Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2001 (13/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 13 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan beneficio de regularizacion tributaria establecido en favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 001 San MORDAZA de Lurigancho, 5 de enero de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 005-2001/DR/MSJL de la Direccion de Rentas, solicitando la prorroga del "Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria Municipal" BERTRIMUN a favor de los contribuyentes del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 027-2000/MSJL de fecha 30 de noviembre del 2000, se prorrogo el Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria Municipal (BERTRIMUN) hasta el 31 de diciembre del presente, concedido inicialmente mediante Ordenanza Nº 018/MSJL a favor de los contribuyentes del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, a la fecha se viene efectuando una mayor difusion del referido beneficio, manteniendose conjuntamente con la Oficina de Participacion Vecinal permanentes reuniones con los dirigentes vecinales del distrito; los mismos que solicitan la ampliacion de dicho beneficio, atendiendo a que por multiples factores muchos contribuyentes no han cumplido con cancelar sus tributos; Que, debido a tales circunstancias y en MORDAZA con los lineamientos de la actual gestion municipal, que tiene entre otros objetivos fundamentales elevar la calidad de MORDAZA de la poblacion del distrito; y atendiendo la promocion y desarrollo sostenido de las actividades empresariales; es necesario ampliar la prorroga de dicho beneficio; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 36º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades; por unanimidad y con la dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 15 de enero del 2001, en todos sus extremos, EL BENEFICIO DE CONDONACION DE INTERESES MORATORIOS Y SANCIONES DE DEUDAS TRIBUTARIAS, concedido mediante Ordenanzas Nº 018 y Nº 021/MSJL; y MORDAZA por Ordenanzas Nº 026-2000/MSJL y Nº 027-2000/MSJL. Articulo Segundo.- El beneficio mencionado en el Articulo Primero se otorga por MORDAZA vez; debiendo posteriormente la Direccion de Rentas implementar la aplicacion de los reclamos e intereses a la deuda vencida en concordancia con el Articulo 33º del Dec. Leg. Nº 816 y su Texto Unico Ordenado, aprobado mediante D.S. Nº 135-EF-99. Una vez vencido el plazo del Beneficio otorgado la Oficina de Ejecutoria Coactiva previa verificacion de los Presupuestos Legales requeridos iniciara las medidas coercitivas a fin de procurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias pendientes. Articulo Tercero.- FACULTESE al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias tendientes a ampliar, si fuese necesario, los plazos establecidos en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Direccion Municipal, Direccion de Rentas y la Agencia Municipal Nº 1 Cto. Grande, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16215

Disponen embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001 San MORDAZA de Lurigancho, 2 de enero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, el 13 de enero del ano en curso, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho se celebra el Trigesimo MORDAZA Aniversario de la Creacion Politica del distrito; Que, en esta ocasion y con motivo de resaltar la efemerides distrital se hace necesaria la participacion civica del vecindario con el embanderamiento, limpieza y pintado de las viviendas y de los diversos locales, tanto publicos como privados de nuestra jurisdiccion en senal de reconocimiento a las precitadas efemerides de la Patria; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con las facultades previstas por el inciso 6) Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL del distrito de San MORDAZA de Lurigancho los dias 10 al 24 de enero del 2001. Articulo Segundo.- En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, los infractores seran pasibles a las sanciones y multas correspondientes. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Participacion Vecinal y Servicios Sociales y Direccion de Rentas el fiel cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16217

Establecen remuneracion de MORDAZA y dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 San MORDAZA de Lurigancho, 5 de enero de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, la Mocion presentada por los senores Regidores suscritos del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, sobre remuneracion del senor MORDAZA y Dieta por asistencia a las Sesiones de Concejo; Y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y el MORDAZA mayoritario del Pleno del Concejo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- ESTABLECER, en S/. 4,500.00 nuevos soles (CUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto de la remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para el presente ejercicio presupuestal. Articulo Segundo.- ESTABLECER, en 1 UIT vigente para el presente ejercicio 2001, el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho durante el presente ejercicio presupuestal, por su asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo con un MORDAZA de dos (2) Sesiones pagadas al mes. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion y Direccion de Planeamiento el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16194

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