Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2001 (18/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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la Autorizacion correspondiente, toda vez que no se encuentran en capacidad de efectuar dicho pago; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, en el caso de los comerciantes informales de golosinas, frutas y MORDAZA que desarrollan sus actividades en la via publica, se han visto afectados por la crisis economica que vive el MORDAZA, toda vez que las actividades que desarrollan no son generadoras de ingresos suficientes y el cobrarles por el derecho de inspeccion ocular atentaria contra su propia subsistencia, por lo que con la facultad que le confiere la Ley a los Gobiernos Locales debe proceder a exonerarseles de dicho pago; Que, con fecha 29 de marzo del presente ano la Municipalidad Distrital de Ate emitio la Ordenanza Nº 003-01-MDA que crea el derecho por el uso de bienes publicos de la jurisdiccion de Ate, en la que se establece que los trabajadores informales independientes que desarrollan sus actividades en modulos o carretillas por cada 2 metros cuadrados deben pagar S/. 1.00 diario, disposicion que los comerciantes informales que solicitan la exoneracion del pago por derecho de inspeccion ocular se comprometen a cumplir; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas; se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE EXONERA DEL PAGO POR DERECHO DE INSPECCION OCULAR A COMERCIANTES INFORMALES DEDICADOS A LA VENTA DE GOLOSINAS, MORDAZA Y FRUTAS QUE SOLICITEN AUTORIZACION PARA REALIZAR DICHAS ACTIVIDADES

Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 34698

Modifican y aclaran procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 041 La MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 31 de octubre del 2001, el Dictamen de fecha 12 de octubre del presente ano, emitido por la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa; Que, conforme al Articulo 200º inciso 4) de la citada Carta Magna, las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley, y de acuerdo a lo establecido en el inciso 3) del Articulo 192º, tienen competencia tributaria para crear, modificar y suprimir derechos, entre otras tasas; Que, mediante Ordenanza Nº 038-2001 del 18 de junio del 2001, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, vigente en la fecha; Que, se han recibido propuestas de la Oficina de Administracion y de las Direcciones de Comercializacion y de Desarrollo MORDAZA, para la modificacion del mencionado Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, las mismas que han sido evaluadas por la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y el Articulo 34º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 024-92-PCM, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR el Procedimiento Nº 33 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA "Recurso Impugnativo contra Resolucion de Multa Administrativa", en cuanto a la calificacion, la que se fija como Negativa, segun consta en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ACLARAR los Procedimientos Nºs. 105, 106, 107, 109, 111, 114 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en lo que respecta al derecho de pago por revision, de acuerdo al texto consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- INCLUIR en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, aprobado con Ordenanza Nº 038-2001, el Procedimiento Nº 169 denominado "Recurso de Apelacion contra los actos dictados dentro del MORDAZA de seleccion, con excepcion de las resoluciones del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad - Articulo 168º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM", cuyos requisitos, derechos, forma de calificacion y demas caracteristicas constan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA

Articulo Primero.- EXONERESE del pago por derecho de inspeccion ocular a aquellos comerciantes informales, que desarrollan sus actividades en la via publica, dedicados a la venta de golosinas, MORDAZA y frutas que soliciten la autorizacion para poder realizar dicho MORDAZA de actividades; por el periodo de 1 ano. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 34695

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan plazo de beneficio otorgado mediante la Ordenanza Nº 040-2001 para el pago de obligaciones tributarias y no tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 026-2001 La MORDAZA, 16 de noviembre de 2001 EL MORDAZA DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el beneficio de condonacion del 100% del factor de reajuste e interes moratorio de las obligaciones tributarias y no tributarias concedido mediante Ordenanza Nº 040-2001, vence el dia 19 de noviembre del presente ano; Que, la Administracion Municipal considera necesario brindar mayores facilidades a los vecinos contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones; Estando a lo previsto por el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 040-2001 publicada el 18 de octubre del 2001, concordante con el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el dia 3 de diciembre del 2001 el beneficio concedido mediante la Ordenanza Nº 040-2001.

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