Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2001 (25/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, lunes 25 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 25852

que inicie las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Contralora General de la Republica 25859

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Julcamarca
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 090-2001-CG MORDAZA, 22 junio de 2001 VISTOS, el Informe Especial Nº 018-2001-CG/SHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Julcamarca, ubicada en la provincia de Angaraes - Lircay, departamento de Huancavelica, periodo enero 1996 - diciembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a la programacion de acciones de control de la Contraloria General, se dispuso la ejecucion de la correspondiente Accion de Control a la Municipalidad Distrital de Julcamarca, ubicada en la provincia de Angaraes - Lircay, departamento de Huancavelica, por el periodo enero 1996 diciembre 2000, acreditandose la respectiva Comision de Auditoria mediante Oficio Nº 146-2001-CG/SHU de 16.MAR.2001; Que, como consecuencia de la Accion de Control efectuada a la Municipalidad Distrital de Julcamarca, se ha detectado que la Administracion Municipal no ha acreditado haber utilizado un total de 485 bolsas de cemento y 173 metros cubicos de hormigon, adquiridos para la obra "Remodelacion de la Plaza de MORDAZA de Julcamarca", ocasionando un perjuicio economico al Municipio de Diecisiete mil setecientos veintisiete y 50/100 Nuevos Soles (S/. 17 727,50); hechos que constituyen indicios razonables de presunta comision del Delito de Peculado, previsto y penado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo se ha detectado un exceso en la aplicacion de gastos corrientes con recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal, por un total de S/. 30 939,87 en el ejercicio 1999, lo cual representa 26% mas de lo permitido en la norma; hechos que constituyen indicios razonables de presunta comision del Delito de Peculado en la modalidad de Malversacion de Fondos, previsto y penado en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, en el ano 1999 se ha detectado que la administracion de la Municipalidad Distrital de Julcamarca, ha presentado con retraso de hasta 163 dias ante la Contraloria General, el formato "Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche" incluyendo en el mismo, informacion de insumos, cantidad y precios distintos a los adquiridos; hechos que constituyen indicios razonables de presunta comision del Delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Generica, previsto y penado en el Articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado la existencia de indicios de la comision de delito como consecuencia de la accion de control practicada, cuya comision involucra a autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Julcamarca que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f), de la Ley del Sistema Nacional de Control Decreto Ley Nº 26162, cuando en la ejecucion directa de una accion de control, encuentre dano economico o presuncion de acto doloso, es deber de la Contraloria General de la Republica, disponer el inicio de las acciones judiciales respectivas; resultando, en tal sentido, necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan subdivision sin cambio de uso de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 044-2001-MML-DMDU-DHU MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS VISTOS; el Expediente Nº 015122-2000 y los Documentos Anexos Nºs. 3026-2000, 3275-2001 y 6524-2000, seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA DE PINASCO y su conyuge MORDAZA MORDAZA PINASCO MORDAZA, mediante los cuales solicitan la subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias, del terreno de 2,232.50 m2, constituido por el lote Nº 02 de la Manzana Unica, calificado con zonificacion para uso de Comercio Vecinal "C-2", ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 271-98-MML-DMDU, de fecha 4 de setiembre de 1998 se resolvio declarar habilitado como MORDAZA las obras de habilitacion MORDAZA de acuerdo con el plano signado con el Nº 123-98-MML-DGO-DHUDCO, del terreno de 5,157.24 m2 (CINCO MIL CIENTO CINCUENTISIETE METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS); Que, el planeamiento integral exigido en el Titulo IV.5.5 del Reglamento de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, ha sido presentado por los recurrentes, dejando establecido en este las areas cedidas para la reserva y el area de via aprobadas de acuerdo a la Resolucion mencionada en el considerando que antecede, la misma que ha sido inscrita en la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, de acuerdo a lo descrito en dicha Resolucion; y, a fin de cautelar la carga establecida, los recurrentes mediante carta con firma legalizada ante Notario Publico han quedado comprometidos a Ejecutar los Estacionamientos, proponiendo que sobre el lote resultante de la Subdivision solicitada denominado sublote "2C", cuya area es de 636.25 m2, se imponga una afectacion de modo tal, que este garantizada la ejecucion de los referidos estacionamientos; Que, asimismo, tratandose de un MORDAZA de subdivision para Uso de Comercio Vecinal "C-2" no esta afecto al pago de aportes establecido para el Servicio de Parques, SERPAR-LIMA; sin embargo, si en los sublotes resultantes se edificaran viviendas se debera cumplir con la cancelacion del aporte mencionado, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19542, lo que debera quedar como carga inscrita; Que, los recurrentes han cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente, habiendo abonado los derechos administrativos senalados

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