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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 212615 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de noviembre de 2001 Subasta Pública de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas, la misma que tendrá vigencia hasta el 31.diciem- bre.2001; y se designó al Martillero Público que conducirá la subasta pública; Que, en el acto de subasta pública realizado el 18 de octubre del 2001, que constituye segunda convocatoria del proceso iniciado el 9 de noviembre del 2000, fueron adjudi- cados un total de nueve (9) lotes, declarándose desiertos por falta de postores un total de cinco (5) lotes, de los cuales dos (2) son departamentos, una (1) casa-habitación tipo resi- dencial y dos (2) estacionamientos; Que, la Directiva Nº 02-2000-IN/1104, "Normas y Procedimientos para la Venta por Subasta Pública de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas", aproba- da por Resolución Ministerial Nº 0622-2000-IN/1101, de 19.MAY.2000, en el párrafo IV PROCEDIMIENTO DE VENTA, literal A. DE LA CONVOCATORIA, numeral 8, establece que si no se presentara un mínimo de dos postores se convocará sucesivamente a nuevas convoca- torias y en sus Disposiciones Finales, establece que el bien declarado desierto en segunda oportunidad, será sometido a una nueva convocatoria con las deducciones de ley; Estando a lo propuesto por la Comisión de Subasta Pública de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Inte- rior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Convócase a Subasta Pública de Bienes incautados por Tráfico Ilícito de Drogas Nº 002-2001-IN/ OFECOD, que comprende un total de siete (7) bienes inmuebles correspondientes a los lotes declarados desiertos en el acto de subasta pública realizado el 18 de octubre del 2001, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Comisión nombrada por R.M. Nº 472- 2001-IN/1104 de 18.MAY.2001, integrada por la Sra. Bach. María Esperanza DIAZ GONZALEZ, representan- te de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (Presi- denta), el Sr. CPC Rumaldo GARCIA PALLARCO, repre- sentante de la Oficina General de Administración (Secre- tario), y el Sr. Dr. Enrique INGA LOPEZ, representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica (Vocal), efec- tuará la citada subasta, en acto público, el día 7 de diciembre del 2001, a horas 10.00 a.m., en la Sala de Conferencia del FOSCECMI, sito en Av. Gálvez Barrene- chea cuadra 2 - distrito de San Isidro, Lima, conforme a la Directiva Nº 02-2000-IN/1104; debiendo informar al Despacho Ministerial el resultado del evento. Artículo 3º.- El Martillero Público designado, Sr. Raúl NORIEGA BRANDON conducirá la indicada subasta públi- ca, debiendo recepcionar el expediente de venta por subas- ta pública, verificar el estado de los bienes a rematarse, coordinar con la Comisión la publicación de los avisos de remate, expedir las pólizas de adjudicación y demás respon- sabilidades establecidas en la Directiva Nº 02-2000-IN/ 1104. Artículo 4º.- Los avisos de remate se publicarán en el Diario Oficial El Peruano y otros medios de comunica- ción escrita. La exhibición de los bienes inmuebles se realizará del 27 de noviembre al 6 de diciembre del 2001, para cuyo efecto la Comisión adoptará las medi- das necesarias. Artículo 5º.- Los postores efectuarán antes de la subas- ta pública el depósito de garantía, en efectivo o cheque de gerencia, por el porcentaje que será fijado en las Bases Actualizadas de la Subasta, encargándose al Cajero desig- nado el cobro de dicho monto, el mismo que será considera- do como pago a cuenta en caso de ser adjudicatario. El beneficiario de la buena pro cancelará el saldo de acuerdo a lo establecido en las Bases de la Subasta más el dos por ciento 2% por concepto de honorarios del Martillero Públi- co, caso contrario perderá la suma depositada como garan- tía, sin lugar a reclamo. Artículo 6º.- La propiedad de los inmuebles adjudicados se transferirá en la condición de libre de afectaciones y/o gravámenes judiciales, municipales y coactivos, mediante Resolución Ministerial, en la que se aprobará la minuta de compraventa y se autorizará al Director de la OFECOD a suscribir la minuta y escritura pública. Los gastos que ocasione la elevación a escritura pública y la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, deben ser asumidos íntegramente por el adjudicatario.Artículo 7º.- La Comisión deducirá del monto total de la subasta pública, los conceptos correspondientes a los gastos efectuados en la organización y ejecución de la misma, así como pago de cuentas pendientes de los bienes inmuebles subastados, depositándose el producto de la subasta pública en el Banco de la Nación a nombre del Tesoro Público, para su distribución, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 33689 Declaran nulas resoluciones que desig- naron cargos directivos de carrera a oficiales de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1346-2001-IN/0901 Lima, 7 de noviembre del 2001 Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0248, 0249-2000-IN/0901 de 3.MAR.2000, 377-A y 1468-2000-IN- 0901 de 31.MAR y 21.NOV.2000, se designó en los cargos de Directivos de carrera de Director de Sistema Administrati- vo II - F-3 de la Oficina de Procesamiento, Oficina de Resoluciones, Oficina de Trámite Documentario y de la Oficina de Archivo de la Secretaría General del Ministerio del Interior, al personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, Cmdte. PNP Amílcar BARRANTES BAZAN, May. PNP. Gregorio Martín VILLALON TRILLO, May. PNP Angel HUARCAYA BARZOLA y May. PNP (r) José Emilio VARGAS CEPEDA. CONSIDERANDO: Que, el Inc. d) del Art. 27º del Decreto Legislativo Nº 745, Ley de Situación de Personal de la Policía Nacional, esta- blece que los miembros de la Policía Nacional del Perú, podrían prestar servicios en calidad de destacados en cual- quier dependencia del Ministerio del Interior o de la Admi- nistración Pública; Que, son nulos de pleno derecho los actos administra- tivos, dictados por órganos incompetentes contrarios a la Constitución Política del Estado, a las Leyes que contengan un imposible jurídico, a los dictados prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento y de la forma prescri- ta por la Ley, conforme lo disponen los Arts. 43º y 109º Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Proce- dimientos Administrativos; De conformidad con el Inc. d) del Art. 27º del D.Leg. Nº 745 y los Arts. 43º y 109º Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro- bado por D.S. Nº 002-94-PCM de 28.ENE.94; Lo informado por la Oficina de Procesos de Personal de la Oficina de Personal del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar nulas las RR.MM. Nºs. 0248, 0249-2000-IN/0901 de 3.MAR.2000, 377-A y 1468-2000-IN- 0901 del 31.MARZO y 21.NOV.2000, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 34140 Transfieren pasta básica de cocaína decomisada a la Empresa Nacional de la Coca S.A. para uso farmacológico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1347-2001-IN/1101 Lima, 7 de noviembre del 2001