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Pág. 206961 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de julio de 2001 órganos desconcentrados a nivel nacional de acuerdo a sus necesidades y recursos disponibles. TÍTULO III DE LA MISIÓN Y FUNCIONES Artículo 4º.- Misión El INRENA es la autoridad pública encargada de realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservación de la diversidad biológica silvestre y la protección del medio ambiente rural, me- diante un enfoque de ordenamiento territorial por cuen- cas y su gestión integrada; estableciendo alianzas estra- tégicas con el conjunto de actores sociales y económicos involucrados. Artículo 5º.- Funciones Son funciones del INRENA: a) Formular, proponer, concertar, conducir y eva- luar las políticas, normas, estrategias, planes y pro- gramas para el aprovechamiento sostenible de los recursos agua, suelo, flora y fauna silvestres, recursos genéticos y para la conservación de la diversidad biológica silvestre. b) Caracterizar, evaluar y vigilar permanentemente los recursos naturales renovables de modo que sea viable su conservación, esto es su aprovechamiento sostenible o su protección, según el caso. c) Coordinar con los sectores público y privado, lo concerniente a la utilización, aprovechamiento sosteni- ble y protección de los recursos naturales renovables, en un marco de promoción a la inversión privada. d) Conducir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), en su calidad de ente rector del mismo y supervisar la gestión de las Areas Naturales Protegidas que no forman parte de este Sistema. e) Conducir en el ámbito de su competencia, planes, programas, proyectos y actividades en materia de imple- mentación de compromisos internacionales asumidos por el Perú. f) Proponer lineamientos de política y normas en materia de manejo de cuencas. g) Fomentar y promover la Educación Ambiental, sobre la base de la conservación de los recursos naturales renovables. h) Evaluar el impacto ambiental de los proyectos agrarios y agroindustriales, a fin de establecer las medi- das correctivas en caso de ser necesario y efectuar el seguimiento de las mismas, en su calidad de autoridad ambiental competente del Sector Agrario; así como emi- tir opinión técnica previa en aquellos proyectos de inver- sión de los diferentes sectores productivos, que conside- ran actividades o acciones que modifican el estado natu- ral de los recursos naturales agua, suelo, flora y fauna silvestres. i) Las demás que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. TÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo 6º.- Estructura Orgánica La estructura orgánica del INRENA es la siguiente: Alta Dirección - Jefatura - Subjefatura Órgano Consultivo - Consejo Consultivo Órgano de Control - Oficina de Auditoría Interna Órganos de Asesoramiento - Oficina de Planificación - Oficina de Asesoría JurídicaÓrganos de Apoyo - Oficina de Administración - Oficina de Evaluación e Información de Recursos Naturales Órganos de Línea - Dirección General de Aguas y Suelos - Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre - Dirección General de Áreas Naturales Protegidas - Dirección General de Asuntos Ambientales Órganos Desconcentrados - Unidades Regionales CAP ÍTULO I DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7º.- Alta Dirección La Alta Dirección es el máximo nivel de decisión del INRENA, está constituida por la Jefatura y la Sub jefatura y dirige la política institucional aprobada por el Titular del Sector para la consecución de sus fines, siendo responsable de la ejecución de las actividades que correspondan. DE LA JEFATURA Artículo 8º.- Atribuciones y funciones de la Jefatura La Jefatura está a cargo de un funcionario de confianza con la categoría de Jefe, es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ostenta el ran- go de Viceministro y tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) Representar legalmente a la Institución ante enti- dades públicas o privadas de carácter nacional o interna- cional. b) Dirigir y controlar la gestión de la Institución en cuanto al cumplimiento de sus objetivos y metas, apro- bando las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo, así como las estrategias correspondientes. c) Proponer las políticas, escala de remuneraciones, el Reglamento de Organización y Funciones y sus modi- ficatorias, al Titular del Sector. d) Aprobar los planes, programas, proyectos y el Manual de Organización y Funciones. e) Ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal del INRENA y aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y la Contratación de servicios. f) Suscribir los convenios y contratos que se requieran para el cumplimiento de los fines institucionales. g) Presentar al Ministro de Agricultura la Memoria Anual, Presupuesto Institucional y Estados Financieros del INRENA. h) Proponer la designación mediante Resolución Su- prema de los Directores Generales de la Institución y demás funcionarios de confianza; así como la designa- ción mediante Resolución Ministerial de aquellas perso- nas que deban representar al Estado ante organismos y eventos nacionales e internacionales sobre materias de competencia de la Institución. i) Designar mediante Resolución Jefatural a los Di- rectores y Directores Ejecutivos de la Institución. j) Emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia, pudiendo delegar facultades. k) Resolver como segunda instancia administrativa respecto de las Resoluciones emitidas por las diversas Direcciones Generales y órganos desconcentrados de la Institución. l) Las demás que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Artículo 9º.- Gabinete de Asesores El Jefe del INRENA cuenta con un Gabinete de Asesores que le asiste en el cumplimiento de sus funcio-