Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2001 (31/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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A31 Autorizacion para celebrar acuerdos con centro de entrenamiento, para la aplicacion de porciones del programa de entrenamiento del operador Este parrafo autoriza al operador a celebrar acuerdos con Centro(s) de Entrenamiento reconocido para proveer de instruccion, evaluacion y chequeo al personal aeronautico, de acuerdo al Programa de Entrenamiento Aprobado. Dichos Centro(s) de entrenamiento podran encontrarse en el MORDAZA o en el extranjero. En el caso de Instruccion Simulada, se debera enumerar los correspondientes equipos de simuladores de vuelos certificados aprobados por la DSA-DGAC. A32 Adopcion de las reglas limitadoras de tiempo de vuelo de las tripulaciones tecnicas para el establecimiento de restricciones de descanso, jornada de trabajo y limitaciones de tiempo de vuelo de los tripulantes auxiliares. Reservado. b. PARTE B - Autorizaciones y restricciones en ruta (parrafos B31 al B54) El contenido de estos parrafos debe ser preparado por el area de operaciones del solicitante y debe ser evaluado y aprobado por los Inspectores DGAC de Operaciones. Los parrafos B45 al B49 han sido reservados para futuro desarrollo de parrafos estandar, cuando esto se requiera. En esta parte se incluyen parrafos tales como: areas de operaciones en ruta, limitaciones y previsiones en ruta, reglas de vuelo (limitaciones y disposiciones), navegacion clase I usando los sistemas de navegacion de area, entre otros. B31 Areas de operaciones en ruta Especificar las rutas aprobadas para volar bajo IFR B32 Limitaciones y previsiones en ruta Debe establecerse, para los solicitantes que van a operar bajo IFR, algunos de los siguientes criterios que deben adoptarse al conducir navegaciones Clase II sin equipo de navegacion de largo alcance: Deben basarse en los estandares NAVAID (navigation aids) de OACI (VOR VOR/DME y NDB); deben ser alcanzados por lo menos una vez cada hora; y la navegacion debe realizarse con el grado de exactitud requerida por control de trafico aereo. B33 Reglas de vuelo: Limitaciones y disposiciones Debe especificarse las reglas de vuelo con las que se va a operar (IFR o VFR) y las condiciones en que estas se realizaran de acuerdo a las regulaciones. Los requerimientos de reglas de vuelo instrumental deben tambien ser especificadas para solicitantes bajo RAP 135 con aviones turbojet. B34 Navegacion Clase I usando los sistemas de navegacion de area Autoriza al solicitante a conducir navegaciones Clase I en IFR, usando un sistema de navegacion de area requerido por las regulaciones. La aeronave (marca y modelo) autorizada para este MORDAZA de operacion debe ser senalada.

B43 Reservas Especiales de combustible en operaciones internacionales Se define cuando el solicitante requiere de desviaciones al RAP 121.645(b). Esta desviacion debe ademas estar senalada en el parrafo A5. Nota: De autorizarse esta reserva especial, no podra autorizarse el parrafo B44 conjuntamente. B44 Redespacho o reliberacion en ruta planeado El solicitante debe senalar que tiene procedimientos adecuados para esta operacion en su Manual General de Operaciones y en su Manual de Entrenamiento para pilotos y despachadores, incluyendo entrenamiento en el uso de estos procedimientos. B45 Operaciones extensas sobre agua usando un solo sistema de comunicaciones de largo Alcance Reservado. B46 Operaciones en espacio aereo de Minima Separacion Vertical Reducida (RVSM) Reservado. B47 al B49 Reservado B50 Areas autorizadas de operacion - Limitaciones y procedimientos en ruta Debe especificarse unicamente aquellas areas para las operaciones en ruta para los cuales el solicitante esta autorizado a operar bajo RAP 121 o RAP 135. B51 Provisiones y limitaciones de Reglas de Vuelo Visual (VFR) en ruta - Operadores bajo RAP Parte 121 Reservado. B52 Operaciones remotas - Provisiones y limitaciones de Reglas de Vuelo Visual (VFR) en ruta - Ciertos operadores bajo RAP Parte 121 reservado. B54 Navegacion Clase II usando un solo Sistema de Navegacion de Largo Alcance Reservado. c. PARTE C - Autorizaciones y Restricciones de Aerodromo (parrafos C51 al C70) La Parte C corresponde unicamente a aeronaves de ala fija. El contenido de estos parrafos debe ser preparado por el area de operaciones del solicitante y debe ser evaluado y aprobado por los Inspectores DGAC de Operaciones. Los parrafos C59 al C64 y el C69 han sido reservados para futuro desarrollo de parrafos estandar, cuando esto se requiera. En esta parte se incluyen parrafos tales como: procedimientos instrumentales en el area terminal, autorizaciones para procedimientos de aproximacion instrumental basico (todos los aeropuertos), minimos de aterrizaje (todos los aeropuertos), limitaciones y previsiones especiales para procedimientos de aproximacion instrumental y minimos de aterrizaje IFR, entre otros. C51 Procedimientos instrumentales en el Area Terminal Solo para operaciones bajo IFR C52 Autorizaciones para procedimientos de aproximacion instrumental basico - Todos los aeropuertos Especifica los tipos de aproximaciones instrumentales que el solicitante esta autorizado a conducir, prohibiendosele cualquier otro tipo. C53 Minimos de aterrizaje - Todos los aeropuertos Especifica los mas bajos minimos que puede el solicitante usar para aproximaciones ILS CAT I de No Precision, Precision y maniobras de Circulacion. C54 Limitaciones y previsiones especiales para procedimientos de aproximacion instrumental y minimos de aterrizaje IFR Provisto para solicitantes bajo RAP 121, o bajo RAP 135 con aviones a turbina. Los pilotos que no han adquirido la experiencia requerida en RAP 121.652 deberan usar los equivalentes minimos de aterrizaje RVR del minimo mas alto para el piloto. C55 Minimos meteorologicos IFR de aeropuerto alterno Especificar los minimos respectivos. C56 Minimos de despegue IFR, operaciones bajo Parte 121 - Todos los aeropuertos Especificar los minimos respectivos de conformidad con RAP 121.651. C57 Minimos de despegue IFR, operaciones bajo Parte 135 - Todos los aeropuertos Especificar los minimos respectivos, en conformidad con RAP 135.225.

B35 Navegacion Clase I en el Area de Control Positivo Reservado. B36 Navegacion Clase II usando sistemas de navegacion de larga distancia o navegador de vuelo Este parrafo autoriza a navegacion Clase II cuando se esta equipado con sistemas de navegacion de largo alcance o con navegante de vuelo (Flight navigator), debido a la imposibilidad de contar con un fijo confiable de ayuda por lo menos cada hora. B37 Operaciones dentro del espacio aereo del MORDAZA Central Oriental (CEPAC) Reservado. B38 Operaciones dentro del espacio aereo del Nor-Pacifico (NOPAC) Reservado. B39 Operaciones dentro del espacio aereo de Especificaciones de Performance de Navegacion Minimas del Atlantico Norte (NAT/ MNPS) Reservado. B40 Operaciones en areas de no confiabilidad magnetica Reservado. B41 Operaciones en el Atlantico Norte con aeronaves de 2 motores Aeronaves bajo RAP Parte 121 Reservado. B42 Operaciones de Largo Alcance con aeronaves de 2 motores (EROPS RAP Parte 121) Este parrafo debe ser desarrollado por solicitantes bajo RAP 121 que pretenden realizar operaciones de largo alcance. Se entiende por esto, aquellas operaciones que contienen un punto a lo largo de la ruta donde el tiempo de desviacion hacia un aeropuerto alterno sea mayor a los 60 minutos.

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