Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2001 (11/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

NORMAS LEGALES
ciones de vivienda se han desarrollado, como consecuencia de que los lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por cada uno de los integrantes del centro MORDAZA informal a los agentes inmobiliarios informales y/o parceleros, que no cumplieron con tramitar la habilitacion MORDAZA correspondiente; Que, como consecuencia de las caracteristicas expuestas en el considerando que antecede, el 75% de la poblacion del distrito no cuenta con servicios de agua potable domiciliario y el 86% de la poblacion no cuenta con servicio domiciliario de desague, por lo que urge normar el procedimiento para la aprobacion de planos de las organizaciones de vivienda, siempre que cumplan con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza, sin que ello implique que las personas naturales o juridicas se allanen a cumplir con la habilitacion MORDAZA en vias de regularizacion, caso contrario, se encuentran sujetos a las sanciones que establece el D.S. Nº 011-98-MTC y el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, de conformidad con lo previsto en los Articulos 62º, 64º y 65º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, el pleno del Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS DE APROBACION DE PLANOS PARA FINES DE SERVICIOS BASICOS DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA Articulo Primero.- Las personas naturales o juridicas, asociaciones de vivienda, pro vivienda, cooperativas de vivienda o cualquiera otra forma asociativa con fines de vivienda, asi como los centros urbanos informales, asentamientos humanos y centros poblados que requieran desarrollar sus proyectos de servicios basicos de infraestructura MORDAZA (agua, desague y electrificacion y que cuentan con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, deberan tramitar ante esta Municipalidad la aprobacion de sus respectivos planos, mediante Resolucion de Alcaldia, que en ningun caso constituye titulo de propiedad, pero por su naturaleza dicha Resolucion servira para solicitarles a las empresas prestadoras de servicios de agua potable y alcantarillado y de distribucion de energia electrica la aprobacion de proyectos y ejecucion de las obras definitivas. Articulo Segundo.- Para proceder a la solicitud conforme a lo senalado en el articulo precedente, los solicitantes agrupados en cualquier forma asociativa reconocidos por esta Municipalidad con Personeria Juridica vigente a la fecha, deberan constituir el 50% mas uno de los compradores de lotes de terreno. Articulo Tercero.- Las personas naturales y/o juridicas para el tramite de aprobacion de sus planos deberan cumplir con los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Titulo de Propiedad o Contrato(s) de Propiedad del Terreno en el cual se desarrollara los proyectos de agua, desague y electrificacion. En el caso de personas juridicas deberan acreditar su vigencia de mandato con la ficha registral correspondiente o la Resolucion de reconocimiento de la Organizacion Vecinal. - Certificado de Zonificacion y Vias otorgado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Plano de Ubicacion a escala 1/10,000 con coordenadas UTM. - Plano Perimetrico y Plano de Lotizacion en sus respectivas Memorias Descriptivas que deberan contener las Especificaciones Tecnicas contenidas en el inciso "C" del Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y con coordenadas UTM, con actas de colindancias suscritas por los interesados de los representantes legales de los interesados del proyecto.

MORDAZA, MORDAZA 11 de noviembre de 2001

- Plano Catastral actualizado, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 179-99-MTC/ 15.04. - Declaracion Jurada con firma legalizada de inexistencia de MORDAZA judicial relacionado con el lote de terreno en el cual se desarrollara el proyecto. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- A los 90 dias de publicada la presente Ordenanza las personas naturales o juridicas, que hayan iniciado y/o culminado los tramites de aprobacion de los Proyectos de agua, desague y electrificacion, deberan proceder a cumplir con las Habilitaciones Urbanas en vias de regularizacion, caso contrario seran sujetos a las sanciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 01198-MTC y el Reglamento Nacional de Construcciones y el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RAS). Segunda.- Los Agrupamientos Familiares con caracteristicas de Centros Urbanos Informales, asentamientos humanos y centros poblados, deberan iniciar y/o proseguir con el saneamiento fisico legal ante la COFOPRI, Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal. Tercera.- La presente Ordenanza tiene vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 34275

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 956-2001-DM/MSI San MORDAZA, 29 de octubre de 2001 EL DIRECTOR MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, segun el Oficio Nº 226.2001-31-DSM/MSI de la Direccion de Servicios Municipales, por lo que propone la renovacion de la flota vehicular destinada al Servicio de Limpieza Publica, mediante la adquisicion de un minimo de seis (6) unidades compactadoras de residuos solidos; Que, la Municipalidad de San MORDAZA mediante Resolucion Directoral Nº 1297-2000-DM/MSI, aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el ano 2001, el mismo que no contiene la adquisicion de las unidades compactadoras y otras solicitadas por la Direccion de Servicios Municipales; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012.2001-PCM, establece que las Entidades del Sector Publico deben elaborar su Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios, y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion y adquisicion, Plan que debe ser aprobado por la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad;

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