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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 212605 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de noviembre de 2001 presida la Delegación Peruana en la reunión mencionada en el considerando anterior y participe en la Reunión sobre Plan Estratégico, Reportes Nacionales e Implementación del Convenio sobre Diversidad Biológica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, del 11 al 22 de noviembre de 2001, de la bióloga Rosario Acero Villanes, Directora de Conservación de Biodiversidad de la Direc- ción General Forestal y de Fauna Silvestre del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que presida la Delegación Peruana en la Séptima Reunión del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico Téc- nico y Tecnológico del Convenio de Diversidad Biológica (SBSTTA), y participe en la Reunión sobre el Plan Estra- tégico, Reportes Nacionales e Implementación del Con- venio de Diversidad Biológica, a llevarse a cabo en la ciudad de Montreal, Canadá. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Secretaría de la Convención de Diversidad Biológica, con fondos de la Organización de Naciones Unidas. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La mencionada profesional a su retorno, dentro de los 15 días de culminado el evento, presentará al jefe del INRENA un informe sobre su participación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 34478 Suspenden temporalmente la importa- ción de rumiantes y ganado porcino vivo y otros productos de estas espe- cies, productos biológicos no estéri- les, forrajes y henos, procedentes de Ecuador RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 224-2001-AG-SENASA Lima, 12 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado entre otros Organismos Públi- cos Descentralizados, el Servicio Nacional de Sanidad Agra- ria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º inciso a) del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de estable- cer, conducir y coordinar un sistema de control y supervi- sión zoosanitario, tanto al comercio nacional como interna- cional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, vista la información epidemiológica semanal remi- tida por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, referen- te a la ocurrencia de 4 casos confirmados de Fiebre Aftosa y 22 casos pendientes de confirmar hasta la semana 41 en Ecuador; Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA- SA, ha logrado controlar la aparición de esta enfermedad en territorio peruano desde octubre del año 2000, exis- tiendo en la actualidad zonas indemnes de la enferme- dad, próximas a ser declaradas como libres sin vacuna- ción; por lo que se hace necesario emitir medidas sanita- rias de emergencia a fin de evitar la introducción de la enfermedad al país;De conformidad con la Ley Marco de Sanidad Agraria Nº 27322 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 048-AG-2001, así como lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, y por el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento de Importación y Exportación de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender temporalmente por un período de 90 días, la importación de rumiantes y ganado porcino vivo, así como de semen o embriones de rumiantes o cerdos; carne fresca, refrigerada o congelada, vísceras y menuden- cias, cueros y pieles sin curtir, lanas sin lavar ni desgrasar, y otros productos de estas especies; productos biológicos no estériles, forrajes y henos, procedentes de Ecuador. Artículo 2º.- Se permitirá la importación de aquellos productos de origen rumiante o porcino procedentes de Ecuador, que cumplan con los requisitos zoosanitarios que establezca el SENASA, entre los que se incluya a el procesamiento para asegurar la destrucción del virus de Fiebre Aftosa. Artículo 3º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- del Ministerio de Agricultura, adoptará a través de la Dirección General de Sanidad Animal, las medidas sanitarias complementarias necesarias para el mejor cum- plimiento de la presente norma legal. Artículo 4º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrará en vigencia en la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 34453 DEFENSA Nombran personal FAP para efectuar vuelo en misión oficial trasladando a la Primera Dama de la Nación y comitiva a la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 823-DE/FAP-CP Lima, 6 de noviembre de 2001 Visto el facsímil Nº 516 de fecha 31 de octubre de 2001 del Director de Aerofotografía referente al nombramiento en Comisión del Servicio al extranjero del Personal Militar de la Fuerza Aérea; CONSIDERANDO: Que, el Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión del Servicio a la República del Ecuador, ciudad de Quito, para conformar la tripulación del avión FALCON 20 Nº 300, alterno LEAR JET36 A Nº 524, que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando a la Primera Dama de la Nación y comitiva, del 7 al 11 de noviembre de 2001; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM del 27 de abril de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de mayo de 2001; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro del Ramo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio a la República del Ecuador, ciudad de Quito, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, el cual conformará la tripulación del avión FALCON 20 Nº 300, alterno LEAR JET36 A Nº 524, que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando a la Primera Dama de la Nación y comitiva, del 7 al 11 de noviembre de 2001: