Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2001 (13/01/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 13 de enero de 2001

NORMAS LEGALES
CAPITULO III

Pag. 197239
DE LOS ORGANOS DE APOYO

ORGANOS DE LINEA Intendencia Nacional de Administracion Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario Intendencia Nacional Juridica Intendencia Nacional de Planeamiento Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes ORGANOS DESCENTRALIZADOS Intendencias Regionales · Oficinas Zonales CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION Articulo 6º.- El Superintendente Nacional de Administracion Tributaria es el funcionario de mayor nivel jerarquico y tiene a su cargo la direccion general de la SUNAT. Son funciones y atribuciones del Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, las siguientes: a) Dirigir, supervisar y coordinar el desarrollo de las actividades de los organos que conforman la SUNAT. b) Ejercer la representacion legal de la SUNAT, en todos aquellos actos y contratos que esta realice o celebre, sea en el MORDAZA o en el extranjero, sin perjuicio de lo establecido en el Articulo 14º de este estatuto. c) Aprobar o modificar la estructura organica, el presente estatuto y otros reglamentos internos de la SUNAT. d) Aprobar la politica laboral y de remuneraciones de los funcionarios a que se refiere el Articulo 9º de esta norma. e) Designar, nombrar, contratar, remover o destituir al personal comprendido en el Articulo 9º de esta norma. f) Designar, en caso se requiera, la persona encargada de la defensa de los intereses y derechos de la SUNAT y de sus trabajadores que MORDAZA emplazados por el ejercicio de sus funciones, para presentarse ante cualquier autoridad con las facultades de representacion correspondientes. g) Aprobar, mediante resolucion, legados, donaciones y otras liberalidades que se haga a favor de la SUNAT. h) Suscribir convenios de cooperacion con entidades del sector publico y privado. i) Suscribir acuerdos de cooperacion tecnica y administrativa en materia tributaria con agencias y organismos internacionales, en representacion de la SUNAT y del gobierno. En este MORDAZA caso, ejerce la representacion cuando el ambito o alcance del convenio esta relacionado con los fines institucionales. j) Designar al Intendente Nacional que lo reemplazara en sus funciones en caso de ausencia o impedimento temporal cuando no resulte aplicable lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 7º de esta norma. k) Expedir normas generales en materia tributaria y emitir pronunciamientos respecto a la interpretacion y alcance de las normas tributarias, los mismos que una vez publicados en el diario oficial son de cumplimiento obligatorio. l) Dictar medidas de organizacion interna. m) Expedir las Resoluciones de su competencia. n) Presidir el Comite de Alta Direccion y aprobar su reglamento. o) Formar comisiones de consulta o apoyo en materia tecnica o administrativa, aprobando su organizacion y funcionamiento, con facultades resolutivas y/o ejecutivas. p) Aprobar el presupuesto de la Superintendencia de Administracion Tributaria. Articulo 7º.- Son funciones del Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria, las siguientes: a) Ejecutar y supervisar el cumplimiento de las politicas y estrategias aprobadas, asi como dirigir las funciones de los organos de la institucion. b) Reemplazar al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria por ausencia o por delegacion de este. c) Contratar, suspender, remover o MORDAZA, a propuesta del Comite de Alta Direccion y con arreglo a ley, al personal de la SUNAT que no sea miembro del Comite de Alta Direccion, pudiendo delegar en el Intendente Nacional de Administracion tales facultades, asi como la realizacion de otras acciones relativas a la administracion de personal. d) Aprobar el nombramiento del personal que ocupara cargos directivos, a propuesta del comite de Alta Direccion. e) Emitir las Resoluciones de su competencia. f) Ejercer las demas funciones que le delegue el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria.

Articulo 8º.- Son organos de apoyo los siguientes: Comite de Alta Direccion Instituto de Administracion Tributaria (I.A.T.) Secretaria General Articulo 9º.- Comite de Alta Direccion Es el organo conformado por el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, el Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria, el Intendente Nacional de Administracion, el Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario, el Intendente Nacional Juridico, el Intendente Nacional de Planeamiento, el Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente, el Intendente Nacional de Sistemas de Informacion, el Intendente Nacional de Principales Contribuyentes, quienes tendran derecho a voz y voto. Asi mismo, son miembros del Comite de Alta Direccion, el Jefe del Instituto de Administracion Tributaria, el Jefe de Control Interno y el Secretario General, quienes tendran derecho a voz. Articulo 10º.- Son funciones del Comite de Alta Direccion las siguientes: a) Aprobar las politicas para la consecucion de los fines de la SUNAT. b) Aprobar el plan estrategico, los programas y planes operativos y evaluar su avance. c) Aprobar el proyecto de presupuesto de la SUNAT. d) Aprobar la memoria anual, balance y los estados financieros de la SUNAT. e) Aprobar la politica laboral y de remuneraciones del personal de la SUNAT, con excepcion de sus miembros. f) Proponer al Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria, el nombramiento de quienes ejerzan cargos directivos. g) Aprobar las propuestas de reglamento de las normas tributarias. h) Aprobar las opiniones requeridas que emita SUNAT respecto a cambios en la politica tributaria. Articulo 11º.- El Instituto de Administracion Tributaria es el organo encargado de la formacion y capacitacion en lo referido a los sistemas, normas, procedimientos, y tecnicas que emplea la institucion, fomentando el desarrollo de actitudes eticas coherentes con los objetivos institucionales. El Jefe del Instituto de Administracion Tributaria es el funcionario de mas alto nivel y responsable de este Instituto. Articulo 12º.- La Secretaria General es el organo encargado de asegurar el vinculo entre la Alta Direccion y los organismos nacionales e internacionales, a traves de un efectivo control documentario. Se encarga de desarrollar y mantener una positiva imagen institucional a traves de mecanismos de relaciones publicas, asi como de informar a la ciudadania sobre las acciones de la SUNAT, mediante programas de comunicacion masiva que tiendan a generar mayor conciencia tributaria y riesgo ante el incumplimiento. Asi mismo, asegura la custodia y conservacion del acervo documentario de la institucion y brinda los servicios archivisticos necesarios. El Secretario General es el funcionario de mas alto nivel y responsable de esta Secretaria. CAPITULO IV DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 13º.- La Oficina de Control Interno es el organo encargado de cautelar la correcta administracion de recursos de la institucion y la confiabilidad de su informacion financiera, mediante el control posterior de la gestion contable, financiera, y administrativa, asi como verificar la debida aplicacion de las normas, procedimientos y tecnicas de la institucion, en MORDAZA con las disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas vigentes. El Jefe de Control Interno es el funcionario de mas alto nivel y responsable de esta Oficina. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 14º.- La Intendencia Nacional de Administracion es el organo encargado de asegurar el funcionamiento de las diferentes unidades organizacionales que conforman la SUNAT, a traves de la asignacion de recursos que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.