Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2001 (18/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2001

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 34715 RESOLUCION SUPREMA Nº 475-2001-RE MORDAZA, 16 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 384-2001-RE, de fecha 18 de setiembre de 2001, se acepto la renuncia formulada por el doctor MORDAZA Ciurlizza MORDAZA, al cargo de Agente Titular del Estado Peruano en el CDH Nº 11.154 - MORDAZA Tamayo; Que en consecuencia, resulta necesario designar al profesional que se MORDAZA cargo de dicha funcion, dentro del MORDAZA establecido en la Resolucion Suprema Nº 062-2001-RE; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1), 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la senora abogada MORDAZA FREITAS MORDAZA, como Agente Titular para el CDH Nº 11.154 - MORDAZA Tamayo, en el MORDAZA establecido mediante Resolucion Suprema Nº 062-2001-RE. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 34716

porte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada Empresa segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 313-2001MTC/15.15.03 y 228-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria aprobado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/ 15.15 (29.8.2001), por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº4012001-MTC715.15 y Resolucion Ministerial Nº 461-2001MTC/15.02; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "PRACTIMAR ILO E.I.R.L." la Licencia Nº 025-2001-MTC/15.15-SP, para que preste Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de ILO, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- La Licencia que se otorga por el Articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3º.- La Licencia de Servicio de Practicaje que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VILLAORDUNA MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 34299

Admiten a tramite solicitud de AutorizaOtorgan a Practimar Ilo E.I.R.L. licencia cion Provisional de Funcionamiento para prestar servicio de practicaje en de la denominada Universidad Peruael terminal portuario de Ilo na de la Empresa "Jose MORDAZA BaranRESOLUCION DIRECTORAL diaran", con sede en la MORDAZA de MORDAZA Nº 220-2001-MTC/15.15
MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001-007190 y 053851) presentadas por la empresa PRACTIMAR ILO E.I.R.L., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de Ilo. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de TransCONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 227-2001-CONAFU MORDAZA, 14 de noviembre de 2001 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 49036 del 22 de octubre del 2001, organizado por el Representante Legal de la Promotora Universidad Peruana de la Empre-

MTC

ANR - CONAFU

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