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Pág. 203961 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de junio de 2001 S B S Autorizan contratación del servicio anual de actualización y soporte de productos ORACLE mediante proce- so de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 410-2001 Lima, 29 de mayo del 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratación de servicios que no admiten sustitutos están exonerados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi- cación Directa que les correspondan, procediendo su contra- tación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, mediante Memorándum Nº 089-2001-DI de fecha 17.5.2001, el Departamento de Informática manifiesta que es necesario renovar el Servicio Anual de Actualización y Soporte de los productos ORACLE que utiliza esta Super- intendencia porque ello ha permitido almacenar y adminis- trar la información que maneja este Organismo de Control y Supervisión de manera segura, tanto desde el punto de vista físico como lógico, siendo vital asegurar la continui- dad de los procesos y la disponibilidad de la información, así como la confidencialidad de los datos; Que, adicionalmente, el área técnica manifiesta en el precitado informe que dicho servicio sólo puede ser prestado por la empresa ORACLE, propietaria de los derechos de autor y de la tecnología aplicada en el desarrollo y creación de este software y, consecuentemente, proveedora única del mismo. En tal sentido, se ha configurado el supuesto contenido en el literal f) del Artículo 19º del TUO, toda vez que el servicio requerido, al ser prestado únicamente por la empresa ORA- CLE, se presenta como un servicio que no admite sustitutos; Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el preci- tado cuerpo legal y su Reglamento, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Ase- soría Jurídica y de la Superintendencia Adjunta de Admi- nistración General; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la reno- vación del Servicio Anual de Actualización y Soporte de los productos ORACLE que utiliza esta Superintendencia del proceso de Concurso Público que le corresponde y, conse- cuentemente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indicado servicio mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Disponer que la Superintenden- cia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe que sustenta esta exone- ración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 24652 Autorizan viaje de funcionarias de la SBS a Argentina para participar en eventos de la IAIS RESOLUCIÓN SBS Nº 433-2001 Lima, 4 de junio de 2001EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación cursada por la Superintendencia de Segu- ros de la Nación Argentina a esta Superintendencia, con el fin de participar en el VI Seminario de Capacitación AS- SAL - IAIS y la Reunión del Subcomité de Educación IAIS, que se llevarán a cabo del 6 al 8 de junio de 2001, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros tiene la Presidencia de la Asociación de Superintendentes de Segu- ros de América Latina - ASSAL, por el período 2000 - 2001, encontrándose a cargo del señor Luis Cortavarría Chec- kley, Superintendente de Banca y Seguros, la inaugura- ción del Seminario de Capacitación ASSAL - IAIS a reali- zarse en las fechas indicadas; Que, durante dicho seminario se llevará a cabo una reunión del Comité de Solvencia de la ASSAL del cual el Perú es miembro, con la finalidad de discutir, entre otros, los estándares que serán presentados en la XII Asamblea Anual a realizarse en nuestro país en noviem- bre del año en curso; Que, asimismo, durante el citado seminario tendrá lugar una reunión del Subcomité de Educación de la Aso- ciación Internacional de Supervisores de Seguros - IAIS, del cual el Perú es miembro, con la finalidad de revisar los documentos que serán aprobados en la Reunión Plenaria de la IAIS que se llevará a cabo en setiembre del presente año, así como otras coordinaciones que se vienen realizan- do con la mencionada asociación internacional; Que, en el Seminario de Capacitación ASSAL - IAIS se tratarán temas relacionados con los Principios Básicos de Seguros que fueron aprobados por la IAIS en octubre del año 2000, cuya aplicación en los países miembros viene siendo evaluada por el Financial Sector Assesment Pro- gram (FSAP), integrado por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional; Que, se ha considerado conveniente, designar a las señoras Elena Cabrejo Pariente, Intendente del Departa- mento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros: Riesgos de Reaseguros y Mirla Barreto Verástegui, Analis- ta del Departamento de Regulación para que participen en los referidos eventos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de las citadas funcionarias, cuyos gastos serán cu- biertos con recursos del presupuesto de la Superinten- dencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Supre- mo Nº 053-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de las señoras Elena Cabrejo Pariente, Intendente del Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros: Riesgos de Reaseguros y Mirla Barreto Verástegui, Analista del De- partamento de Regulación, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina del 5 al 9 de junio de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Super- intendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 918,04 Viáticos 1 600,00 Tarifa CORPAC 50,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de las funciona- rias cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 24684