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Pág. 212821 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de noviembre de 2001 sa "José León Barandiaran" Sociedad Anonima Cerrada: UPE S.A.C., solicitando la Autorización Provisional de Funcionamiento de la denominada Universidad Peruana de la Empresa "José León Barandiaran", con sede en la ciudad y departamento de Lima; el Memorándum Nº 230- 2001-CONAFU-CEAA del 31 de octubre del 2001; el Infor- me Legal Nº 197-2001-CONAFU-CJP del 8 de noviembre del 2001; el Acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 215-2001, de la Sesión Ordinaria del 8 de noviembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacio- nal de Rectores, teniendo como atribución: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funciona- miento de las nuevas universidades a nivel nacional, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funciona- miento provisional o definitivo, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones esta- blecidas en la ley; Que, con documento de Vistos, la Promotora Universi- dad Peruana de la Empresa "José León Barandiaran" Sociedad Anonima Cerrada: UPE S.A.C., solicita el otor- gamiento de la Autorización Provisional de Funcionamiento de la denominada Universidad Peruana de la Empresa "José León Barandiaran", con sede en la ciudad y departa- mento de Lima, dentro de los alcances de la "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", Decreto Legislativo Nº 882 del 9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta los requisitos establecidos en la Ley y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-ED del 9 de enero de 1998, precisada por el Decreto Supremo Nº 016-98-ED del 24 de agosto de 1998 y, la Guía para la presentación de Proyectos Institucionales de Nuevas Uni- versidades; Que, tal como lo dispone la Resolución Nº 657-99- CONAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, el expediente presentado fue derivado a la Comisión Jurídica Permanente y, al Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos, quienes han emitido Dictamen Fa- vorable sobre los Requisitos de Admisibilidad del Proyecto de Universidad presentado, recomendando se declare ad- mitida a trámite la solicitud presentada; Que, conforme dispone la Norma transitoria del Anexo Nº 1, de la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, los plazos aplicados a las nuevas solicitudes presentadas para la Autorización Provisional de Funcionamiento de Universidades, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882, serán aplicados a partir de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolu- ción que admite a trámite la solicitud; Que, habiéndose cumplido con los actos administrati- vos señalados en el numeral 5) del Anexo Nº 1, de la Resolución Nº 94-2000-CONAFU, y contando con el Acuer- do del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU del 8 de noviembre del 2001, es procedente admitir a trámite la solicitud para otorgar la Autorización Provisional de Fun- cionamiento de la denominada Universidad Peruana de la Empresa "José León Barandiaran", con sede en la ciudad y departamento de Lima, dentro de los alcances de la "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", Decreto Legislativo Nº 882; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley Nº 26439; el Decreto Legislativo Nº 882; el Estatuto y Regla- mento General del CONAFU, el Reglamento para la Auto- rización de Funcionamiento de Universidades; la Resolu- ción Nº 657-2000-99-CONAFU, modificada por la Resolu- ción Nº 94-2000-CONAFU del 13 de setiembre del 2000; el Acuerdo del Pleno Nº 215-2001 de la Sesión Ordinaria del 8 de noviembre del 2001 y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Artículo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE; Artículo 1º.- Declárese, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente Resolución, ADMITIDA A TRÁMITE, la solicitud presentada por la Promotora Universidad Peruana de la Empresa "José León Baran- diaran" Sociedad Anonima Cerrada: UPE S.A.C., solici- tando la Autorización Provisional de Funcionamiento de la denominada Universidad Peruana de la Empresa "José León Barandiaran", con sede en la ciudad y departamento de Lima, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882.Artículo 2º.- Prosígase el procedimiento administra- tivo aprobado por la Resolución Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONAFU. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARLOS CHACÓN GALINDO Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 34692 S B S Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2001 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 361-2001 Lima, 31 de octubre de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 272-2001, de fecha 1 de agosto de los corrientes, se aprobó la modifica- ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superintendencia de Banca y Seguros para el año 2001; Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las enti- dades del Sector Público deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el tipo de bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal, así como el monto del presupuesto requerido para su contratación o adquisición, Plan que debe ser apro- bado por la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, el Artículo 6º del reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta- blece que dicho Plan debe contener, de manera obligatoria, las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudica- ciones Directas, Selectivas y Públicas, que se realicen durante el año fiscal, con sus especificaciones técnicas, valor estimado, niveles de centralización y desconcentra- ción, así como fechas probables de convocatoria; Que, en concordancia con lo establecido en el mencionado artículo, el Artículo 8º del citado reglamento dispone que los procesos de selección que no se encuentren contenidos en el referido Plan, deben ser incluidos en el mismo mediante resolu- ción de la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, es necesario reformular el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de esta Superintendencia de Banca y Seguros para el año 2001 y que fuera aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 423-2000 de fe- cha 29 de diciembre de 2000, adecuándolo a lo dispuesto a las normas antes señaladas; Por tanto, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 352-2001 de fecha 8 de mayo de 2001 y, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superin- tendencia de Banca y Seguros para el año 2001, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual se- ñalado precedentemente se ponga a disposición del Públi- co y en la página Web de esta Institución, asimismo se informe al CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa sobre la modificatoria del Plan Anual dentro de los 10 días hábiles desde la entrada en vigencia de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO MANDRIOTTI HURTADO Superintendente Adjunto de Administración General 34668