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Pág. 198968 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de febrero de 2001 Que, por Decreto Supremo Nº 044-90-PCM, de fecha 10 de mayo de 1990, se ha aprobado las Normas Técnicas sobre Asuntos de Demarcación Territorial; entendiéndose por tal el proceso técnico - administrativo por el cual se crean, suprimen, delimitan o redelimitan ámbitos territo- riales de los niveles regional, provincial y distrital, y se efectúan traslados de capital, anexiones territoriales, re- categorización de centros poblados y cambio de nombre; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DEJA ESTABLECIDO LOS LIMITES DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADOS POR LA LEY Nº 16382. Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objetivo dejar establecido claramente los límites del distrito de San Juan de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima; dentro de los alcances de la Ley Nº 16382. Artículo Segundo.- Dejar establecido que el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima tiene una extensión de 146.32 Km2 dentro de los límites siguientes: LÍMITES A NIVEL PROVINCIAL El distrito de San Juan de Lurigancho, limita con distritos de la provincia de Lima así como con la provincia de Huarochirí (distrito de San Antonio). LÍMITES A NIVEL DISTRITAL: Por el Norte :Con los distritos de Carabayllo de la provincia de Lima y el distrito de San Antonio de la provincia de Huarochirí Por el Este :Con los distritos de San Antonio (Prov. de Huarochirí) y el distrito de Luri- gancho-Chosica, de la provincia de Lima Por el Sur :Con el Río Rímac, colindando con los distritos ribereños de El Agustino y El Cercado de la provincia de Lima. Por el Oeste :Con los distritos de El Rímac, Inde- pendencia, Comas y Carabayllo de la provincia de Lima. DESCRIPCION DE LIMITES: POR EL NORTE : Con los distritos de Carabayllo de la provincia de Lima, y con el distrito de San Antonio de la provincia de Huarochirí. Con el distrito de Carabayllo , desde la coordenada UTM (283,545.58E, 8684,145.015N) cota 1072 m. siguien- do por la línea de cumbre del Cerro Pirámide, por la cota 1061 m, cota 1189 m. pasando por la señal Cantería con cota 1217 m, prosiguiendo por la línea de cumbre por la cota 1,215 hasta la coordenada (288,651.08E, 8688,457.015N). Con el distrito de San Antonio , provincia de Huarochi- rí desde la coordenada UTM (288,651.08E, 8688,457.015N), siguiendo por la línea del Cerro Media Luna rumbo SE pasando por la cota 1430 m, prosiguiendo con Rumbo NE por el Cerro Colorado por las cotas 1660, 1780, 2120, 2192, 2240, 2140, pasando por la Señal Cerro Colorado Norte con cota 2183 m., prosiguiendo con rumbo SE pasando por la cota 2059 m, prosiguiendo con rumbo SO por el Cerro Babilonia pasando por las cotas 1830 m, 1615 m, siguiendo con rumbo SE por la línea de cumbre del Cerro Santa María en línea sinuosa con rumbo SO pasando por la cota 1360 m y la señal de Santa María de cota 1345 m, con coordenadas UTM (289,901.77E, 8679,470.015N). POR EL ESTE : Con el distrito de Lurigancho-Chosica , de la provin- cia de Lima, desde la coordenada UTM (289,901.77E, 8679,470.015N) de la señal de Santa María con cota 1345 m, siguiendo con rumbo SO por la cadena del Cerro Negro pasando por las cotas 910 m, 930 m, prosiguiendo con rumbo SO por línea de cumbre del Cerro Balcón pasando por las cotas 633 m., 835 m. hasta la señal Ventana con cota 833 m, prosiguiendo con rumbo SE pasando por las cotas 767 m., cota 730 m., cota 730 m., 666 m., 602, siguiendo con rumbo SO porla cota 577 m. y rumbo S en línea sinuosa pasando por las cotas 473 m., 460 m., prosiguiendo con rumbo SE y SO pasando por la cota 378 m. y rumbo SO pasando por la Señal del Cerro Pedreros de cota 537.60 m, prosiguiendo por la línea de cumbre del Cerro Pedreros hasta la coordenada UTM (287,440.20E, 8670,657.015N) POR EL SUR : Con el río Rímac , prosiguiendo su cauce desde la coordenada UTM (287,440.20E, 8670,657.015N) hasta la coordenada UTM 281,068.34E, 8668,943.015N), colin- dando con los distritos ribereños al río Rímac de El Agustino y El Cercado, provincia de Lima. POR EL OESTE : Con los distritos del Rímac, Inde- pendencia y Comas de la provincia de Lima.. - Con el distrito del Rímac, desde la coordenada UTM (281,068.34E, 8668,943.015N), siguiendo por la lí- nea de cumbre del Cerro San Cristóbal y cumbres de los Cerros Amancaes, pasando por la cota 394.20 m. prosi- guiendo por dicho Cerro con línea sinuosa pasando por las cotas 267.45 m, 311 m, 299 m., 337 m, 417 m, 465 m, 323 m., 389 m., 502 m., 635 m, prosiguiendo hasta la señal Cerro San Jerónimo con cota 756 m, de coordenada UTM (279,129.95E, 8673,394.015N). - Con el distrito de Independencia , desde la señal de Cerro San Jerónimo de coordenada UTM (279,129.95E, 8673,394.015N) siguiendo rumbo N por la línea de cum- bres del Cerro San Jerónimo pasando por las cotas 718 m., 640 m., 620 m,, por el Cerro El Morado por las cotas 638 m, 559 m., 496 m, por el Cerro de Pasco pasando por las cotas 654 m. 668 m, 712 m, 660 m, hasta la coordenada UTM (279,351.40E, 8677,347.015N) con cota 648 m. - Con el distrito de Comas , desde la coordenada UTM (279,351.40E, 8677,347.015N) con cota 648 m. si- guiendo con rumbo NE por el Cerro de Pasco por las cotas 605 m, 732 m por la línea de cumbre del Cerro El Mirador prosiguiendo con rumbo NE hasta la señal Mirador con cota 808.11 m., prosiguiendo con rumbo NE por el Cerro Ladrón, pasando por las cotas 740, cota 750 m., por la línea de cumbre del Cerro Collique y Cerro Pirámide pasando por la cota 893 hasta la señal del Cerro Pirámide con cota 1072 m., con coordenada (283,545.58E, 8684,145.015N. Artículo Tercero.- Dejar establecido que el distrito de San Juan de Lurigancho se encuentra delimitado dentro de las siguientes Coordenadas UTM: Se encuentra delimitado dentro de: RELACION DE PUNTOS SIST. COORD. UTM LIMITES DISTRITALES DE SAN JUAN DE LURIGANCHO LIMITES CON EL DISTRITO DE EL RIMAC Provincia de Lima Puntos Coord. UTM Coord. UTM UTM Este Norte 1 (281,068.340 E, 8,668,943.015 N) 2 (280,838.200 E, 8,669,004.015 N) 3 (280,629.950 E, 8,669,131.015 N) 5 (280,172.640 E, 8,669,753.015 N) 6 (280,093.020 E, 8,669,884.015 N) 7 (280,060.950 E, 8,670,023.015 N) 8 (280,074.520 E, 8,670,154.015 N) 9 (280,158.640 E, 8,670,319.015 N) 10 (280,254.270 E, 8,670,424.015 N) 11 (280,352.700 E, 8,670,671.015 N) 12 (280,355.300 E, 8,670,843.015 N) 13 (280,312.580 E, 8,671,117.015 N) 14 (280,216.270 E, 8,671,386.015 N) 15 (279,997.640 E, 8,671,692.015 N) 16 (279,938.020 E, 8,671,877.015 N) 17 (279,716.950 E, 8,672,087.050 N) 18 (279,691.830 E, 8,672,328.015 N) 19 (279,407.080 E, 8,672,612.015 N) 20 (279,291.080 E, 8,673,243.015 N) 21 (279,249.080 E, 8,673,304.015 N) 22 (279,129.950 E, 8,673,394.015 N)