Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2001 (11/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 11 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES
Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta : 10 Kw. : 10A3E : H24

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Articulo 2º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente a favor de la ASOCIACION RELIGIOSA NUESTRA SENORA DEL MORDAZA DE CANCHIS. Articulo 3º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, se otorga por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 24 de octubre del ano del 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 34186 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 959-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 26 de octubre de 2001 VISTA, la solicitud de renovacion de autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 301-93TCC/15.17 del 22 de junio de 1993, se autoriza a la empresa RADIAL MORDAZA S.A., por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, Indicandose que el plazo se computara a partir del vencimiento de la Resolucion Suprema Nº 026-84-COMS-DGCS, por tanto el plazo de diez (10) anos vencera el 5 de marzo de 1995; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 139-2000MTC/15.03 del 25 de MORDAZA de 2000, se aprueba la transferencia de todas las autorizaciones, permisos y licencias del servicio de radiodifusion sonora comercial, entre otras, de la empresa RADIAL MORDAZA S.A., a favor de SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 501-2001-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario para su operacion y que viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la renovacion de la autorizacion solicitada; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 7972001-MTC/15.19.01, senala que es procedente otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A., para continuar operando la citada estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), por el plazo de diez (10) anos; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion a la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A., para la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo : BC-OM : 920 KHz : OBX-1J

: Mz. N, Lote 1, MORDAZA Industrial I-1 y I-2, Carretera MORDAZA - Sullana, distrito, provincia y departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 80° 39' 56" L.S. 05° 10' 18"

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 5 de marzo del ano 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 34188

Otorgan a personas juridicas autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 958-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 26 de octubre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., sobre el otorgamiento de autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Quillabamba, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 658-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 795-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de

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