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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (05/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 203962 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de junio de 2001 CONASEV Disponen inscripción del "Primer Pro- grama de Instrumentos de Corto Pla- zo ALICORP" y su Prospecto Marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 050-2001-EF/94.11 Lima, 30 de mayo de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/07266 presentado por ALICORP S.A. y el Memorándum Nº 129-2001-EF/94.45 de fecha 29 de mayo de 2001 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pue- den emitir obligaciones; Que, mediante Acuerdo de Junta General Obligatoria Anual de Accionistas de ALICORP S.A. de fecha 28 de marzo de 2001 se aprobó el financiamiento a través del mercado de capitales mediante la emisión de instrumentos representati- vos de deuda hasta por ciento veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 120 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles; Que, en virtud a las facultades otorgadas por la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas a que se refie- re el considerando anterior, el Directorio de ALICORP S.A., en sesión de fecha 16 de abril de 2001, aprobó las características del primer programa de instrumentos de corto plazo denominado "Primer Programa de Instru- mentos de Corto Plazo ALICORP" hasta por un monto de circulación de sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 60 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles y delegó en el Gerente General, señor Leslie Pierce Diez Canseco, el Gerente General Adjunto, señor Juan Llosa Isenrich, o el Geren- te Central de Administración y Finanzas, señor Luis Romero Belismelis, las facultades necesarias para de- terminar los términos y condiciones específicas para cada una de las emisiones a realizarse dentro del marco del citado Programa; Que, además, la delegación a los referidos señores incluye la determinación de los plazos de vencimiento y eventuales prórrogas, así como el número de emisiones, número de serie de cada una de las emisiones, valor nominal, oportunidad, denominación, tasa de interés, precio de colocación, fechas de emisión, plazos de pago de los intereses y de amortización del capital, reajustes o colocaciones bajo la par, destino de los recursos cap- tados, modalidad de colocación, mecanismo de negocia- ción y demás condiciones y formalidades de la emisión; Que, en virtud de los acuerdos antes señalados, ALI- CORP S.A. ha solicitado a CONASEV la aprobación del trámite anticipado, la inscripción del primer programa de emisión de instrumentos de corto plazo denominado "Pri- mer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ALICORP" y el registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, ALICORP S.A., entidad calificada a la fecha de la presente Resolución, ha presentado la docu- mentación correspondiente a la Primera Emisión de Ins- trumentos de Corto Plazo a emitir en el marco del referido Programa; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta del Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores o registro de prospectos derivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de programas de emisión de valores;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, y disponer la inscripción del primer programa de emisión de instru- mentos de corto plazo denominado "Primer Programa de Instrumentos de Corte Plazo ALICORP" de ALICORP S.A. hasta por un monto máximo en circulación de sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Amé- rica (US$ 60 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, y el registro del Prospecto Marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto ALICORP S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instru- mentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en las ofertas públicas a que se refiere el Artículo 1º anterior se entenderán efectuados en la fecha de entra- da en vigencia de la presente Resolución. En su defecto, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el Artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141- 98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el Artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio, Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a ALICORP S.A.; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 24478INDECOPI Se dispone el inicio del procedimiento de investigación por la supuesta exis- tencia de prácticas de dumping en las importaciones de neumáticos para automóviles, camionetas y camiones, originarias y/o procedentes de la Re- pública Popular China, que ingresan bajo las subpartidas 4011.10.00.00, 4011.20.00.00, 4011.91.00.00 y 4011.99.00.00 Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios RESOLUCIÓN Nº 011-2001/CDS-INDECOPI Lima, 25 de mayo del 2001 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI1 Vistos, el Decreto Supremo Nº 133-91-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF2, el Decreto Supremo Nº 043- 1En adelante la Comisión. 2En adelante el Reglamento.