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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (28/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES Pág. 205274 Lima, jueves 28 de junio de 2001Oficina de Signos Distintivos Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de resuelve Formales de Trámite mático S.A. S.A. No inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación la (*****) Positivo Negativo Regulado procedimiento Reconsideración Apelación a inspeccionarse. u Distintivos 2. Fundamentación del pedido. Oficina 3. Copia de la Solicitud y sus recaudos según el número de personas a las que deba notificarse (obligación aplicable a todo Descentralizada escrito o recurso que se presente en el procedimiento)Nota:El pago se hará por cada ubicación específica y por cada Inspección solicitada. Los gastos de la inspección serán por cuenta d el solicitante. Base Legal: Decreto Legislativo Nº 807 Arts. 26º y 32º publicado el 18 de abril de 1996 11. Búsqueda de Antecedentes Solicitud consignando Nombre o Razón Social del Solicitante, o Datos del Titular. Para realizar la Búsqueda, Signo Distintivo X O ficina de Signos No Contemplado —————— No —————— Materia de la Búsqueda, y Clase o Clases (la Búsqueda es por cada Signo) Distintivos Contemplado Búsqueda Fonética en una clase 0,0125 UIT u Búsqueda Fonética en 2 clases 0,0152 UIT Oficina Búsqueda Fonética en 3 clases 0,0179 UIT Descentralizada Búsqueda Fonética de 4 clases 0,0193UIT Búsqueda Fonética de 5 clases 0,0208 UIT Búsqueda Fonética de 6 a 10 clases 0,0225 UIT Búsqueda Fonética de 11 a 20 clases 0,0243 UIT Búsqueda Fonética de 21 a 30 clases 0,0262 UIT Búsqueda Fonética en todas las clases (42) 0,0283 UIT Búsqueda Fonética por titular (por 10 hojas) 0,0190 UIT Cada Hoja Adicional, a partir de la hoja Nº11 0,0019 UIT Búsqueda Figurativa en una clase 0,0161 UIT Búsqueda Figurativa en 2 clases 0,0196 UIT Búsqueda Figurativa en 3 clases 0,0232 UIT Búsqueda Figurativa de 4 clases 0,0268 UIT Búsqueda Figurativa de 5 clases 0,0304 UIT A partir de 5 clases 0,0031 UIT por cada Clase Adicional de Base Legal: Decreto Legislativo Nº 823 publicado el 24 de abril de 1996 Búsqueda D.S Nº018-2001 publicado el 27 de febrero del 2001 Figurativa 12. Registro, Prórroga o Modificación de Contratos de Transferencia de Tecnología Extranjera Solicitud consignando datos de identificación, domicilio y/o poderes(**) del Solicitante: 0,10 UIT X Oficina de Signos 0,09 UIT Jefe de la 0,14 UIT Sala de Copia del Contrato de Transferencia de Tecnología Extranjera con firmas debidamente legalizadas y su traducción de ser Distintivos Procede dentro Oficina de Signos Procede dentro Propiedad el caso, en el que se consigne debidamente los Elementos del Contrato para efectos del Registro. u de los 15 días Distintivos de los 15 días Intelectual Oficina de Notificada la de Notificada Tribunal de Descentralizada Resolución la Resolución Indecopi Base Legal: Decreto Legislativo Nº 807 Art 57º, publicado el 18 de abril de 1996 13. Certificado de Gravamen Solicitud consignando Nombre o Razón Social del Solicitante, el Número de Certificado del Signo Registrado y la indicación 0,010 UIT X Oficina de Signos No Contemplado —————— No —————— del tipo de Signo de que se trate. Distintivos u Oficina Contemplado Descentralizada Base Legal: Decreto Legislativo Nº 823 publicado el 24 de abril de 1996 (*) Los gastos que generen la ejecución de la Visita Inspectiva serán de cargo del Solicitante.(**) Los Poderes podrán constar en instrumento privado y deberán cumplir las siguientes formalidades:A. En el caso de Personas Naturales: la firma deberá ser legalizada por un NotarioB. En el caso de Personas Jurídicas: el documento deberá contener las facultades otorgadas al representante y la representación con la que actúa el Poderdante y su firma deberá ser autenticada por Notario C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán además ser legalizados por Funcionario Consular Peruano.D. Los poderes otorgados en idioma extranjero deberán presentarse con su correspondiente traducción al idioma castellano debida mente suscrita por el responsable de la traducción. (***) El pago se realiza por cada Acto Modificatorio(****) El pago se realiza por cada Denunciado(*****) La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de los procedimientos. (******) La tasa y el plazo de 15 días también son aplicables para la apelación de resoluciones que imponen multas y para la ap elación de resoluciones que dictan medidas cautelares.