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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (15/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 201379 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de abril de 2001 Facultan a la Dirección Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia para que conozca los procedimientos que quedaron pendientes de resolver por la Comisión de Sanciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2001-PE Lima, 11 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, se aprobó el Reglamento de la Ley General de Pesca, dejándose sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-94-PE y el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Actividad Pesquera y Acuícola, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PE; Que existen procesos que se encuentran pendientes de resolver por parte de la mencionada Comisión, por lo que se hace necesario facultar a la Dirección Nacional de Segui- miento Control y Vigilancia para que, como primera instan- cia, conozca y resuelva todos los procedimientos que queda- ron pendientes de resolver por parte de la Comisión de Sanciones, en adecuación a la nueva organización institu- cional del Ministerio de Pesquería; Estando a lo previsto por el Decreto Legislativo Nº 560 y por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinión favorable del Viceministro. SE RESUELVE: Artículo Unico.- Facultar a la Dirección Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia para que conozca y resuel- va en primera instancia, todos los procesos que debía resol- ver la Comisión de Sanciones del Ministerio de Pesquería, en adecuación a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y en el Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 21779 Aprueban convenio de apoyo interins- titucional para ejecución de la Fase I del Programa de Organización y Ope- ración del Sistema Nacional de Vigi- lancia y Control Sanitario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2001-PE Lima, 11 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 25806, Ley Orgánica del Ministerio de Pesquería, compe- te al Ministerio formular la política pesquera a nivel nacio- nal, supervisar y evaluar su cumplimiento, así como dictar la normatividad general en materia pesquera y acuícola; Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4º párrafo 4.2, 7º, 17º, 27º y 53º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, el Minis- terio de Pesquería debe velar para que las actividades pesqueras se desarrollen en estricto cumplimiento de las normas de sanidad y calidad en los productos pesqueros y de la seguridad e higiene industrial pesquera, así como la preservación del medio ambiente; efectuando para tal fin el monitoreo, control y vigilancia de las actividades pesque- ras, estableciendo para dicho efecto los mecanismos perti- nentes que posibiliten la supervisión del estricto cumpli-21865DIRECCION EJECUTIVACOMITE CONSULTIVO DIRECCION DE INVESTIGACIONESDIRECCION DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y SERVICIOSDIRECCION DE TRANSFERENCIA TECNOLOGICADIRECCION DE INSPECCION Y CONTROL SANITARIOOFICINA DE ASESORIA JURIDICAOFICINA DE PLANEAMIENTOOFICINA DE AUDITORIA INTERNACONSEJO DIRECTIVOORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DIRECCION GENERAL TECNICAOFICINA DE COOPERACION TECNICAOFICINA DE ADMINISTRACION OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS OFICINA DE MANTENIMIENTO