAZA Ibanez; Que estando a los hechos expuestos, se aprecia que existen indicios razonables de la comision de delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad documental por lo que es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables de la comision del delito contra la Fe Publica, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21774

ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: SR. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ US$ US$ 494.42 400.00 25.00

Articulo 3º.- Al retorno, el representante del MITINCI presentara un informe de las actividades realizadas y la rendicion de cuenta documentada, de conformidad con los Articulos 20º y 22º de la Directiva Nº 002-96-ITINCI/DM, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 052-2001ITINCI/DM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 21864

Aprueban modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECOPI
DECRETO SUPREMO Nº 012-2001-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 015-2000-ITINCI, se aprobo el actual Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que por Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM se ha dispuesto que las entidades del Sector Publico incorporen en su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos, un procedimiento que posibilite el acceso a la informacion que posean o produzcan la respectiva entidad publica; Que, asi mismo, es necesario efectuar modificaciones al MORDAZA del Indecopi a fin de adecuar algunos de sus procedimientos al MORDAZA Regimen Comun MORDAZA sobre Propiedad Industrial, aprobado por la Decision MORDAZA 486, asi como incorporar un MORDAZA procedimiento en el MORDAZA de las normas sobre acreditacion de organismos de certificacion, inspeccion y laboratorios de ensayo; Que conforme al Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 094-92-PCM, las modificaciones y actualizaciones del texto unico de procedimientos administrativos de las entidades del Sector Publico, son aprobadas por Decreto Supremo del Sector correspondiente; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual, conforme al texto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Colombia para participar en la Reunion Previa de Ministros de Comercio Exterior de los paises beneficiarios del ATPA y Venezuela
RESOLUCION SUPREMA Nº 099-2001-ITINCI MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Cartagena-Colombia, se desarrollara el dia 17 de MORDAZA del 2001 la "Reunion Previa de Ministros de Comercio Exterior de los Paises beneficiarios del ATPA y Venezuela"; Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90PCM y con Resoluciones Ministeriales Nº 009-96-ITINCI/ DM, Nº 052-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Cartagena, Colombia, del 16 al 18 de MORDAZA del 2001 del senor MORDAZA Ferreyros Kuppers, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negocia-

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