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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2001 (19/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

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Pág. 206962 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de julio de 2001 nes y le brinda asesoramiento en los asuntos específicos que le encargue. DE LA SUBJEFATURA Artículo 10º.- Atribuciones y funciones de la Sub Jefatura La Subjefatura cogestiona con la Jefatura para el logro de la misión de la institución; por ello, en caso de ausencia del Jefe de la misma podrá asumir sus funcio- nes por delegación expresa. Asimismo, es responsable de la coordinación general entre los diversos órganos de la institución, de la gestión general de los recursos huma- nos, así como de la conducción y supervisión de los sistemas informáticos y de archivo, trámite documenta- rio, relaciones públicas e imagen institucional, de acuer- do a las políticas impartidas por la Jefatura. La Subjefatura está a cargo de un funcionario de confianza quien a su vez desempeña el cargo de Secreta- rio Técnico del Consejo Consultivo. CAPÍTULO II DEL CONSEJO CONSULTIVO Artículo 11º.- Atribuciones y Funciones del Con- sejo Consultivo El Consejo Consultivo es un organismo de consulta y asesoramiento de la Jefatura, que emite opiniones en los asuntos que sean sometidos a su consideración en mate- ria de legislación, administración, así como gestión y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Cuenta con un Secretario Técnico, cargo que desempeña el Subjefe del INRENA. El Consejo Consultivo sesiona a solicitud del Jefe del INRENA y sus funciones son las siguientes: a) Absolver las consultas que le formule la Jefatura sobre asuntos relacionados a la legislación, políticas de gestión, administración y aprovechamiento de los recur- sos naturales. b) Estudiar y recomendar los planes generales en materia de recursos naturales. c) Otras que se establezcan en su Reglamento Inter- no. Artículo 12º.- Integrantes del Consejo Consul- tivo El Consejo Consultivo está integrado por un máximo de nueve (9) profesionales y especialistas altamente calificados en asuntos referidos al manejo, administra- ción, gestión y aprovechamiento sostenible de los recur- sos naturales; así como en otros temas vinculados con la institución. El cargo de miembro del Consejo Consultivo es hono- rario, es debidamente designado por la Jefatura para cada caso y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada. CAPÍTULO III DEL ÓRGANO DE CONTROL DE LA OFICINA DE AUDITORÍA INTERNA Artículo 13º.- Atribuciones y funciones de la Oficina de Auditoría Interna La Oficina de Auditoría Interna es el órgano encarga- do de programar, ejecutar y evaluar las actividades de control interno posterior de la gestión administrativa, técnica y financiera del INRENA de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional de Control y la política institucional. Está a cargo de un funcionario de confianza con la categoría de Director General y depende jerárquica y administrativamente de la Jefatura y fun- cionalmente de la Contraloría General de la República. Las funciones de la Oficina de Auditoría Interna son las siguientes: a) Formular, proponer, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control del INRENA, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control. b) Asesorar sin carácter vinculante a la Jefatura.c) Ejercer oportunamente el control selectivo poste- rior interno de las dependencias que forman parte de la organización institucional del INRENA, informando so- bre los resultados de las acciones de control y recomen- dando las acciones correctivas a la Alta Dirección del INRENA y la Contraloría General de la República. d) Efectuar la auditoría de los estados financieros y presupuestales de la entidad, en la forma que señala la Contraloría General y de acuerdo a las normas vigentes. e) Verificar la correcta aplicación de las normas, procedimientos y la administración de los recursos hu- manos, materiales y financieros. f) Realizar acciones de control y efectuar investiga- ciones sobre quejas, denuncias y reclamos interpuestos contra los funcionarios y servidores del INRENA. g) Efectuar el seguimiento correspondiente a la im- plementación de las acciones correctivas derivadas de las acciones de control practicadas por la entidad, com- probando la adopción efectiva de las medidas apropiadas para la superación de las deficiencias dentro de los plazos y formas previstas; dicha función comprende verificar y realizar, de ser el caso, el seguimiento de las acciones judiciales a que haya dado lugar. h) Cumplir con los encargos de Contraloría General de la República. i) Las demás que le asigne la Jefatura y las que le corresponda de acuerdo a la legislación vigente. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Artículo 14º.-  Atribuciones y Funciones de la Oficina de Planificación La Oficina de Planificación es el órgano encargado de formular y evaluar las políticas, planes y programas institucionales; así como, dirigir, formular, evaluar y asesorar las actividades del INRENA referidas a los procesos de Planificación, Presupuesto, Desarrollo Or- ganizacional y Métodos, Estadística de la Institución y Cooperación Técnica y Financiera Internacional, en es- trecha coordinación con los órganos desconcentrados del INRENA. Está a cargo de un funcionario de confianza con la categoría de Director General y depende jerárqui- camente de la Jefatura. Las funciones de la Oficina de Planificación son las siguientes: a) Coordinar y conducir los procesos de programa- ción, formulación, evaluación, control y seguimiento de los planes, programas y presupuestos, así como las accio- nes de cooperación técnica del INRENA. b) Coordinar con las diferentes dependencias del INRENA, la elaboración y eventual modificación de los instrumentos normativos de gestión, tales como el Re- glamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones (MOF), el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), los reglamentos y norma- tividad internas del INRENA. c) Elaborar la Memoria Institucional Anual e Infor- mes de Actividades y Gestión Anual en coordinación con las demás dependencias. d) Apoyar a los diferentes órganos del INRENA en la implementación de los diferentes programas de capaci- tación institucional en materia de recursos naturales, medio ambiente y de gestión. e) Asesorar a la Jefatura y demás dependencias del INRENA en asuntos relacionados al ámbito de su com- petencia. f) Las demás que le asigne la Jefatura y las que le corresponda de acuerdo a la legislación vigente. Artículo 15º.- Estructura de la Oficina de Plani- ficación La Oficina de Planificación tiene a su cargo las Uni- dades de Planeamiento , de Presupuesto y de Coope- ración Técnica y Económica , cada una de las cuales se encuentra a cargo de un Jefe que depende jerárquica- mente del Director General de la Oficina de Planifica- ción.