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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2001 (10/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 197098 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de enero de 2001 Club Balneario Santa Rosa, calificado con zonificación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2" en dos sublotes, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que el recurrente ha cumplido con presentar la documen- tación requerida para el trámite correspondiente, y ha abo- nado los derechos administrativos señalados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 026-2000-MML-DMDU-DHU- DSD y Nº 063-2000-MML-DMDU-DHU-DSD del 20 de junio y del 27 de noviembre del 2000 respectivamente, emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilita- ciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin cam- bio de uso y sin Obras Complementarias del terreno de 375.00 m2 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUA- DRADOS), denominado lote Nº 04 de la manzana Nº 74, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, calificado con zonificación para Uso residencial de Baja Den- sidad "R-2", en dos sublotes, de la siguiente forma: SUBLOTE -4-A.- Con un área de 187.50 m2 (CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CIN- CUENTA DECIMETROS CUADRADOS). SUBLOTE -4-B. Con un área de 187.50 m2 (CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CIN- CUENTA DECIMETROS CUADRADOS). Las características de los sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 069-2000-MML-DMDU-DGO- DHU, y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 4-A y 4-B, así como autorizar la libre venta de los mismos. Así mismo la presente Resolución sólo aprueba la subdivisión del lote, no convalidando la falta de licencias de construcción que a la fecha podrían existir, ni regularizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propietarios están obligados a insertar en los contratos de venta que celebre una cláusula en la que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la cual estará a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip- ción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 15436 Autorizan a asociación de vivienda y empresa constructora participar en proceso de habilitación urbana de te- rreno ubicado en el distrito de San Martín de Porres RESOLUCIÓN Nº 593-2000-MML-DMDU Lima, 10 de noviembre de 2000 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANOVISTOS; los Expedientes Nºs. 301237-97 y 707630-97, promovidos por la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA DE LA URBANIZACION "LOS GIRASOLES" de SANTA ROSA II Etapa y Documento Simple Nº 020011-91, promovido por CONSTRUCTORA "SAN GENARO" S.A., sobre Aprobación de Habilitación Urbana del terreno de 42,700.00 m2, ubicado en el distrito de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Documento Simple Nº 020011-91, del 10 de julio de 1991, CONSTRUCTORA "SAN GENARO" S.A. Contratistas Generales solicita la aprobación en vía de regularización de la Habilitación Urbana del terreno de 42,700.00 m2, ubicado en el ex fundo Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, asimismo, mediante Expediente Nº 301237-93, la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA DE LA URBANIZACION "LOS GIRASOLES" de SANTA ROSA II Etapa, solicitan la aprobación de la Habilitación Urbana en vía de regularización del terreno de 42,700.00 m2, inscrito en la Ficha Nº 183268 de los Registros Públicos de Lima, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departa- mento de Lima, habiendo emitido la Resolución Nº 210-94- MLM-SMDU-DMDU, de fecha 28 de diciembre de 1994, renovada por Resolución Nº 050-97-MML-DMDU, del 12 de marzo de 1997, estableciéndose como carga para la aproba- ción de los Proyectos Definitivos la presentación del Título de Propiedad debidamente inscrito en los Registros de la Pro- piedad Inmueble; Que, posteriormente, mediante Expediente Nº 707630- 97, la ASOCIACION recurrente solicita la Aprobación de los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana del terreno mencionado; Que, mediante Informe Nº 114-00-MML-DMDU-DHU- AL, de fecha 15 de mayo del 2000, se señala que, la Habilitación Urbana comprende un terreno de 46,572.50 m2, de los cuales una mayor parte ha sido vendido en lotes individuales a cada integrante de la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA DE LA URBANIZACION "SANTA ROSA" II Etapa, los mismos que, conforme a la sentencia consentida de fecha 14 de julio de 1997, expedi- da por la Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, son propietarios; la parte restante del terreno aludido continúa siendo de propiedad de la CONSTRUC- TORA "SAN GENARO" S.A.; Que, mediante Informe Nº 192-00-MML-DMDU-DHU- AL, del 3 de agosto del 2000, ampliado y ratificado mediante Informe Nº 235-00-MML-DMDU-DHU-AL se señala que, de conformidad con la Disposición Transitoria Unica de la Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 2000 los procedimien- tos en trámite continuarán sujetos a la normatividad vigente al momento de su inicio hasta su finalización, en aplicación del principio de irretroactividad contemplado en el Artículo 103º de la Constitución Política del Estado, dejando a salvo el derecho de los interesados para que lo hagan valer confor- me a ley; Que, el Artículo II.XIV-4.2. del Reglamento Nacional de Construcciones establece que, mientras exista por lo menos un lote o parcela que no haya sido vendido, el mayor obligado es el propietario de la Habilitación, el cual, por su cuenta o conjuntamente con los compradores, deberá llevar a cabo la regularización de la misma; Estando a los Informes Legales mencionados en los considerandos que anteceden; Con la opinión favorable de la Dirección de Habilita- ciones Urbanas, la visación de la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Reglamento Na- cional de Construcciones, Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 2000, y Edicto Metropolitano Nº 021; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA DE LA URBANIZACION "LOS GIRASOLES" DE SANTA ROSA II Etapa, a participar en forma conjunta con la CONSTRUCTORA "SAN GENA- RO" S.A., en el proceso de Habilitación Urbana del terreno de 42,700.00 m2, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, que estará a cargo de los interesados. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao, y a la Municipa-