Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2001 (10/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2001

Que, la referida Comision Especial debia remitir al Presidente de la Republica y al Congreso de la Republica MORDAZA del Informe Final dentro del plazo de 45 dias naturales contados desde su instalacion, plazo que vencio el 4 de agosto de 2001; Que, en vista del escaso tiempo que tuvo la Comision Especial para elaborar el Informe Final esta, formalmente, solicito al Poder Ejecutivo presentar un proyecto de ley prorrogando la vigencia del plazo; Que, el 6 de noviembre de 2001 se publico la Ley Nº 27548, MORDAZA que prorroga hasta el 3 de diciembre de 2001 el plazo para la entrega del Informe Final, y modifica la Ley Nº 27452, la misma que requiere de ser precisada por MORDAZA reglamentaria; Que, es necesario precisar el plazo para que las entidades integrantes de la Comision designen su MORDAZA representante en caso que el actual representante MORDAZA participado directa o indirectamente en los procedimientos de cese colectivo objeto de la Ley Nº 27452; Que, asimismo, resulta necesario establecer las pautas para viabilizar la participacion de los aproximadamente 138 representante de los trabajadores o ex trabajadores en el debate y aprobacion del Informe Final, de forma tal que permita a la Comision Especial presentar el Informe Final el 31 de diciembre de 2001; Que, existe la posibilidad que los miembros de la Comision Especial no lleguen consensualmente a formular las recomendaciones y sugerencias requeridas, por lo que es necesario precisar la alternativa de solucion ante este eventual hecho, y que no se vea truncada la MORDAZA del Informe Final por esta situacion; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Plazo para designar MORDAZA representante por prohibicion del Articulo 2º de la Ley Nº 27548 Las entidades miembros de la Comision, cuyo representante o representantes se encuentren comprendidos en la prohibicion establecida en el Articulo 2º de la Ley Nº 27548, deberan designar al MORDAZA representante en un plazo MORDAZA de 2 dias utiles de publicada la presente norma. Articulo 2º.- Recomendaciones y sugerencias por cada sector involucrado Las recomendaciones y sugerencias que debera contener el Informe Final para cada sector involucrado, conforme lo establece el Articulo 3º de la Ley Nº 27548, esta referido al sector o actividad economica a la cual pertenece o pertenecio la o las empresas comprendidas en el Articulo 1º de la Ley Nº 27452. Sin embargo, la Comision podra establecer en su Informe Final recomendaciones y sugerencias generales si, luego de la evaluacion de los procedimientos de cese colectivos, considera que estas son igualmente aplicables a dos o mas sectores. Asimismo, la Comision podra realizar recomendaciones y sugerencias especificas para una o mas empresas. Articulo 3º.- Facultad de la Comision para acoger las recomendaciones y sugerencias del Articulo 3º de la Ley Nº 27548 Luego de la revision de los procedimientos de ceses colectivos ocurridos en las empresas comprendidas en el Articulo 1º de la Ley Nº 27452, la Comision decidira si incorpora o no las recomendaciones y sugerencias propuestas en el Articulo 3º de la Ley Nº 27548. Articulo 4º.- Participacion de los representantes de los trabajadores en la aprobacion del Informe Final A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 4º de la Ley Nº 27548 y, asimismo, a la entrega del Informe Final el 31 de diciembre de 2001, el debate y aprobacion del Informe Final se regira por las siguientes pautas: a) La Secretaria Tecnica elaborara, con la opinion favorable de los representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, Ministerio de Economia y Finanzas, Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) y Defensoria del Pueblo, una propuesta de Informe Final en base al documento de trabajo que fuera preparado por los profesionales contratados por la Secretaria Tecnica y a las observaciones que oportunamente han formulado al mismo los representantes de los trabajadores o ex trabajadores. b) La propuesta de Informe Final, que estara compuesta, ademas de las recomendaciones y sugerencias, por una parte general y por un analisis del procedimiento de cese colectivo ocurrido en cada una de las empresas involucradas, sera distribuida a los miembros de la Comision para su aprobacion final. c) En el caso de los representantes de los trabajadores o ex trabajadores, se les remitira la parte pertinente del analisis

de la empresa en la cual cesaron. La distribucion se realizara oportunamente a traves de la Secretaria Tecnica, de acuerdo a un cronograma que esta elaborara, y tendran un plazo MORDAZA de 3 dias utiles, contado desde su recepcion, para hacer llegar a la Secretaria Tecnica sus apreciaciones finales. Articulo 5º.- Aprobacion del Informe Final En caso que no exista acuerdo unanime respecto a las recomendaciones y sugerencias del Informe Final, este recogera las recomendaciones y sugerencias que formulen, individual o grupalmente, los miembros de la Comision. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 36016

Dan por concluidas designaciones de Directores Regionales de Trabajo y Promocion Social de los CTAR MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 138-2001-TR MORDAZA, 8 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 030-2001-TR se designo al doctor MORDAZA MORDAZA Cairo MORDAZA como Director Regional de Trabajo y Promocion Social del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA de Dios; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo senalado en el considerando precedente; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 26922, Ley MORDAZA de Descentralizacion; Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 01098-PRES, que aprobo el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA CAIRO MORDAZA, como Director Regional de Trabajo y Promocion Social del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 36022 RESOLUCION SUPREMA Nº 140-2001-TR MORDAZA, 8 de diciembre de 2001 Visto, el Oficio Nº 1385-2001-CTAR-CAJ-PE, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 009-2000TR y 014-2001-TR se designo y ratifico, respectivamente, al ingeniero agronomo Fredi MORDAZA MORDAZA Cobian como Director Regional de Trabajo y Promocion Social del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cajamarca;

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