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Pág. 213668 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de diciembre de 2001 RELACIONES EXTERIORES Reincorporan a la situación de activi- dad y reivindican la dignidad, honra y aptitud profesional a diversos funcio- narios diplomáticos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0978-2001-RE Lima, 9 de diciembre de 2001 Visto el Informe Final de la Comisión Especial creada por mandato de la Ley Nº 27550 y constituida por la Reso- lución Ministerial Nº 0888-RE de 7 de noviembre de 2001; CONSIDERANDO: Que el 29 de diciembre de 1992 el régimen del ex Presi- dente Alberto Fujimori Fujimori efectuó una arbitraria e ilegal intervención en el Servicio Diplomático de la República, ce- sando de manera inconstitucional a 117 funcionarios diplo- máticos, entre los que se encontraban personalidades de la diplomacia nacional y profesionales de la más alta jerarquía; Que el cese se efectuó sin causal alguna, evidencian- do su motivación política, como parte de una estrategia de copamiento de las principales instituciones del Estado, en el contexto de las redes de corrupción y el ejercicio arbitra- rio del poder que se instauraron en el país a partir del auto- golpe del 5 de abril de 1992; Que tanto la Corte Suprema de la República como el Tribunal Constitucional, en numerosas decisiones jurisdic- cionales han establecido el carácter inconstitucional, ilegal y arbitrario de los ceses efectuados a través de la Resolu- ción Suprema Nº 453-92-RE del 29 de diciembre de 1992; Que, simultáneamente, el gobierno del ex presidente Ing. Alberto Fujimori Fujimori, a través del Decreto Ley Nº 26117 modificó la Ley del Servicio Diplomático Nº 22150, estableciendo, de manera arbitraria e inconstitucional, nue- vos límites de edad y de permanencia en la categoría como causales de pase a retiro; Que por Ley Nº 27550, Ley que Restablece la Institu- cionalidad Democrática del Servicio Diplomático de la Re- pública, se dispone el procedimiento para la reincorporación de los funcionarios diplomáticos inconstitucional y arbitra- riamente cesados, cuya carrera profesional estaba regula- da por la Ley Nº 22150, facultándose al Ministro de Rela- ciones Exteriores para designar, mediante Resolución Mi- nisterial, una Comisión Especial que en un plazo no mayor de 30 (treinta) días se encargue de revisar y evaluar, en cada caso, los ceses indebidos de los funcionarios del Servicio Diplomático a que se refiere la Ley; Que los Artículos 3º y 4º de la Ley Nº 27550 han dis- puesto que a los funcionarios cesados se les añada el tiem- po en que estuvieron indebidamente cesados o en retiro al tiempo de permanencia en la categoría respectiva que ten- gan a la entrada en vigencia de la ley, fijando simultánea- mente el criterio de su permanencia en el servicio hasta que cumplan los 65 años como edad de retiro; Que, asimismo, el Artículo 4º de la Ley citada estable- ce que en ningún caso los funcionarios diplomáticos po- drán mantenerse en la Situación de Actividad, después de haber cumplido la edad máxima de 65 años, conforme a lo dispuesto por el Artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático; Que la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27550 faculta al Ministro de Relaciones Exteriores a adoptar mediante Reso- lución Ministerial las medidas pertinentes que posibiliten el cum- plimiento del Informe Final de la referida Comisión Especial; Que la Comisión Especial creada por Resolución Mi- nisterial Nº 0888-RE de 7 de noviembre de 2001 en cum- plimiento de lo dispuesto por el Art. 2º de la Ley Nº 22150, ha cumplido con elaborar su informe, dentro de los 30 días establecidos por la ley, señalando la relación de los funcio- narios diplomáticos que deben ser reincorporados; Que además de reincorporarlos a la situación de activi- dad, es deber del Estado reivindicar la dignidad, la aptitud profesional y la honra de los funcionarios inconstitucional- mente cesados por el uso arbitrario del poder político; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 26112 y la Ley Nº 27550; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reincorporar a la situación de actividad, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu-ción, a los siguientes funcionarios diplomáticos, conforme a la relación establecida por la Comisión Especial creada por la Resolución Ministerial Nº 0888-RE de 7 de noviem- bre de 2001 en cumplimiento de la Ley Nº 27550: 1.-Ministro Chichizola Guimet, Carlos 2.-Ministra Gamio de Barrenechea, Nita 3.-Ministro Vélez Arce, Roberto 4.-Ministro Reus Luxardo, Juan Luis 5.-Ministro Tenorio Benavides, José 6.-Ministro Urteaga Dulanto, Humberto 7.-Ministro Carrillo Hernández, Eduardo 8.-Ministro Dammert Hasler, Cord 9.-Ministra Silva y Silva, Rosa Esther 10.-Ministra Consejera Valverde Miñán, Iris 11.-Ministro Consejero Cabada Barrios, Héctor 12.-Ministro Consejero Freundt Cueva, Federico 13.-Ministro Consejero Bresani Zavala, Raúl 14.-Ministro Consejero Benavides de la Sotta, Jorge 15.-Consejera Palermo Cabrejos, Hilda 16.-Consejera Sihuay de Figueroa, Nancy 17.-Consejero Vizcarra Pacheco, Octavio 18.-Consejero Alfaro Rozas, Eloy 19.-Consejero Pinto Román, Iván 20.-Consejero Vásquez Solís, Félix 21.-Primer Secretario Cornejo Vásquez, Augusto 22.-Primer Secretario Irribarren Salas-Cornejo, Emilio 23.-Primera Secretaria Trindade de Buitrón, Lucía 24.-Primera Secretaria Luque de Hjorth, Aurora 25.-Primer Secretario Marticorena García, Ricardo 26.-Primer Secretario Salazar Suárez, Roberto 27.-Primer Secretario Soto Moreno, Augusto 28.-Primer Secretario Alvarado Montoya, Diego 29.-Primer Secretario Romero Ojeda, Julio 30.-Primer Secretario Ortiz Argumedo, Nelson 31.-Primer Secretario Izquierdo Boisset, Arnaldo 32.-Primer Secretario Loyola Sotil, Manuel 33.-Primer Secretario Solari Calvo, Iván 34.-Primer Secretario Cueto Carrión, Carlos 35.-Primer Secretario Carrillo Valdez, Ramón 36.-Primer Secretario Gutiérrez Pizarro, Gustavo 37.-Primer Secretario Cuadros Gallegos, Javier 38.-Segunda Secretaria Cavassa de Peña, Hilda 39.-Segundo Secretario Choquesillo Peña, Marcos 40.-Segundo Secretario Ruiz Gutiérrez, Manuel 41.-Segunda Secretaria Hauser Ramírez, Jeanne 42.-Segunda Secretaria Pomar de Diamant, Ana María 43.-Segunda Secretaria Velásquez de de grandes, Carola 44.-Segundo Secretario Maury Parra, Eugenio 45.-Segundo Secretario León Siles, Gustavo 46.-Segundo Secretario Torres Franco, Manuel 47.-Segundo Secretario Ego-Aguirre Villacorta, Julio 48.-Segunda Secretaria Koster Chávez, Patricia 49.-Tercer Secretario Zapata López, José 50.-Tercer Secretario Beoutis Candahuana, Alejandro 51.-Tercer Secretario Bravo Daneri, Oswaldo Artículo 2º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 27550, el único límite de edad en todas las catego- rías para los funcionarios reincorporados es de 65 años. Artículo 3º.- El tiempo en el que estuvieron indebida- mente cesados los funcionarios diplomáticos reincorpora- dos por mandato de la Ley Nº 27550 o con anterioridad a la misma, se computará a los servicios prestados en el Ser- vicio Diplomático de la República en lo que les favorezca a efectos de los ascensos correspondientes al presente año. Los funcionarios reincorporados, consecuentemente, es- tarán aptos para presentarse al proceso ordinario de as- censos en las categorías inmediatamente superiores que les pudiese corresponder. Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el segundo párrafo del Artículo 3º de la Ley Nº 27550, el Ministerio de Relaciones Exteriores convocará en un plazo no mayor de treinta días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, a un proceso extraordinario de ascen- sos para los funcionarios comprendidos en la Ley Nº 27550, con la finalidad de restablecer la continuidad en el plan de carrera y propender a la igualdad de oportunidades con re- lación a los miembros del Servicio Diplomático que perma- necieron en situación de actividad ininterrumpidamente. Artículo 5º.- A nombre del Estado, del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Diplomático de la República se reivindica la dignidad, la honra y la aptitud profesional de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República que fueron agraviados por el cese institucio-