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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (28/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES Pág. 205288 Lima, jueves 28 de junio de 2001Comisión de Represión de la Competencia Desleal Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de Autoridad que Formales de Trámite mático S.A. S.A. No inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación resuelve la (* *) Positivo Negativo Regulado procedimiento Reconsideración Apelación 5. Copia del Anuncio materia de Denuncia (en el caso de las Denuncias por Infracción a las 0,05 UIT Normas de Publicidad). 6. Medidas Cautelares solicitadas, de ser el caso.7. Copia de la Denuncia y recaudos según el número de Denunciados.En el caso de solicitar una Inspección deberá indicarse además el lugar de la visita así como la materia a verificar. Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 24º, publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto. Leg. 807 Art. 23º y siguientes, publicado el 18 de abril de 1996 (*) Los poderes deberán cumplir las siguientes formalidades:A. En el caso de facultades generales: la Representación podrá constar en Carta Poder simple..B. En el caso de facultades especiales (ej. Conciliación, desistimiento, etc.) presentar documento con firma legalizada por Not ario o Fedatario. C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Visación Consular.(**) La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para el procedimi ento. (***) La tasa y el plazo de 15 días también son vigentes para la Apelación de Multas impuestas por la Comisión en Resoluciones distintas a la Resolución Final y para la Apelación de Medidas Cautelares Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de Autoridad que Formales de Trámite mático S.A. S.A. No inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación resuelve la (* *) Positivo Negativo Regulado procedimiento Reconsideración Apelación 1. Denuncia contra Disposiciones que establezcan Restricciones Paraarancelarias al Comercio Exterior 1. Solicitud señalando y adjuntando datos de identificación y domicilio, así como documentos que acrediten su 0,25 UIT X Secretarí a Técnica No Contemplado Comisión de 0,10 UIT Sala de Defensa Personería Jurídica y los Poderes (**) correspondientes de ser el caso de la Comisión de Reglamentos Procede dentro de la 2. Identificación de la Restricción Paraarancelaria que se denuncia. De estar contenida en una Norma ésta debe Reglamentos Técnicos de los 15 días Competencia ser de menor Jerarquía que la ley Técnicos y Comerciales de Notificada la 3. Identificación de la Autoridad que establece la Restricción Paraarancelaria y Comerciales Resolución Tribunal de 4. Exposición de hechos, fundamentación y documentación sustentatoria de la Denuncia formulada u Indecopi 5. Copias de la denuncia y recaudos, según el número de Denunciados Oficina Descentralizada Base Legal: Decreto Ley 25868 Artículo 26, publicado el 6 de noviembre de 1992 2. Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración 1. Solicitud señalando Datos de Identificación y el domicilio, además adjuntar documentos que acrediten su 0,90 UIT X Secretaría T écnica 0,10 UIT Comisión de 0,10 UIT Sala de Defensa Personería Jurídica y los Poderes (**) correspondientes. Después de de la Comisión de Procede dentro Reglamentos Procede dentro de la 2. Memoria Descriptiva de acuerdo al Formato correspondiente (****), señalando los datos generales de la 30 días Reglamentos de los 15 días Técnicos de los 15 días Competencia Organización y el alcance de la Acreditación Solicitada (***) Técnicos de Notificada la y Comerciales de Notificada la Tribunal de 3. Manual de Calidad conteniendo la Política de Calidad de la Empresa así como los requisitos establecidos y Comerciales Resolución Resolución Indecopi en la Guía Peruana y el Reglamento correspondiente: u A) Para Organismos de Certificación de Productos : Oficina - GP 65-ISO/IEC Descentralizada - El Reglamento de Certificación de Productos. B) Para Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental : - GP 62-ISO/IEC- El Reglamento de Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental. C) Para Organismos de Inspección : - GP 39-ISO/IEC o la Norma que la reemplace- El Reglamento de Organismos de Inspección. D) Para Laboratorios de Ensayo y Calibración : - NTP ISO/IEC 17025 o la GP ISO/IEC 25 para solicitudes presentadas hasta el 30 de setiembre de 2001