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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (28/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 205264 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de junio de 2001 mán Muchica, Asistente de Operaciones y Walter Tello Aranza, Jefe de Turno, de ELECTROPERU S.A. del 2 al 6 de julio de 2001, a la ciudad de Grenoble, Francia, para el fin a que se refiere la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente Resolución serán cubiertos porAlstom Power Hydraulique S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 26042 INTERIOR Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes contra el ex Pre- fecto del departamento de Arequipapor presunta apropiación ilícita de suma de dinero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0590-2001-IN/0501 Lima, 16 de junio del 2001 Visto el Informe Nº 12-2001-IN-0509 de 22.FEB.2000 y demás antecedentes relacionados con el inicio de acciones judiciales contra JAVIER QUESADA RIVAS, ex Autoridad Política. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 4092-2000-IN/0505, de 30.NOV.2000, se solicitó a JAVIER QUESADA RIVAS, ex Prefecto del departamento de Arequipa, la remisión del comprobante de depósito del Banco de la Nación o copiadel Oficio con el que remitió a la Sede Central, el efectivo que le entregara mediante recibo don TOMAS DELGADO VILLANUEVA ex Gobernador del distrito de Yarabambade la provincia y departamento de Arequipa, por concepto de haberes cobrados indebidamente ascendente a la suma de S/. 2,385.73 (DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTICIN-CO Y 73/100 NUEVOS SOLES), con el objeto de gestionar su reversión al Tesoro Público; Que, al no obtenerse resultado positivo, se requirió notarialmente a la citada ex Autoridad Política a través de la Carta Notarial Nº 002-2001-IN-0509 de fecha 18.ENE.2001, para que haga efectiva la devolución dela suma de dinero indicada bajo apercibimiento de interponer en su contra las acciones judiciales corres- pondientes; Que, no obstante el tiempo transcurrido, JAVIER QUESADA RIVAS no ha efectuado la devolución de los S/. 2,385.73 (DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTICIN-CO Y 73/100 NUEVOS SOLES), pretendiendo median- te Carta de fecha 24.ENE.2001, justificar su responsabilidad con argumentos inconsistentes y ca-rentes de credibilidad, atribuyendo a una tercera perso- na ajena a la Institución la apropiación ilícita de la referida suma de dinero, evidenciando su intención deno cumplir con dicha devolución; Que, los hechos descritos precedentemente constitu- yen indicios razonables de la comisión de ilícito penal enagravio del Estado, que sustenta la necesidad de autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicia- les del Sector, para que en representación y defensa de losintereses del Ministerio del Interior, promueva las accio- nes judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 17537 modificadopor Decreto Ley Nº 17667; y,Estando a lo recomendado por la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Inte-rior, para que en representación y defensa de los inte- reses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra JAVIER QUESADA RIVAS, ex Pre-fecto del departamento de Arequipa y los que resulten responsables, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes administrativos pertinentes a la mencionada Procuraduría Pública para los fines corres-pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 25867 MITINCI Actualizan el T exto Único de Procedi- mientos Administrativos del Comité de Administración de la ZOTAC DECRETO SUPREMO Nº 019-2001-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-ITINCI, del 6 de julio de 2000, se aprobó el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) del Comité de Adminis-tración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, Administrador del Sistema CETI- COS Tacna; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, de fecha 27 de febrero de 2001, se dispone que todas las entidades públicas incorporen en su Texto Unico deProcedimientos Administrativos, un procedimiento que posibilite el acceso de las personas a la información que posean o produzcan; Que, asimismo el Comité de Administración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, Administrador del Sistema CETICOS Tacna,ha identificado diversos procedimientos relacionados a los Sistemas Operativos, Administrativos e Informáti- cos, que requieren ser incorporados al Texto Unico deProcedimientos Administrativos - TUPA; De conformidad con lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para elCrecimiento de la Inversión Privada, y el Decreto Legis- lativo Nº 560; DECRETA: Artículo 1º.- Actualizar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Comité de Adminis- tración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, Administrador del Sistema CETI-COS Tacna, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisie- te días del mes de junio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales