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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 130

Pág. 214700 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 3. En este Capítulo: a) los términos caucho y plástico comprenden los tejidos y demás soportes textiles con una capa exterior de caucho o plástico perceptible a simple vista; a los efectos de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por estas operaciones; b) la expresión cuero natural se refiere a los productos de las partidas 41.07 y 41.12 a 41.14. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 3 de este Capítulo: a) la materia de la parte superior será la que constituya la superficie mayor de recubrimiento exterior, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos; b) la materia constitutiva de la suela será aquella cuya superficie en contacto con el suelo sea la mayor, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras, clavos, protectores o dispositivos análogos. Nota de subpartida . 1. En las subpartidas 6402.12, 6402.19, 6403.12, 6403.19 y 6404.11, se entiende por calzado de deporte exclusivamente: a) el calzado concebido para la práctica de una actividad deportiva y que esté o pueda estar provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o disposi- tivos similares; b) el calzado para patinar, esquiar, para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve), lucha, boxeo o ciclismo. Código Designación de la Mercancía A/V 64.01 Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera. 6401.10.00.00 -Calzado con puntera metálica de protección 20 -Los demás calzados: 6401.91.00.00 --Que cubran la rodilla 20 6401.92.00.00 --Que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla 20 6401.99.00.00 --Los demás 20 64.02 Los demás calzados con suela y parte superior de caucho o plástico. -Calzado de deporte: 6402.12.00.00 --Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve) 20 6402.19.00.00 --Los demás 20 6402.20.00.00 -Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas) 20 6402.30.00.00 -Los demás calzados, con puntera metálica de protección 20 -Los demás calzados: 6402.91.00.00 --Que cubran el tobillo 20 6402.99.00.00 --Los demás 20 64.03 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. -Calzado de deporte: 6403.12.00.00 --Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve) 20 6403.19.00.00 --Los demás 20 6403.20.00.00 -Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo 20 6403.30.00.00 -Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección 20 6403.40.00.00 -Los demás calzados, con puntera metálica de protección 20 -Los demás calzados, con suela de cuero natural: 6403.51.00.00 --Que cubran el tobillo 20 6403.59.00.00 --Los demás 20 -Los demás calzados: 6403.91.00.00 --Que cubran el tobillo 20 6403.99.00.00 --Los demás 20 64.04 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de materia textil. -Calzado con suela de caucho o plástico: 6404.11 --Calzado de deporte; calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares : 6404.11.10.00 ---Calzado de deporte 20 6404.11.20.00 ---Calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares 20 6404.19.00.00 --Los demás 20 6404.20.00.00 -Calzado con suela de cuero natural o regenerado 20 64.05 Los demás calzados. 6405.10.00.00 -Con la parte superior de cuero natural o regenerado 20 6405.20.00.00 -Con la parte superior de materia textil 20 6405.90.00.00 -Los demás 20 64.06 Partes de calzado (incluidas las partes superiores fijadas a las palmillas distintas de la suela); plantillas, taloneras y artículos similares, amovibles; polainas y artículos similares, y sus partes. 6406.10.00.00 -Partes superiores de calzado y sus partes, excepto los contrafuertes y punteras duras 20 6406.20.00.00 -Suelas y tacones (tacos), de caucho o plástico 20 -Los demás: 6406.91.00.00 --De madera 20 6406.99 --De las demás materias: 6406.99.30.00 ---Plantillas 20 6406.99.90.00 ---Los demás 20 Capítulo 65 Sombreros, demás tocados, y sus partes Notas. 1. Este Capítulo no comprende: