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Pág. 201366 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de abril de 2001 yeque, doctor Camilo Nazario Ibáñez, es falsa de conformi- dad con lo informado por el Notario Público doctor Manuel Bonilla Linares, encargado del archivo notarial del doctor Nazario Ibáñez; Que estando a los hechos expuestos, se aprecia que existen indicios razonables de la comisión de delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad documental por lo que es procedente la autorización a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspon- dan; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra don William Pérez Castillo, don Loren- zo Pascual Gonzales País y los que resulten responsables de la comisión del delito contra la Fe Pública, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21774 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio a Colombia para participar en la Reunión Previa de Ministros de Comercio Exterior de los países beneficiarios del ATPA y Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2001-ITINCI Lima, 12 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Cartagena-Colombia, se desarro- llará el día 17 de abril del 2001 la "Reunión Previa de Ministros de Comercio Exterior de los Países beneficiarios del ATPA y Venezuela"; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, diri- gir, supervisar y evaluar la política de integración y nego- ciaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la par- ticipación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90- PCM y con Resoluciones Ministeriales Nº 009-96-ITINCI/ DM, Nº 052-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Carta- gena, Colombia, del 16 al 18 de abril del 2001 del señor Eduardo Ferreyros Kuppers, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SR. EDUARDO FERREYROS KUPPERS Pasajes US$ 494.42 Viáticos US$ 400.00 Tarifa Corpac US$ 25.00 Artículo 3º.- Al retorno, el representante del MITINCI presentará un informe de las actividades realizadas y la rendición de cuenta documentada, de conformidad con los Artículos 20º y 22º de la Directiva Nº 002-96-ITINCI/DM, aprobada con Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM y modificada por la Resolución Ministerial Nº 052-2001- ITINCI/DM. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 21864 Aprueban modificación del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del INDECOPI DECRETO SUPREMO Nº 012-2001-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 015-2000-ITINCI, se aprobó el actual Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que por Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM se ha dis- puesto que las entidades del Sector Público incorporen en su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos, un procedimiento que posibilite el acceso a la información que posean o produzcan la respectiva entidad pública; Que, así mismo, es necesario efectuar modificaciones al TUPA del Indecopi a fin de adecuar algunos de sus procedi- mientos al nuevo Régimen Común Andino sobre Propiedad Industrial, aprobado por la Decisión Andina 486, así como incorporar un nuevo procedimiento en el marco de las normas sobre acreditación de organismos de certificación, inspección y laboratorios de ensayo; Que conforme al Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y su Reglamen- to, aprobado por D.S. Nº 094-92-PCM, las modificaciones y actualizaciones del texto único de procedimientos adminis- trativos de las entidades del Sector Público, son aprobadas por Decreto Supremo del Sector correspondiente; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, conforme al texto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales