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Pág. 198965 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de febrero de 2001 Que, mediante Informe Nº 033-01-OAT/MC de fecha 2 de febrero del 2001, la Oficina de Administración Tributa- ria ha remitido a la Comisión de Administración, Planifi- cación, Economía y Finanzas el Proyecto de "PRORROGA DE LAS ORDENANZAS Nºs. 24-2000-C/MC y 01-2001-C/ MC DEL BENEFICIO TRIBUTARIO PARA ARBITRIOS, IMPUESTO PREDIAL Y MULTAS ADMINISTRATIVAS" que contiene los alcances para la recuperación de cobran- za del Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los años 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000; y el Informe Nº 777-2000- OAT/MC, el Asesor Legal mediante el cual emite opinión favorable. Que, del resultado de la evaluación efectuada, sobre el comportamiento de pago del Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los años 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000 inclusive se tiene que existen algunos casos de morosidad los cuales se incrementan por moras, reajustes e intereses moratorios acumulados por los años dejados de pagar, conforme lo establece las Nor- mas Legales Vigentes, por lo que se hace necesario esta- blecer los "MECANISMOS" que hagan viable el cumpli- miento por los contribuyentes de sus obligaciones tributa- rias. Que, es necesario dar amplias facilidades a los contri- buyentes que a la fecha no han cumplido con sus Obliga- ciones Tributarias para lo cual la presente Gestión Muni- cipal viene otorgando condonación de los Reajustes y Moras a partir del mes de noviembre, de la siguiente manera: - En noviembre el 100% - En diciembre el 80% - En enero el 70% - En febrero el 60% de condonación de los Reajustes e Intereses Moratorios. Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispues- to con los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Otorgar 60% de condonación de los reajustes y el interés moratorio del impuesto predial y arbitrios hasta el 28 de febrero del 2001. Artículo Segundo.- Otorgar 70% de descuento de las multas administrativas hasta el 28 de febrero del 2001, las que se encuentren en la vía coactiva adicionalmente deben pagar S/. 10.00 por concepto de costas. Artículo Tercero.- El beneficio tributario se extiende a todos los establecimientos con excepción de los locales de bailes y afines, estaciones de servicio de venta de combus- tible para vehículos y centros de hospedajes (Hoteles, Hostales y otros similares). Artículo Cuarto.- Otorgar fraccionamiento a las deu- das tributarias en la vía ordinaria el 50% de la condona- ción de los reajustes e interés moratorios, con el 10% de inicial y en cuatro armadas mensuales no afectos a reajus- tes e intereses moratorios. Artículo Quinto.- CONDONAR en 90% las Multas Tributarias del Impuesto Predial a los Contribuyentes Omisos y Subvaluadores. Artículo Sexto.- Se incluye todas las deudas por concepto de impuesto predial y arbitrios en el estado que se encuentren, en la vía coactiva, vía ordinaria y/ o en convenio de fraccionamiento, conforme se estable- ce en la Ordenanza Nº 024-2000 y Ordenanza Nº 001- 2001. Artículo Sétimo.- La vigencia de la presente Orde- nanza es hasta el 28 de febrero del 2001. Artículo Octavo.- Dispensar de la lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase, archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 18384MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban el Programa de Mantenimien- to de Información Catastral de la Municipalidad ORDENANZA Nº 009-2001/CDLO Los Olivos, 1 de febrero del 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 009-2001/CDLO QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE INFORMACION CATASTRAL Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE INFORMACION CATASTRAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLI- VOS, el cual incluye el Servicio de Elaboración de Planos (Ubicación, Distribución y Perimétrico a escala 1/50). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano, por intermedio de la División de Ca- tastro, Control y Habilitaciones Urbanas, la apertura de un libro donde se registrará en forma gratuita a los profesionales que intervendrán como Constatadores y/o Verificadores, firmando además los planos y formularios de regularización de las propiedades de aquellos contri- buyentes que requieran el servicio descrito en el artículo precedente, conforme a la ficha de Actualización y/o Man- tenimiento levantada. En la inscripción de Profesionales Constatadores y/o Verificadores, se dará preferencia a los que acrediten residencia en el distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano por intermedio de la División de Catas- tro, Control y Habilitaciones Urbanas, el levantamiento de la información catastral alfanumérica (Actualización y/ o Mantenimiento) en la cual se incluirá la elaboración de planos para brindar el servicio aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Plani- ficación, Presupuesto y Racionalización la incorporación de los procedimientos expuestos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Munici- palidad, conforme al Anexo 01 que forma parte integrante de la presente y a la Unidad de Comunicaciones su difu- sión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde ANEXO 01 SERVICIO DE ELABORACIÓN DE PLANOS (DIBUJO) - Según levantamiento Catastral, estará conforme a la Inspección Ocular realizada por el Técnico Inspector y llenado de fichas catastrales. - Incluye Actualización y/o Mantenimiento de Fichas Catastrales. 3 COPIAS OZALID DEL PLANO DE DISTRIBUCION A ESC. 1/50 1 PISO S/.100.00 2 PISOS S/.150.00 3 PISOS S/.200.00 Mayor 3 Pisos S/.300.00